Buscan ampliar las garantías a jóvenes en conflicto con la ley penal

Aprueban en la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia de Diputados un proyecto de ley que modifica la ejecución de condenas a menores de edad por el cual buscan mejorar su reinserción en la sociedad.

La iniciativa, que tuvo el visto bueno de la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia, busca la regularización de la ejecución de aquellas condenas o medidas cautelares impuestas a jóvenes punibles por delitos cuya comisión o presunción de comisión haya ocurrido antes de alcanzar la mayoría de edad.

La iniciativa, impulsada por la diputada Lucía Iañez sobre básicamente tiene el objetivo de regular la ejecución de aquellas condenas a jóvenes ocurridos antes de alcanzar la mayoría de edad.

También tiene por finalidad que los jóvenes realicen un proceso de comprensión y de responsabilidad de sus actos que les permita participar en su propio progreso personal con el objetivo de lograr su integración socio comunitaria.

Todas las penas y las medidas aplicadas deberán tener el carácter de Socio-Educativas, según se consigna en los fundamentes de la iniciativa aprobada por los diputados.

Asimismo, al cumplir los 21 años de edad, las personas jóvenes condenadas, podrán ser trasladadas a una unidad penitenciaria de adultos para finalizar con el cumplimiento de la condena, aunque se continuará aplicando la presente ley.

No obstante, podrán exceptuarse de ser trasladadas aquellas personas que sean pasibles de adquirir alguno de los tipos de libertades establecidas en las leyes de ejecución, en un lapso de tiempo inferior a tres años, o aquellas personas cuyas condenas sean inferiores a 5 años y al cumplir 21 años hayan cumplido al menos un tercio de la condena.

Para analizar el proyecto, participaron María José Lescano, jueza de Garantías de La Plata; David Perelmuter, juez del Tribunal Oral Nacional de Niñez; Federico Adler, secretario de Juzgado de Garantías del joven; Alicia Blasco, asesora de la Subsecretaria de Responsabilidad Juvenil del Organismo de Niñez y Norberto Liwski, especialista en niñez.

María José Lescano explico que “esta iniciativa es de gran importancia porque viene a contribuir en el control, asistencia y tratamiento de las personas jóvenes que se encuentran privadas de libertad por la comisión de algún delito antes de alcanzada la mayoría de edad”.

David Perelmuter aseguró: “Necesitamos una nueva ley de Ejecución Penal Juvenil  y este proyecto incorpora, entre otras cosas, el diseño de las medidas sociales y educativas con el objeto de mejorar la calidad de vida del menor para reinsértalo en la sociedad”.

Por su parte Federico Adler destacó “la importancia de mejorar la ejecución de las penas y otorgar más garantías a los jóvenes que se encuentran privados de libertad por algún delito antes de alcanzada la mayoría de edad”.

Finalmente, Alicia Blasco concluyó que “esta iniciativa permite corregir situaciones y mejorar las medidas dispuestas en cada circunstancia”.

Bullrich y Cúneo Libarona presentaron el proyecto para la baja de imputabilidad para enviar al Congreso

Lo anunciaron de forma conjunta en conferencia de prensa los ministros de Seguridad y de Justicia, respectivamente, quienes expresaron: “Venimos a cumplir con una obligación de nuestra sociedad". El detalle de la iniciativa.

Los ministros de Seguridad y de Justicia, Patricia Bullrich y Mariano Cúneo Libarona, encabezaron este viernes la presentación del proyecto del nuevo Régimen Penal Juvenil, que el Gobierno Nacional enviará al Congreso, que comprenderá a los adolescentes entre 13 y 18 años imputados por un hecho tipificado como delito en el Código Penal.

Los acompañaron el viceministro de Justicia de la Nación, Sebastián Amerio, el jefe de gabinete del ministerio de Seguridad, Carlos Manfroni, y el Director Nacional de Normativa y Enlace Judicial, Fernando Soto.

"Venimos a cumplir con una obligación de nuestra sociedad. Nuestra sociedad no quiere tener impunidad. No quiere que a sus hijos o a sus padres los maten y no quiere que quien comete un delito no tenga ninguna consecuencia", sostuvo la ministra Bullrich.

En tanto, agregó: "A partir de ahora, el delito, y lo peor que siempre es la muerte, tendrá consecuencias y estas consecuencias serán acordes a la edad de quienes los cometen. La decisión del presidente Javier Milei y de los equipos conjuntos de estos ministerios de Seguridad y Justicia, es cumplir con una sociedad que pide respuestas".

“Todos los días los argentinos de bien padecemos delitos cometidos por menores que quedan impunes. No podemos permitirlo. Vamos a darle las herramientas estructurales a los jueces para que puedan encarcelar a quienes delinquen”, resaltó por su parte el ministro Cúneo Libarona.

La ministra sostuvo que se busca que los jóvenes “no sólo tengan una sanción, sino que esta les permita darse cuenta y no seguir una carrera delictiva”. En ese sentido, Bullrich explicó que para las penas que vayan de 3 a 6 años van a tener alternativas concretas y no estarán simplemente encerrados sin salida.

“Esto es importante porque el medio ambiente de ese menor es lo que lo lleva a volver a cometer delitos. Nosotros lo tenemos que extraer de esa situación para que no siga en la carrera delictiva”, señaló.

La reforma que plantea el Gobierno Nacional se fundamenta en cuatro aspectos principales: la modernización y adecuación de la legislación a la realidad presente, producto de los acelerados cambios sociales, de los que los jóvenes no están exentos en cuanto a la actuación y comprensión de la criminalidad de los actos; el desfasaje normativo con respecto a otros países de la región; pero principalmente la protección de los niños y jóvenes, amparados en la Convención de los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en nuestro país.

Además, establece que los adolescentes tienen derechos especiales que deben ser protegidos y respetados en todo momento, incluido el derecho a ser tratados de manera justa y equitativa en el sistema de justicia penal. Por lo tanto, la ley debe garantizar que las respuestas judiciales para los adolescentes imputados estén en consonancia con estos principios y debe ofrecer medidas diferenciadas que tengan en cuenta su edad, nivel de desarrollo y circunstancias individuales. Y en esta línea, la necesidad de ampliar las herramientas con las que cuenta el Estado para reducir la incidencia de la criminalidad juvenil en la sociedad.

Según señalaron, actualmente en Argentina la edad de imputabilidad es de 16 años, por lo que “los delitos cometidos por adolescentes menores de esa edad quedan impunes, generando una situación de injusticia tanto para las víctimas como para la sociedad en general”.

Por otro lado, la actual legislación argentina es minoritaria en la región., debido a que explicaron: “La mayoría de los países han establecido edades de imputabilidad más bajas. Solo Argentina y Cuba establecen en 16 años la edad mínima de responsabilidad penal. Mientras que Chile y Perú la fijan en 14, Guatemala, Nicaragua y Uruguay en 13, Brasil y México en 12, mientras que Granada y Trinidad y Tobago en 7”.

Respecto de la incidencia de la criminalidad juvenil en la sociedad, manifestaron que “esta urgencia no solo se fundamenta en la protección de la comunidad y el mantenimiento del orden público, sino también en el imperativo de salvaguardar el bienestar y el futuro de los propios adolescentes”.

“La persistencia de tasas en crecimiento de criminalidad juvenil representa un desafío para la seguridad pública que requiere de una solución integral que contemple no solo la cuestión punitiva, sino también medidas estatales que acompañen al menor de edad después, para que tenga un futuro de vida en paz y armonía, con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento de la conducta que tuvo”, argumentaron.

“Hoy es un día importante para el país, es un día importante para tantas familias que han perdido a sus hijos en manos de un menor que después de cometer un delito, o peor, un asesinato, volvió a su casa como si nada hubiera pasado. La impotencia, la impunidad que genera que un delito o un asesinato no tenga ningún tipo de condena es la peor condena que podemos tener como país. Si no se reduce la criminalidad juvenil es imposible un desarrollo sostenible y la cohesión social de la Nación”, destacaron.

PRINCIPALES EJES DEL PROYECTO

  • PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD: En establecimientos especiales o secciones separadas de los establecimientos penitenciarios, bajo la dirección de personal idóneo.
  • COMUNICACIÓN A LOS PADRES: De la imputación y demás actos procesales.
  • PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA: El juez y el Ministerio Público Fiscal velarán en todo momento por la tutela efectiva de los derechos de las víctimas.
  • CONDENACIÓN CONDICIONAL: Si se impone condena condicional, se deben aplicar conjuntamente medidas complementarias, tales como asesoramiento y orientación, asistencia a programas educativos, formación ciudadana, capacitación laboral, concurrencia a los servicios de salud, tratamiento médico o psicológico, obligación de buscar y, en lo posible, obtener un trabajo, concurrencia al tribunal, prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
  • PENAS DE TRES (3) A SEIS (6) AÑOS: Siempre que no haya existido muerte de la víctima, grave violencia física o psíquica sobre las personas, no haya lesiones gravísimas en delitos culposos y no se registren otros procesos o condenas, la pena podrá reemplazarse por: amonestación, prohibición de aproximarse a la víctima o sus familiares, prohibición de conducir vehículos, prohibición de concurrir a determinados lugares (establecimientos de espectáculos o deportivos, p.ej.), prohibición de salir del país o de un ámbito territorial, prestación de servicios a la comunidad, monitoreo electrónico.
  • CONTROL DE CUMPLIMIENTO: El cumplimiento de las penas deberá ser verificado por el juez o el fiscal. También por la víctima, si así lo desea.
  • MÁXIMO DE PENAS: 20 años. Al cumplir 2/3, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas.
  • INCUMPLIMIENTO DE LA PENA: Ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa, el juez la sustituirá por otra más severa.
  • SUPERVISOR: El juez designará un supervisor para el seguimiento del menor, quien mantendrá entrevistas regulares con el adolescente imputado, elaborará informes y procurará resolver sus problemas de salud.
  • INIMPUTABILIDAD: En los casos de menores no imputables (p.ej., menos de 13 años), el juez de todos modos investigará la existencia y circunstancias de un hecho ilícito y la presunta intervención de terceras personas. En estos casos, el juez realizará un peritaje psicológico, un informe ambiental y dará intervención a otros organismos. Ante el riesgo de que el menor incurra en nuevos delitos, también podrá ordenar su internación para su readaptación social.
  • DILACIÓN DEL PROCESO: La dilación injustificada del proceso hará incurrir al juez en falta grave.
  • VÍCTIMAS: Recibirán atención psicológica y patrocinio gratuito.
  • RITERIO DE OPORTUNIDAD: El fiscal podrá prescindir total o parcialmente de la acción penal si el delito tuviera prevista una pena inferior a seis (6) años y no concurrieran otras circunstancias, como la muerte de la víctima, lesiones gravísimas, existencia de otros procesos, etc.
  • MEDIACIÓN: Cuando el delito tuviera una pena prevista inferior a seis (6) años, podrá iniciarse un proceso de mediación penal con la víctima o sus representantes.
  • PROBATION: En las condiciones previstas para todos los casos, para penas que no excedan de tres (3) años. Si las condiciones fueran incumplidas, el juez dispondrá que se continúe el proceso sin computar el tiempo transcurrido.

Santilli propone bajar a los 15 años la edad de imputabilidad en los delitos violentos

El proyecto contempla además de la baja en la edad de imputabilidad, un fuero especializado en menores, penas diferenciadas para delitos graves, aceleración en los juicios con un plazo máximo de 2 años y dispositivos especiales para penas privativas de la libertad.

El diputado nacional Diego Santilli presentó este miércoles el proyecto de ley “Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil”, basado en la noción de justicia restaurativa y el respeto por los derechos humanos de los adolescentes, que contempla bajar la edad de imputabilidad en delitos violentos de 16 a 15 años.

Según información estadística oficial de la Corte Suprema de la Nación, casi el 30% de los delitos contra la propiedad, la integridad sexual y las personas son cometidos por menores de 16 años. En ese contexto, Santilli presentó un proyecto de ley que ahonda en los métodos de abordaje restaurativo a cargo de equipos interdisciplinarios, donde tiene mayor relevancia el daño sufrido por la víctima y la comunidad que la violación a la ley.

La finalidad del proyecto, que cuenta con el acompañamiento de los diputados Rogelio Frigerio, Waldo Wolff, Ricardo López Murphy, Graciela Ocaña, Álvaro González y Fernando Iglesias, está puesta en revertir, en lo posible, los efectos del delito en la sociedad. Para ello, se prevé que las personas adolescentes se hagan responsables de los actos que realizan y que reparen los daños causados.

En ese sentido, en lugar de que la única consecuencia sea la cárcel, el proyecto propone que los adolescentes deban realizar todas las medidas posibles para reparar el daño producido por el delito. Asimismo, las víctimas y la comunidad que sufrieron daños tendrán derecho a participar en todo el proceso, con márgenes amplios de acción y participación, pudiendo proponer modos de reparación.

Santilli plantea que el castigo y la reparación son parte integral de un sistema de responsabilidad penal juvenil y que, por ello, en caso de que las medidas de reparación sean incumplidas o fracasen por culpa de la persona que delinquió, las autoridades judiciales puedan disponer las penas privativas de libertad, las cuales van hasta los 10 años de prisión, con excepción de los casos de homicidio y abuso sexual agravado, en los cuales el máximo de la pena sube a 15 años, en razón de la gravedad de los delitos.

El proyecto de ley prevé que los juicios contra personas adolescentes sean realizados en el plazo máximo de dos años y, en caso de que el plazo transcurra sin que el proceso llegue a su finalización, constituirá una falta grave para las autoridades judiciales intervinientes. De esta manera, se evita la posibilidad de que las autoridades judiciales “cajoneen” expedientes, estableciendo responsabilidades claras.

En caso que la iniciativa sea aprobada, se buscará evitar la saturación del sistema penal mediante la creación de un fuero especializado de justicia penal juvenil, que descomprimirá el trabajo de los tribunales penales y permitirá llegar más rápido a la finalización de los juicios.

Además, el diputado nacional propone la desjudicialización de los procesos penales, lo que permitirá al Estado contar, como primera respuesta al delito, con diferentes medidas socioeducativas, que deberán llevarse a cabo de acuerdo al Abordaje Restaurativo, entendido como un proceso en el que todas las partes implicadas en un conflicto (ofensor, víctima y comunidad) resuelven colectivamente cómo manejar las consecuencias del delito y sus implicaciones para el futuro.

A su vez, se prevé el abordaje restaurativo de trabajo desde la interdisciplina, a fin de que las decisiones no se tomen en forma aislada, dispersa y fraccionada, sino mediante acuerdos y espacios de escucha entre diferentes perspectivas teóricas, en sintonía con lo que han establecido en los últimos años diferentes convenciones y normas internacionales en materia de derechos de adolescentes.

“El presente proyecto se inserta en una idea republicana y democrática del derecho penal, pero que tiene en cuenta las desigualdades existentes entre las personas y, por ende, que la respuesta punitiva por sí misma no es posible sin entender esas desigualdades”, expresó Santilli.

Al respecto, manifestó: “La idea de justicia restaurativa, entendida como ‘una respuesta evolucionada al crimen, que respeta la dignidad y equidad de cada persona, construye comprensión y promueve armonía social a través de la sanación de la víctima, del infractor y de la comunidad’, es la que guía el núcleo del sistema penal juvenil propuesto”.

“Siguiendo esta noción, el proyecto instaura un sistema que prioriza la realización de medidas restaurativas, por fuera del sistema judicial penal, estableciendo la excepcionalidad de las penas privativas de la libertad, y solo cuando el resto de las medidas hayan fracasado”, añadió.

5958-D-2022