El Gobierno llamaría esta semana a sesiones extraordinarias

Trascendió en la Casa Rosada la intención de realizar extraordinarias entre el 15 de enero y el 15 de febrero. El temario incluiría la eliminación de las PASO y no se descarta ir por los pliegos de Lijo y García Mansilla para la Corte Suprema.

Causó sorpresa la información que comenzó a tomar fuerza este miércoles al cerrar la tarde, al trascender de fuentes oficiales la intención de convocar a sesiones extraordinarias para este mes de enero. La novedad es precisamente esa: que la convocatoria rija a partir del 15 de enero y se extienda hasta el 15 de febrero, pues se especulaba con la posibilidad de que el Ejecutivo llamara a sesiones extraordinarias, pero durante febrero.

En rigor, recordemos que en el mes de diciembre el vocero presidencial había anunciado extraordinarias que se extenderían entre el 5 y el 27 de ese mes, pero pasaron los días y esa posibilidad se desinfló. En esa oportunidad, Manuel Adorni había planteado un temario que incluía la reforma electoral; reforma política; juicio en ausencia; ley antimafia; viajes del presidente y reforma de los fueros de la política.

Este miércoles fuentes de la Casa Rosada admitieron que se está trabajando en el temario que se presentaría y adelantaron que el llamado se haría este viernes. Y citaron el mes de extensión que tendría el llamado, a partir del 15 de enero.

La posibilidad más fuerte es que se ponga a consideración el proyecto sobre elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Un tema en el que hay resistencias en la oposición dialoguista, aunque las mismas habrían cedido en las últimas semanas, sobre todo a partir de que el Gobierno porteño llamara a suspenderlas en la Ciudad de Buenos Aires para este año. Incluso cerca de la conducción del bloque radical trascendió que estarían dispuestos ahora a conversar sobre el tema, cosa que hasta hace poco parecía vedada.

Las dudas que se plantean giran en torno a la suspensión o derogación de las PASO. Pues en el Pro y en Unión por la Patria germina la intención de avanzar con la suspensión, tal cual impulsaron recientemente desde UP a través de un proyecto del diputado Juan Manuel Pedrini y sus pares chaqueños, que promueven la suspensión “por única vez” de las elecciones primarias.

Desde el Gobierno insisten en que esas elecciones deben derogarse por una cuestión presupuestaria.

Otro tema que se incluiría en el temario es el de ficha limpia. Pero no el proyecto que se intentó dos veces llevar al recinto a fines de noviembre, con un dictamen alcanzado luego de varios plenarios, sino un proyecto del Ejecutivo, ese que el presidente Javier Milei mandó a confeccionar al abogado Alejandro Fargosi luego de la polémica generada tras la segunda vez que se cayó la sesión en la que pretendían tratar el tema.

La ley antimafia cuenta con media sanción de Diputados y tiene dictamen en el Senado desde el 13 de noviembre, pero no alcanzó a llegar al recinto por el freno que se le puso a los debates en la Cámara alta en la última parte del año. Ahora formaría parte del temario.

También se incluirían proyectos que formaban parte de esa última sesión del año que fracasó en Diputados, como el proyecto sobre reincidencias y juicio en ausencia.

Por último, el Gobierno se jugaría un pleno con las designaciones para la Corte Suprema. Según las fuentes oficiales, harían un intento por aprobar los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla. Las designaciones quedaron frenadas luego de la presentación de ambos ante la Comisión de Acuerdos, donde solo el juez federal habría alcanzado las 9 firmas necesarias para llegar al recinto. Así trascendió, luego de que se conociera que la catamarqueña Lucía Corpacci había estampado la propia. Pero en rigor de verdad, nadie oficializó nunca que el camino de Lijo hacia el recinto hubiera quedado libre. Más difícil es la situación de García Mansilla, quien es seguro que no alcanzó las firmas y, para ser tratado su caso en el recinto, debería debatirse sobre tablas, lo cual hace necesario dos tercios.

Como sea, desde el Gobierno se asegura que harán el intento.

A todo esto, un dato no menor es que el recinto de la Cámara de Diputados está prácticamente desarmado, pues se realizan obras de mantenimiento que se extenderían a lo largo de todo el mes de enero.  De hecho, el presidente de la Cámara, Martín Menem, le pidió a todo el personal de la casa que se tomara vacaciones este mes. Lo cual no haría imposible el trabajo en comisiones, pero sí sesionar en el recinto, al menos durante el mes de enero. Si es que alcanzan a terminar a lo largo de este mes.

Versiones cruzadas sobre la firma del dictamen de Ariel Lijo

Si bien circuló fuerte el fin de semana que una senadora K habría estampado la última que se necesitaba, el dato no pudo ser confirmado y, por el contrario, aclararon que faltarían más.

Confirmados por parte del Poder Ejecutivo el pasado 20 de marzo, como candidatos a integrar la futura Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ariel Lijo y Manuel García Mansilla siguen esperando aún que sus respectivos dictámenes avancen en el Senado de la Nación, adonde concurrieron para exponer ante los integrantes de la Comisión de Acuerdos el 28 de agosto de este año.

En rigor, sus nominaciones fueron oficializadas con la publicación del Decreto N° 267/24 efectivizada el pasado 15 de abril.

Una vez cumplida la presentación de ambos ante la comisión que preside Guadalupe Tagliaferri, resta esperar que sus respectivos dictámenes consigan al menos 9 firmas, de modo tal de quedar a disposición del recinto, donde a suerte y verdad deberá decidirse cuando eso suceda la suerte de cada uno. Allí necesitarán contar con los 2/3 de los presentes, de modo tal de quedar consagrados jueces de la Corte Suprema.

No les ha resultado sencillo conseguirlo. Más a Manuel García Mansilla, según ha trascendido. El juez federal Ariel Lijo es quien más reparos ha despertado, pese a lo cual estaría más a tiro de conseguir su objetivo. Él mismo se ha encartado de “militar” su postulación, según afirman propios y extraños.

En las últimas horas, trascendió que contaba ya con las 9 firmas para estar a disposición del pleno. Y que la última firma era la de la catamarqueña de UP Lucía Corpacci. Cercana a Cristina Fernández de Kirchner, resulta impensable imaginar que esa rúbrica no haya sido con la anuencia de la exmandataria. Si sucedió…

Porque en cercanías de la exgobernadora catamarqueña no contestaron la consulta de parlamentario.com. El resto de las fuentes consultadas rehusaron confirmarlo. La información de que “habría” firmado es información que circuló sobre el final de la semana pasada en Casa Rosada. Otras fuentes consultadas por este medio advirtieron que, en rigor, esa no sería la última firma que necesitaría Lijo, sino que faltarían más.

Paralelamente volvió a sonar con fuerza la posibilidad de que el nombramiento de ambos sea por decreto de necesidad y urgencia. De hecho, este fin de semana, Guillermo Francos reflotó esa chance. Esa posibilidad “está en análisis”, confió el jefe de Gabinete por Radio Mitre. “cuando estás en minoría, todo cuesta mucho más”, admitió al hacer votos porque la aprobación de ambos pliegos siga los carriles normales. Sin embargo advirtió que “la propuesta no fue tratada por el Senado y la Corte va a quedar con tres miembros. Hay una preocupación desde el Gobierno para que la Corte esté integrada. En la historia argentina hay otros casos”. Pero insistió en que “lo mejor sería que lo designe el Senado”.

Consultado puntualmente durante la audiencia de la que tomó parte en agosto en el Senado, García Mansilla dijo que no aceptaría un nombramiento por decreto. Algún análisis del fin de semana señalaba que estaría dispuesto a rever ese pensamiento.

Convengamos que si finalmente sucediera el nombramiento por decreto, el mismo tendría validez hasta fines del año venidero. Es que la Constitución habilita al presidente a hacer esto, en su artículo 99, inciso 19, referido a las atribuciones presidenciales: “Puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

Lo cierto es que todo forma parte de las versiones que imperan por estos días en los que faltan precisiones. Y hay que recordar que el Gobierno planteó de entrada que “son los dos o ninguno”, en referencia a la necesidad de que se aprueben los dos postulantes juntos.

Sobre todo cuando también circula la versión de que el kirchnerismo -cuyos votos son necesarios pues en el Senado estamos hablando de 2/3- estaría dispuesto a aprobar a Lijo, pero a cambio de “poner uno nosotros”. Una, en ese caso, pues tendría que ser  mujer. Hasta se habló de la exsenadora nacional santafesina María de los Ángeles Sacnun, expresidenta de Asuntos Constitucionales en la Cámara alta y por lo tanto de extrema confianza de Cristina Kirchner. Desde el Gobierno descartan cualquier acuerdo en eses sentido.

Un dato importante a tener en cuenta en el marco de estas elucubraciones: quiénes son los 17 senadores que componen la Comisión de Asuntos Constitucionales. Allí, la presidenta es del Pro, la ya mencionada Guadalupe Tagliaferri. Vicepresidenta es la camporista Anabel Fernández Sagasti, extitular histórica de esa comisión. Son vocales, por Unión por la Patria Alicia Kirchner, Juliana di Tullio, Lucía Corpacci, Sergio Uñac, Claudia Ledesma Abdala y José Mayans. La UCR tiene 4 miembros, Martín Lousteau, Maximiliano Abad, Mariana Juri y Carolina Losada, y están también la tucumana Beatriz Ávila, el correntino Carlos “Camau” Espínola, el misionero Carlos Omar Arce, el salteño Juan Carlos Romero, y por el oficialismo, el jujeño Ezequiel Atauche.

En la actualidad, el máximo tribunal está integrado por Horacio Rossatti (presidente), Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

El quinto lugar vacante es el que quedó en noviembre de 2021 con la salida de Elena Highton de Nolasco. Para cubrirlo, el Poder Ejecutivo impulsa al juez federal Ariel Lijo. En tanto que el 29 de diciembre Maqueda cumplirá los 75 años de edad y para su reemplazo el oficialismo postula al académico Manuel García-Mansilla.

El candidato a la Corte ratificó su rechazo al aborto legal y señaló que el máximo Tribunal "no decide casos de aborto periódicamente”

El abogado Manuel García-Mansilla participó en 2018 de los debates por la interrupción voluntaria del embarazo dentro de los expositores que se manifestaron contra el aborto legal. Así, explicó que el artículo 4 de la norma “se contrapone con leyes y tratados internacionales”.

El segundo candidato a ocupar un lugar en la Corte Suprema de Justicia, el abogado Manuel García-Mansilla, ratificó su postura en contra de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo al plantear que se contrapone con normas vigentes y tratados internacionales y señaló que “la Corte no decide casos de aborto periódicamente”. También, explicó qué tendría en cuenta si tuviese que decidir sobre un caso de aborto.

El abogado participó en 2018 de los debates por la interrupción voluntaria del embarazo dentro de los expositores que se manifestaron contra el aborto legal. Teniendo en cuenta ese antecedente, el radical Martín Lousteau le consultó si seguía argumentando que es “inconstitucional” durante la ronda de preguntas en la reunión de la Comisión de Acuerdos del Senado.

El abogado explicó que “no hablé sobre toda la Ley, publiqué un trabajo apenas se sancionó la ley y que se publicó antes de la promulgación, incluso antes del decreto de promulgación que vetó una parte de esa ley”, y aclaró que fue un análisis "preliminar y necesariamente incompleto porque solo me concentré en el artículo 4 inciso A de la ley" referido a la legalización del aborto hasta las 14 semanas, en el que hizo una explicación de por qué para hacer un análisis constitucional correcto había que separar lo que es legalización de despenalización.

“No es una idea mía, es una idea del doctor Germán Viar Campos que me pareció interesante y, a partir de ese análisis, teniendo en claro que despenalización implica un análisis constitucional y legalización implica otro análisis constitucional, lo que hice fue confrontar el artículo 4 del inciso A de la Ley 27.610 con ciertas normas de derecho positivo de distintas jerarquías, leyes del Congreso que no estaban derogadas”, fundamentó.

Así, señaló que la Corte Suprema establece que una ‘ley posterior deroga a una ley anterior, ley especial deroga ley general’, y planteó que “en ciertos casos es indispensable que el Congreso derogue específicamente las leyes que se contraponen con las leyes que están sancionando”.

También se respaldó en que había 13 constituciones provinciales que reconocían el derecho a la vida desde la concepción y manifestó: “Había que hacer un análisis de cuál era la compatibilidad de ese inciso con esas constituciones y, a su vez, hice un análisis de por qué había un conflicto normativo de ese inciso y dos tratados internacionales de Derechos Humanos que tienen jerarquía superior a cualquier ley, que son la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño”.

“Este Congreso de la Nación dispuso que debe interpretarse que niño es ‘todo ser humano desde el momento de la concepción’. El artículo 6 de la Convención de los Derechos del Niño reconoce el derecho intrínseco de la vida. Yo simplemente lo que marqué es que veía un conflicto entre normas de distintas jerarquías eso fue lo que marqué, pero no hablé sobre toda la ley”, se defendió.

Lousteau repreguntó si se declara la inconstitucionalidad de la ley de interrupción voluntaria del embarazo volvería a estar vigente el Código Penal de 1921.

García Mansilla le explicó que “la eventual declaración de inconstitucionalidad de la legalización, no implicaría la declaración de inconstitucionalidad de la despenalización la Ley 27.610. Es una ley compleja, criminalizó el aborto en ciertos casos, lo despenalizó en otros, y lo legalizó en un supuesto específico que es el que me refiero con lo cual la eventual declaración de inconstitucionalidad tendría que llegar un caso también, pero asumamos hipotéticamente y la clave es que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no decide caso de aborto periódicamente”.

El juez planteó que varias ONG’s hacen una analogía con la Corte Suprema norteamericana que creó el derecho al aborto en 1973 que no surgió del Poder Legislativo. “Por eso se litiga permanentemente y uno puede ver que la Corte Suprema desde 1973 hasta hoy ha dictado más de 54 fallos en materia de aborto y a nivel de juzgados de tribunales federales inferiores son miles las sentencias”.

Así, comparó: “Si uno toma la Corte Suprema Argentina en los últimos 20 años la única sentencia F.A.L que se refería a un artículo del Código Penal que, hoy, además, está derogado y que ese artículo el 86 se refería a una causal de no punibilidad. Hoy la Ley 27.610 el artículo 86 del Código Penal prevé causales de no punibilidad las declaraciones de inconstitucionalidad de la legalización no estarían afectadas”.

Pidió una breve interrupción la vicejefe del bloque UP, Anabel Fernández Sagasti, quien le consultó si “ya aprobada la ley si su postura va a ser inmiscuida por sus concepciones confesionales o va a fallar de acuerdo al derecho. Si entiende que el principio de no regresividad en la Constitución tiene que ver con un hipotético caso que llegue a la Corte respecto al derecho de interrupción voluntaria del embrazo”.

“Los argumentos que yo escribí cuando viene acá al Senado de ninguna manera son argumentos confesionales, salvo que entendamos que explicar el derecho positivo, a hacer referencia a normas sancionadas por este Congreso, a hacer referencia a constituciones provinciales o hacer referencia al texto escrito de determinados instrumentos internacionales que gozan de una determinada jerarquía, es sostener una postura confesional”, respondió García Mansilla.

“Si llegara a tener que decidir cualquier caso, se debería fallar conforme a derecho eso no hay ninguna duda y, más allá de fallar conforme a derecho, la predisposición del juez no es únicamente fallar conforme a derecho”, agregó.

De esa manera, explicó que en ese caso lo primero que haría es “analizar el caso con mente abierta”, lo segundo “voy a tomar muy en serio los argumentos de cada una de las partes”, lo tercero será “considerar la dimensión humana en juego” porque “nuestro derecho positivo tiene muchas consideraciones, el interés superior del niño, la perspectiva de género, el problema de la vulnerabilidad de las personas mayores. En considerar la dimensión humana en juego que es fundamental a la hora de resolver cualquier caso”, el cuarto punto es “tomarse en serio los precedentes del tribunal los precedentes de la Corte Suprema para los propios jueces de la Corte Suprema son importantes”.

“La Corte Suprema de Justicia de la Nación es un tribunal colegiado y que creo que gana en autoridad cuando decide las cuestiones jurídicas más trascendentes con una sola voz. Cuando las decisiones se toman, por ejemplo, si tenemos una corte de cinco jueces, con cinco votos distintos en general, el derecho no gana en autoridad. Creo que la Corte gana en autoridad cuando las cuestiones complejas las decide en la medida de lo posible con una sola voz. Eso implica un esfuerzo en el marco del tribunal colegiado para saber cuándo de poner ciertas visiones del derecho poder consensuar algunas cuestiones que, en el marco de lo que es opinable del derecho, no es lo que no es opinable poder trabajar de esa manera”, argumentó.

También resaltó que el principio de progresividad “es un principio claramente importante está previsto en la convención americana de Derechos Humanos y es aplicable en todas las decisiones desde ya”.

"En la locución que yo hice acá en el Senado yo tampoco planté una postura confesional, sino que planteé que en mi visión, de acuerdo a lo que se estaba discutiendo en ese momento con otro proyecto de ley, para poder tomar la decisión que se quería tomar en ese momento había que reformar la Constitución como hicieron Irlanda o Francia para poder consagrar el aborto. Es un argumento de derecho positivo", cerró

García-Mansilla evitó opinar si la dolarización es constitucional o no porque “no hay un proyecto en concreto”

El candidato a la Corte Suprema de Justicia fue consultado por un escrito que hizo sobre el tema y resaltó que “es el Congreso el que tiene la facultad” para disponer ese cambio. 

Foto: Comunicación Senado

Durante la audiencia pública de este miércoles en el Senado, el candidato a la Corte Suprema de Justicia Manuel García-Mansilla evitó opinar si la dolarización es constitucional o no, porque “no hay un proyecto en concreto”. 

En la tanda de preguntas, el senador radical Martín Lousteau consultó “si piensa que la dolarización, es decir, el reemplazo total de la moneda nuestra por otra, que no controle el Estado, es constitucional o no”, al recordarle que escribió sobre el tema. 

Sobre el informe realizado junto a Ricardo Ramírez Calvo, García-Mansilla señaló que el mismo se realizó “en un momento particular durante la campaña electoral del año pasado, donde la dolarización como concepto era un motivo de discusión, más allá de que no existía concretamente un proyecto de ley que uno pudiera analizar”. 

“Para poder hacer un análisis sobre si es constitucional o no hay que ver un proyecto concreto”, afirmó. A continuación, introdujo la hipótesis: “Asumamos que para dolarizar se confiscan todos los depósitos en dólares que hay en el sistema bancario. Esa dolarización sería flagrantemente inconstitucional por violación del derecho de propiedad”.

Pero luego puso otro ejemplo: “Asumamos que la dolarización se haga por la vía de un tratado de integración en el marco del artículo 75, inciso 24, debido a que el Mercosur decide que la moneda común es el dólar. Ese proyecto de dolarización podría ser constitucional, en la medida que se cumplan con todos los parámetros”. 

“Este Congreso de la Nación le ha dado curso legal a monedas extranjeras en el pasado en varias oportunidades”, recordó e insistió que “para poder opinar seriamente hay que ver el proyecto de ley en concreto” y aclaró que “es el Congreso de la Nación el que tiene la facultad para disponer la dolarización o no”. 

El candidato propuesto por el Gobierno remarcó que “toda la contribución que hicimos (con Ramírez Calvo) fue en abstracto, yo no puedo opinar sobre un proyecto en concreto que no existe, y tampoco puedo especular con otro tipo de cuestiones”. 

“¿Usted dice que cómo se debería interpretar el artículo 75 quedaría a cargo del Congreso y no habría control constitucional después?”, replicó Lousteau y García-Mansilla completó: “En el ámbito de sus atribuciones cada uno de los poderes puede interpretar la Constitución. Obviamente si la interpretación después termina en la afectación de algún derecho constitucional y eso es objeto de un litigio, ahí es la Corte Suprema en su carácter de intérprete final de la Constitución la que termina de interpretar el tema”. 

García-Mansilla: “Los jueces no pueden aplicar sus convicciones o preferencias personales a la hora de decidir casos concretos”

Al presentarse ante los senadores que evaluarán su capacidad para convertirse en miembro de la Corte, el académico propuesto por el Ejecutivo destacó cuál debe ser la función de los jueces, que no deben avanzar sobre roles que corresponden a los legisladores.

Fotos: Comunicación Senado

El académico Manuel García-Mansilla comenzó este miércoles su exposición ante la Comisión de Acuerdos de la Cámara alta a las 10.52 con un discurso en el que resaltó su trayectoria educativa y laboral, en el ámbito de los tribunales, hasta recalar en el estudio jurídico más grande del país, cosa que le permitió “ver el derecho desde otro lugar”. Habló de su formación y especialización, su experiencia en el exterior y afirmó haber arrancado “desde lo más bajo, hasta litigar en el sistema internacional de derechos humanos ante una nación extranjera”.

Destacó su compromiso académico desde hace más de tres décadas, y la publicación de libros y notas de opinión en la Argentina y otros países, la mayoría de los cuales vinculados a la Constitución, como así también resaltó que desde 2019 es decano de Derecho en la Universidad Austral, donde además da clases sobre diversos aspectos de la constitucionalidad. Allí obtuvo el título el año pasado de doctor en Derecho, con un jurado de personalidades ajenas a la facultad.

A esas casi tres décadas de experiencia en el Derecho, le sumó una experiencia de gestión en una cámara de empresas productoras de hidrocarburos, de la que es director desde 2014.

Tras esa exposición, García-Mansilla dijo porqué piensa que puede hacer “un aporte genuino a la Corte Suprema de Justicia”. Arrancó diciendo qué piensa de la función judicial, comparándola con la de los legisladores. “A diferencia de los jueces, los legisladores pueden apelar a sus convicciones morales y la necesidad de atender reclamos sociales para modificar leyes como crean conveniente, en el marco del respeto irrestricto de la Constitución”, comentó.

“Eso mismo ocurre con los constituyentes; pero los jueces no pueden hacer eso en una sociedad democrática, respetuosa del principio de la soberanía del pueblo y la forma representativa de gobierno”, señaló, para remarcar nuevamente: “No pueden hacer eso en ningún caso. Tienen la función principal de resolver causas judiciales concretas, respetando siempre el texto y la estructura de la Constitución con todas sus reformas y no apelando a sus convicciones personales, sean de índole moral, política y religiosa, aun cuando crean de buena fe que van a servir mejor a la sociedad”.

El postulante para ocupar un lugar en la Corte precisó que “los constituyentes dieron a los órganos políticos las herramientas para modificar y adaptar nuestra legislación a estas nuevas realidades. Por eso que la tarea de impulsar los cambios que reflejan esta evolución es principalmente de este Congreso de la Nación”.

En cambio, dijo, “la función de los jueces es aplicar esas normas a la hora de resolver casos concretos”, así como “sostener la observancia de la Constitución en cada sentencia a través del ejercicio de control de constitucionalidad”.

García-Mansilla agregó que “dadas las características, los jueces no pueden aplicar sus convicciones o preferencias personales a la hora de decidir casos concretos”. Y enfatizó: “Fomentar ese comportamiento anómalo por parte de los jueces es una forma inaceptable de liberarlos de los límites que la propia Constitución les impone a ellos”.

Para el candidato a integrar la Corte, un buen juez de ese tribunal supremo “solo puede administrar justicia en el marco de lo previsto en el juramento ordenado por el artículo 112 de la Constitución Nacional. Este juramento exige que la administración de justicia en cada jurisdicción se haga bien y legalmente en conformidad con lo que prescribe la Constitución. Que es administrar justicia bien, hacerlo de forma independiente, imparcial, sin favoritismo, sin prejuicio ni animosidad en contra de las partes. Mostrando que su conducta está por encima de cualquier reproche a los ojos de un observador razonable. Legalmente y en conformidad con lo que prescribe la Constitución”.

Para García-Mansilla, “los fundamentos de sus sentencias deben respetar y hacer respetar el estado de derecho, la seguridad jurídica a través de una aplicación seria y meditada de nuestra norma suprema, la Constitución, en cada uno de los casos que les toque resolver”.

Y concluyó asegurando que su única aspiración, para el caso de que este Senado lo honre con su acuerdo, es “la de servir a mi país de tal manera que al momento de terminar con esas funciones, mis compatriotas me recuerden como un juez que cumplió con sus deberes constitucionales y que obró siempre con integridad, independencia e imparcialidad”.

Manuel García-Mansilla rindió examen ante los senadores

El otro postulante para integrar el máximo Tribunal expuso este miércoles ante la Comisión de Acuerdos, donde a lo largo de casi siete horas fue consultado en torno a su postura sobre el aborto, el RIGI y paridad de género, entre otras cuestiones.

El académico Manuel García-Mansilla defendió este miércoles su postulación a juez de la Corte Suprema de Justicia, impulsado desde el Gobierno, en el marco de una audiencia pública celebrada desde las 10.23 de la mañana en el Salón Azul del Senado. Fue el segundo candidato en exponer ante la Comisión de Acuerdos que preside la senadora del Pro Guadalupe Tagliaferri, luego de que la semana pasada fuera el turno del juez federal Ariel Lijo, quien disertó por casi ocho horas.

Tras 7 horas de audiencia, la senadora Tagliaferri aseguró que “los dictámenes ya están disponibles para la firma”. También anunció que la próxima reunión de la misma será el 12 de septiembre, para tratar una serie de pliegos judiciales.

Al comenzar la audiencia, Tagliaferri informó que “todo el proceso de la audiencia es público” y destacó que “en la página web del Senado hay un micrositio donde está disponible toda la información sobre la audiencia, lo que permite tener un Senado más transparente y accesible”.

En el inicio de la reunión, el jurista señaló porqué piensa que puede hacer “un aporte genuino a la Corte Suprema de Justicia”. En ese marco, diferenció la tarea que le asiste a los jueces respecto de los legisladores, quienes “pueden apelar a sus convicciones morales y la necesidad de atender reclamos sociales para modificar leyes como crean conveniente, en el marco del respeto irrestricto de la Constitución”, comentó. “Los jueces no pueden hacer eso en una sociedad democrática, respetuosa del principio de la soberanía del pueblo y la forma representativa de gobierno”, señaló, precisando que ellos “tienen la función principal de resolver causas judiciales concretas, respetando siempre el texto y la estructura de la Constitución con todas sus reformas y no apelando a sus convicciones personales, sean de índole moral, política y religiosa, aun cuando crean de buena fe que van a servir mejor a la sociedad”.

“La función de los jueces es aplicar esas normas” establecidas por los legisladores, o los constituyentes “a la hora de resolver casos concretos”, así como “sostener la observancia de la Constitución en cada sentencia a través del ejercicio de control de constitucionalidad”.

El interrogatorio de los legisladores

Tras la presentación formal del candidato a la Corte Suprema, se dio lectura a 160 preguntas, de un compendio de las 265 preguntas que le realizaron las instituciones, organizaciones y personas que han manifestado su opinión sea por adhesión, impugnación u observación.

Algunas de las consultas se referían a la Ley de Protección Integral de las Mujeres, dolarización, federalismo, competencias de la Corte Suprema de Justicia, impuesto a las ganancias, cuestión de género en la Corte Suprema y cargos jerárquicos, Ley Micaela, las protestas sociales, la Ley del Aborto, entre otros temas.

Ante la consulta del senador libertario Francisco Paoltroni por la modificación “inconstitucional” de la Constitución de Formosa que permite la reelección indefinida, García- Mancilla manifestó que “el régimen republicano de gobierno se creó para combatir las monarquías y, la reelección indefinida, tiene evidentemente un problema con el régimen republicano. La duración en el cargo permanente es un peligro para la república. La reelección indefinida como tal puede tener un problema y, a la hora de tomar una decisión, hay que ver cómo se ha litigado el expediente y prestar atención el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, y resaltó que “hasta 1983 ninguna Constitución provincial preveía la reelección indefinida”. El académico sostuvo que los estándares de DD. HH son “guía de interpretación y los jueces deben tenerlos en cuenta”.

Sobre la “inconstitucionalidad de la Ley de Lemas” el candidato explicó que la Corte Suprema entiende que “todo lo que tenga que ver con el régimen electoral es una cuestión de derecho público local que le corresponde al Poder Judicial local determinar su eventual coalición o no con la norma principal. Es el parámetro a aplicar. El Poder Judicial no puede intervenir en todas las causas judiciales que se inicien en el país, tiene que respetar los límites del federalismo”. Tras escuchar las respuestas del abogado, el libertario expresó que la república con estas dos herramientas “está en peligro y es un riesgo absoluto para todos. Con este criterio podemos poner reelección indefinida de presidente y terminar como Venezuela”, tras lo cual se retiró de la reunión.

A continuación, en respuesta del radical Martín Lousteau opinó que “el artículo 129 de la Constitución tiene problemas constitucionales porque asimila a la Ciudad de Buenos Aires como si fuese provincia”, y planteó que “la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene que tener su Poder Judicial propio completo”.

Al ser consultado por la oficina de violencia doméstica, que es competencia de la Corte Suprema, el juez comentó: “No es un tema que haya reflexionado en particular, pero se podría trasladar la oficina, pero la propia Ciudad y todas las provincias deberían tener cada oficina y la Corte integrar toda la información para tener un diagnóstico preciso de lo que es la violencia doméstica a nivel nacional”.

También le preguntó sobre su postura en contra del aborto legal, respecto de lo que señaló que la Corte Suprema "no decide periódicamente sobre casos de aborto", y sostuvo que en su momento "marqué que veía un conflicto entre normas de distintas jerarquías, eso fue lo que marqué, pero no hablé sobre toda la ley".

RIGI

A ser consultado por el RIGI por parte de los senadores Lousteau y Anabel Fernández Sagasti, el abogado expresó que “la Ley 27.270 aprobó el Acuerdo de París que se refiere al cambio climático, la Ley Olimpia aprobada por este Congreso de la Nación también se refiere al cambio climático, es irrelevante lo que crea yo sobre el cambio climático”.

“El Congreso de la Nación ha legislado sobre la materia. Sobre las regulaciones en materia de medio ambiente y la explotación de recursos naturales, lo que entiendo de acuerdo a lo que establece el artículo 41 de la Constitución y la Ley General del Ambiente es que el Gobierno Federal puede establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental”, señaló y precisó que esos presupuestos mínimos pueden ser complementados por las provincias y planteó: “Diría que el único límite que tienen, tanto el Gobierno Federal como las provincias, dejando de lado el federalismo, es que no se conviertan en regulaciones expropiatorias de los recursos naturales que son de propiedad de las provincias”.

Al respecto, recordó el caso de 2007 en la provincia de Chubut sobre un minera a cielo abierto en una mina de oro. Así, sostuvo que en el caso del RIGI hay que tener en cuenta “la provincia, la regulación ambiental, pero entiendo que en la medida que se cumplan los estudios de impacto ambiental, las audiencias correspondientes, seguramente el supuesto debería ser atendido antes de que se empiece a operar y, desde ya insisto, en esto el Gobierno Federal puede establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental y las provincias pueden elevar ese piso”.

“Evidentemente ninguna ley puede dejar sin efecto el artículo 41 de la Constitución. Eso está muy claro en nuestro sistema constitucional que una ley del Congreso no puede dejar sin efecto los parámetros de protección ambiental que prevé el artículo 41 de la Constitución”, remarcó.

La postura sobre la identidad de género

Al ser consultado por la senadora Anabel Fernández Sagasti (UP) sobre la Ley de Identidad de Género, se distanció de la postura del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, quien argumentó que “se acabó la diversidad de género” durante su exposición en la Comisión de Mujeres y Diversidades de Diputados.

Al respecto, el abogado afirmó que la Ley 26.743 de identidad de género “es una ley vigente y las leyes vigentes se tienen que cumplir”, y agregó: “He notado en los últimos años una costumbre, en que en ciertos casos y no voy a decir ningún tribunal, donde los jueces no aplican leyes sin declararlas inconstitucionales”.

“Simplemente no las mencionan o no las aplican. Eso no se puede hacer porque en nuestro sistema constitucional las leyes vigentes se aplican y, para no aplicarlas, hay que declararlas inconstitucionales. Siempre que haya un caso concreto que amerite eso, pero los jueces no pueden obviar las leyes vigentes”, criticó.

La inconstitucionalidad de los DNU

Sobre la ley que regula los DNU la 26.122, García Mansilla comentó: “El congreso en ejercicio de las atribuciones, que prevé el artículo 99 inciso 3, sancionó una ley para regular la forma en que quiere controlar los DNU. Fue el que decidió que, para rechazar un DNU, se necesita una disposición de las dos cámaras”, y señaló una inconsistencia desde el punto de vista técnico: “En un sistema parlamentario donde hay fusión de poderes, haya más control de parte del Parlamento o más restricciones para el Gobierno para emitir un Decreto de Urgencia, que en un sistema presidencialista en donde la separación de poderes con frenos y contrapesos es la Norma, pero es decisión del Congreso la regulación de qué tipo de control quiere ejercer sobre los DNU”.

“Cualquier DNU en el marco de un proceso judicial debe presumirse inconstitucional y esto implica que el Estado nacional es quien corre con la carga de la prueba y con la carga de la argumentación para demostrar que ese DNU es constitucionalmente válido porque está dentro de las excepciones previstas en el artículo 99 inciso 3”, explicó.

Así, sumó: “La Constitución dispone en el artículo 99 inciso 3 que el Poder Ejecutivo en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta insanable podrá emitir disposiciones de carácter legislativo y, recién ahí, es que se abren las excepciones”.

Paridad de género

El senador salteño Juan Carlos Romero le preguntó sobre la paridad de género y criticó al Ejecutivo por postular a dos hombres y a ninguna mujer. Sobre ello, el juez fundamentó: “Si bien la cuestión de género es una cuestión de gran importancia para el ejercicio de facultades que son políticas y discrecionales del Poder Ejecutivo y también del Senado, en mi caso la nominación no reemplaza la nominación de una mujer”

“La nominación es una facultad que le corresponde al Ejecutivo y la consideración que hizo el tiene que ver con decisiones de oportunidad mérito y conveniencia. Se hizo un análisis en el ámbito del Ministerio de Justicia”, indicó y procedió a leer un dictamen aprobado en 2016 por la propia comisión que establece que ‘en orden a las impugnaciones recibidas sobre un eventual desequilibrio de género, esta comisión manifiesta que comparte la importancia en el caso de la diversidad y el equilibrio de género especialidad y procedencia regional’.

En ese sentido, sostuvo: “Entendí que, dentro de los requisitos que prevé el 322, había otros que yo podía cumplir como el de diversidad regional y especialidad. Ese mismo dictamen dice ‘sin perjuicio de ello esta comisión constituye un ámbito legislativo en el cual debe verificarse la idoneidad para el cargo del candidato concreto propuesto y el cumplimiento de los requisitos del artículo 111 de la Constitución Nacional. Por lo cual se entiende que esas objeciones escapan a la persona del postulante e incumben al Poder Ejecutivo Nacional que es el ámbito en el cual se realiza la propuesta de los candidatos a ocupar el cargo’”.

“En cuestión entiendo que este tipo de antecedentes parlamentarios sumados, por ejemplo, a la decisión que tomó el pleno del Senado en la sesión del 5 de noviembre del año 2020 cuando se dio un acuerdo para completar una vacante en la Cámara Nacional Electoral y la cuestión de género fue objeto de discusión. Es una cuestión muy importante, muy trascendente, pero que no es dirimente en el sentido de que si el candidato es varón o mujer está impedido de aceptar o no una nominación y, en mi caso particular, insisto mi nominación no reemplaza a una mujer”, completó.

Quién le ofreció el cargo

Una de las preguntas que le formularon a García-Mansilla fue quién fue el encargado de ofrecerle el cargo para el que ahora se postula.

“El cargo me lo ofreció el señor Santiago Caputo, en una reunión con (el viceministro de Justicia) Sebastián Amerio”, respondió el jurista ante la inquietud de Oscar Parrilli. Y agregó: “Yo no conozco al presidente de la Nación, no hablé nunca en mi vida ni por teléfono con él. Y la persona que me ofreció el cargo fue Santiago Caputo, no lo conocía tampoco, y en este proceso lo he visto dos veces; la última vez lo vi hace unas dos semanas, en Casa Rosada, que me preguntó cómo venía preparándome para la audiencia pública y la relación desde el  momento en que me ofrecieron el cargo hasta ahora la he llevado con el doctor Sebastián Amerio”.

La Ley de Coparticipación, una deuda

Luego de un cuarto intermedio, a las 15, se reanudó la audiencia con la consulta de la senadora Carmen Álvarez Rivero sobre el federalismo y la ley de Coparticipación Federal. El letrado respondió que “evidentemente es una deuda, la Ley de Coparticipación; se van a cumplir 30 años de la reforma del 94 y no se ha dictado la ley convenio” y agregó que “la revisión de los criterios jurídicos que impedirían esa ley convenio facilitaría ese trabajo, que le corresponde a la política”.

El senador misionero Carlos Arce le consultó su opinión sobre la pedofilia, tráfico de menores y Ciberdelito. Al respecto, García Mansilla aseguró: “Me parecen delitos aberrantes que deben ser perseguidos por la Justicia y castigados con el máximo de la pena del Código Penal”.

Antes de dar por terminada la audiencia, el senador Bartolomé Abdala (LLA) destacó la solidez en las respuestas y afirmó: “Sigo pensando que sos un buen candidato para el cargo que nuestro gobierno te ha propuesto”.

García-Mansilla expondrá en audiencia pública este miércoles en el Senado

Será el turno del otro candidato a la Corte Suprema de Justicia, propuesto por el Gobierno. La Comisión de Acuerdos lo recibirá desde las 10 en el Salón Azul.

El Salón Azul del Senado será escenario este miércoles de una nueva audiencia pública, cuando le toque el turno al académico Manuel García-Mansilla de defender su postulación a juez de la Corte Suprema de Justicia, impulsada desde el Gobierno.

Tras el paso de juez federal Ariel Lijo, quien expuso por casi ocho horas, el otro candidato del Poder Ejecutivo asistirá desde las 10 a la reunión de la Comisión de Acuerdos, que preside la senadora del Pro Guadalupe Tagliaferri.

García-Mansilla fue propuesto por el Gobierno para reemplazar en el máximo tribunal a Juan Carlos Maqueda, quien cumplirá 75 años el próximo 29 de diciembre.

Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, el abogado participó en 2018 de los debates por la interrupción voluntaria del embarazo, dentro de los expositores que se manifestaron contra el aborto legal.

Al enviar su pliego, el Poder Ejecutivo lo calificó como "un prestigioso académico con una sólida formación en derecho constitucional" y, respecto de las opiniones a favor de su postulación, señaló que las mismas “se sustentan en su acreditada idoneidad para el desempeño del cargo de que se trata, su trayectoria como docente universitario, los numerosos artículos del que es autor y su reconocida solvencia intelectual”.

"Ha dado muestras a lo largo de su trayectoria personal y profesional de respeto irrestricto a nuestra Carta Magna, al sistema democrático, y compromiso con la defensa de los Derechos Humanos, todo lo cual lo erigen en un digno aspirante a ocupar un sitio en la Corte Suprema de Justicia”, agregó el PEN.

Sobre García-Mansilla se presentaron una veintena de impugnaciones y cinco adhesiones ante la Comisión de Acuerdos. El académico rechazó las críticas referidas a su postura sobre el aborto legal, al considerar que "omiten o directamente tergiversan las opiniones doctrinales que expresé".

"Se derivan escenarios imaginarios a todas luces infundados sobre cómo podría decidir casos a futuro (algo que jamás adelanté)”, indicó en su descargo.

La Asociación Civil FORES presentó su impugnación al pliego de Lijo

Le adjudican al juez federal falta de idoneidad para ocupar un cargo en la Corte, en tanto que respaldaron la nominación de Manuel García Mansilla.

La Asociación Civil de juristas y profesores de Derecho, FORES, presentó este lunes ante el Senado de la Nación su impugnación a la candidatura para la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Ariel Lijo, al tiempo que formalizó su apoyo a la postulación de Manuel García Mansilla.

“Lamentablemente, las objeciones presentadas (como las muchas otras presentadas por otras entidades representativas del ámbito de la justicia), no solo no fueron contestadas por el candidato, sino que tampoco fueron merituadas por el Poder Ejecutivo al solicitar el acuerdo. Lo ocurrido parecería haber transformado el proceso de participación ciudadana en una mera formalidad burocrática que afecta el principio republicano que exige la fundamentación de los actos gubernamentales”, planteó FORES en su impugnación a Lijo. “Es por esta razón que nos vemos en la necesidad de reiterar ante ese Honorable Senado tales objeciones, en la esperanza de que ellas sean consideradas al debatir el acuerdo solicitado”.

En cuanto a las características del postulado, la entidad señaló que “no caben dudas de que el Sr. Lijo cumple con las condiciones formales para ser postulado. Son, sin embargo, las condiciones de idoneidad las que no se verifican en el candidato” y cuestionó: “El candidato provoca demasiada polémica en múltiples sectores de la sociedad (condición suficiente para descartarlo). Su postulación carece de suficiente fundamentación y no presenta hechos y resultados que demuestren una adecuada gestión como juez”.

“Resulta preocupante que no se haya presentado un solo informe acerca de la gestión del juzgado a su cargo que permita un análisis a la luz de la propuesta efectuada”, concluyó FORES.

Respecto de la postulación de García Mansilla, en tanto, FORES destacó la idoneidad del candidato para ocupar el cargo, ya que posee “un perfil de formación amplio, lo que entendemos le permitirá analizar las cuestiones que llegan a la Corte Suprema con conocimiento del ‘mundo real’ y experiencia práctica de las necesidades de quienes recurren a los tribunales en procura de justicia”.

Abogados porteños dicen sí a García Mansilla y rechazan a Lijo

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires adhirió a la postulación de García Mansilla a la Corte Suprema y rechazó la del juez federal.

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires presentó este viernes en el Senado de la Nación su adhesión a la postulación de Manuel García Mansilla para integrar la Corte Suprema Justicia de la Nación y su rechazo a la nominación del juez Ariel Lijo para el mismo cargo.

“El doctor García Mansilla posee sobresalientes méritos para poder integrar el más alto tribunal de la Nación. En su persona se conjugan, de un modo que es poco frecuente, antecedentes que lo califican con la excelencia que uno espera hallar en una persona postulada para cubrir una vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, señala el escrito y agrega: “Por un lado, el candidato posee la formación práctica de un abogado que ha ejercido la profesión intensamente desde su juventud, llegando a intervenir en asuntos de alta complejidad. Allí forjó su carácter, disciplinado, eficiente y con un profundo sentido del deber. Por el otro, posee conocimientos teóricos propios de un académico e investigador del derecho constitucional, cuyos trabajos son referencia obligada para los estudiosos de esa disciplina”.

Sin embargo, respecto de Lijo, el documento firmado por el presidente de la entidad colegiada, Alberto Garay, señala: “Quien pretenda ocupar un sitial en la Corte Suprema debe demostrar que posee una preparación excepcional. Pues en sus manos se depositará la delicada tarea de decidir asuntos en los que estarán en juego la libertad, la seguridad, la propiedad y los demás derechos de todos los habitantes del país; las atribuciones de las provincias, las de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las de las autoridades de la Nación, de conformidad con lo que al respecto declara, establece y garantiza la Constitución Nacional”.

Pero los antecedentes del Lijo no responden a esta exigencia: “Con relación a su desempeño profesional, la reputación del juez Lijo viene siendo cuestionada repetidamente y desde hace tiempo. No obstante, esta información no ha sido volcada oficialmente en el CV publicado en el Boletín Oficial ni tampoco fue informada por el Ministerio de Justicia, como hubiera correspondido. Hasta donde hemos podido indagar, entre el año 2023 y lo que llevamos transcurrido del 2024, se han presentado cinco pedidos de juicio político contra el magistrado ante el Consejo de la Magistratura de la Nación”, recuerda el Colegio de Abogados de la Ciudad en su presentación. Y agrega: “Una de las características del juez Lijo es su morosidad en la tramitación de algunas causas. En la auditoría realizada en el año 2016 este Colegio comprobó que esa demora injustificada en la tramitación de las causas era así, al menos, en 29 expedientes”.

La Federación de Abogados rechaza la postulación de García Mansilla y exige proponer a una mujer

A través de un comunicado con el aval de sus autoridades, la FACA sostuvo que “la igualdad entre los individuos se configura como garantía esencial para transformar las sociedades y conducirlas hacia una democracia sólida, republicana y duradera”.

La Federación Argentina de Colegios de Abogados presentó un comunicado donde manifestó su rechazo a la postulación impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional para el nombramiento de Manuel García Mansilla para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El texto fue avalado por las autoridades de la Federación y lleva las firmas de la presidenta Mariel Tschieder; los vicepresidentes Raúl Saravia, Luciana Scherbarth y Francisco Panero; y de la secretaria Eloísa Raya de Vera, entre otros.

Además, en el comunicado, dejaron explicita una propuesta: “Entendemos que, para cubrir la vacante dejada por la Elena Highton de Nolasco, lo razonable y acorde con los estándares vigentes hubiera sido proponer a una mujer de las tantas juristas sólidas e intachables con las que cuenta nuestro país en el ejercicio profesional de la abogacía o de un tribunal federal”.

Del mismo modo, señalaron que “la postulación de dos candidatos varones resulta improcedente en razón de contravenir los mandatos constitucionales, convencionales y reglamentarios de nuestro país que garantizan la igualdad entre éstos y las mujeres”.

“Entendemos que, en el Estado de derecho moderno, la igualdad entre los individuos se configura como garantía esencial para transformar las sociedades y conducirlas hacia una democracia sólida, republicana y duradera”, explicaron desde la institución.

Se oficializaron las fechas de las audiencias públicas para que Lijo y García Mansilla defiendan sus pliegos

Serán el próximo 21 y 28 de agosto, respectivamente, en el Salón Azul del Senado a las 10. El aviso se publicó este viernes en el Boletín Oficial.

Se publicó este viernes en el Boletín Oficial el aviso a través del cual quedaron formalizadas las audiencias públicas de la Comisión de Acuerdos del Senado, por donde pasarán Ariel Lijo y Manuel García Mansilla a defender sus postulaciones para integrar la Corte Suprema de Justicia.

Tal como se conoció días atrás, las reuniones tendrán lugar el próximo 21 y 28 de agosto, respectivamente. Ahora se confirmó que el lugar será el Salón Azul de la Cámara alta, a partir de las 10. También podrá seguirse por el canal de YouTube del Senado.

A partir de la publicación del aviso, que lleva la firma del secretario Parlamentario, Agustín Giustinian, se abrirá del 23 al 29 de julio -inclusive- el plazo para presentar preguntas y formular observaciones a las calidades y méritos de los aspirantes.

De acuerdo al artículo 123 ter del reglamento del Senado de la Nación, la Comisión de Acuerdos debe abrir un registro a fin de poder recepcionar las observaciones que cualquier persona quiera formular respecto de las calidades y méritos de los aspirantes cuyo acuerdo haya sido solicitado por el Poder Ejecutivo. Las presentaciones efectuadas estarán a disposición de todos aquellos que quieran consultarlas en la sede de la comisión.

Las presentaciones se podrán realizar de forma digital, de 10 a 17, a través de la web del Senado, en el ítem “Comisión de Acuerdos”, pestaña “Registro de Observaciones”; o de manera presencial en la Comisión de Acuerdos, sita en la Avenida Hipólito Yrigoyen 1702 (6° piso, oficina 606), en soporte papel por duplicado, acompañado de copia fiel en soporte digital.

En una primera etapa de presentaciones, el juez federal Lijo sumó 3.578 adhesiones y 328 impugnaciones, de acuerdo a un informe del ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona. Por su parte, el académico García Mansilla recogió 3.129 avales y 110 observaciones.

En la actualidad, el máximo tribunal está integrado por Horacio Rossatti (presidente), Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

El pasado 20 de marzo, el Gobierno anunció a Lijo para cubrir la vacante que quedó tras la salida de Elena Highton de Nolasco en noviembre de 2021. En tanto, la postulación de García Mansilla es para reemplazar a Juan Carlos Maqueda, quien a fin de año cumplirá los 75 años de edad.

Los pliegos fueron enviados a la Cámara alta el 28 de mayo, y tomaron estado parlamentario en la sesión del 12 de junio.

Con 7 miembros en el Senado, y aún reuniendo a todos los bloques de la oposición dialoguista, el oficialismo no alcanza a la mayoría calificada de dos tercios que se requiere para nombrar a jueces de la Corte. Es decir, sin senadores de Unión por la Patria es imposible que se aprueben las designaciones.

La candidatura de Lijo es muy cuestionada desde un sector de la UCR y la Coalición Cívica -aunque este espacio no tiene representantes en la Cámara alta- y divide transversalmente a los bloques. Incluso el libertario Francisco Paoltroni ya anticipó que se opone. Sin embargo, desde el entorno del juez confían en tener los votos, pues contaría con aval del kirchnerismo, que ha evitado pronunciarse hasta ahora.

El panorama aparece más complicado en el caso de García Mansilla, resistido por su perfil conservador (opositor al aborto legal, rasgo reivindicado por el Ejecutivo en su postulación). Además, la falta de una candidata mujer será otro de los ejes de la discusión.

Tienen fecha las audiencias para que Lijo y García Mansilla defiendan sus pliegos como candidatos a la Corte Suprema

Las reuniones se llevarán a cabo en la Comisión de Acuerdos del Senado el 21 y 28 de agosto, respectivamente. Los edictos se publicarán en el Boletín Oficial en los próximos días.

Se confirmaron las fechas en que se realizarán las audiencias públicas para que Ariel Lijo y Manuel García Mansilla, candidatos propuestos por el Gobierno nacional para ocupar la Corte Suprema de Justicia, se presenten a defender sus pliegos ante la Comisión de Acuerdos del Senado, presidida por Guadalupe Tagliaferri (Pro). Serán el próximo 21 y 28 de agosto, respectivamente.

Como paso previo, este 19 y 22 de julio deberán publicarse los edictos correspondientes en el Boletín Oficial, y también en dos diarios de circulación nacional. A partir de allí se abrirá un plazo de siete días para la presentación de impugnaciones y/o adhesiones; seguido por tres días de análisis por parte de la comisión sobre qué impugnaciones considera válidas y tres días más para que los postulantes respondan al respecto.

En una primera etapa de presentaciones, el juez federal Lijo sumó 3.578 adhesiones y 328 impugnaciones, de acuerdo a un informe del ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona. Por su parte, el académico García Mansilla recogió 3.129 avales y 110 observaciones.

En la actualidad, el máximo tribunal está integrado por Horacio Rossatti (presidente), Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

El pasado 20 de marzo, el Gobierno anunció a Lijo para cubrir la vacante que quedó tras la salida de Elena Highton de Nolasco en noviembre de 2021. En tanto, la postulación de García Mansilla es para reemplazar a Juan Carlos Maqueda, quien a fin de año cumplirá los 75 años de edad.

Los pliegos fueron enviados a la Cámara alta el 28 de mayo, y tomaron estado parlamentario en la sesión del 12 de junio.

Con 7 miembros en el Senado, y aún reuniendo a todos los bloques de la oposición dialoguista, el oficialismo no alcanza a la mayoría calificada de dos tercios que se requiere para nombrar a jueces de la Corte. Es decir, sin senadores de Unión por la Patria es imposible que se aprueben las designaciones.

La candidatura de Lijo es muy cuestionada desde un sector de la UCR y la Coalición Cívica -aunque este espacio no tiene representantes en la Cámara alta- y divide transversalmente a los bloques. Incluso el libertario Francisco Paoltroni ya anticipó que se opone. Sin embargo, desde el entorno del juez confían en tener los votos, pues contaría con aval del kirchnerismo, que ha evitado pronunciarse hasta ahora.

El panorama aparece más complicado en el caso de García Mansilla, resistido por su perfil conservador (opositor al aborto legal, rasgo reivindicado por el Ejecutivo en su postulación). Además, la falta de una candidata mujer será otro de los ejes de la discusión.

Paoltroni ratificó su rechazo a la postulación de Lijo para la Corte Suprema

El senador formoseño Francisco Paoltroni publicó un video acompañado por un texto en X donde explicó por qué rechaza a uno de los candidatos propuesto por el Gobierno de Javier Milei.

El juez federal Ariel Lijo y el abogado constitucionalista Manuel García Mansilla, los candidatos propuestos por el Gobierno de Javier Milei para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, serán recibidos por la Comisión de Acuerdos del Senado el 21 y 28 de agosto para defender sus postulaciones en audiencias públicas.

Ambos edictos con las respectivas citaciones se publicarán entre el 19 y 22 de julio próximos. De igual manera, el período de presentación de impugnaciones correrá desde el 23 y hasta el 29 del corriente mes.

Pese a que las dos postulaciones son impulsadas desde el Poder Ejecutivo, el senador libertario de Formosa, Francisco Paoltroni, se opone a la candidatura de Ariel Lijo y señaló que esa postulación es “un retroceso en la lucha por una justicia imparcial”.

A través de un video posteado en X, el senador Paoltroni tituló: “El país se divide en dos”, y explicó que están “los que apoyan la candidatura de Ariel Lijo a la Corte Suprema y los que no”. “Su pasado genera controversia y desconfianza. Para muchos, Lijo no representa una garantía de justicia ni un cambio positivo en el sistema judicial argentino”, aseveró.

Del mismo modo, cuestionó que “quienes aspiramos a una Argentina distinta, basada en transparencia y ética, vemos en su posible nombramiento un retroceso en la lucha por una justicia imparcial y confiable”. “La Corte Suprema merece figuras intachables, no cuestionadas”, remarcó acompañando el texto con el hashtag “Lijo No”.

A diferencia de los bloques dialoguistas de la Cámara de Diputados que se manifestaron en contra de la postulación de Ariel Lijo (la Coalición Cívica y el radicalismo), Paoltroni es el primer legislador del oficialismo que se rechaza a uno de los candidatos propuestos por el presidente de la Nación, Javier Milei.

El presidente envió al Senado los pliegos de Lijo y García-Mansilla

En plena efervescencia por los cambios en el gabinete nacional, el Gobierno procedió a cumplir el trámite que da inicio formal en el Congreso al proceso de nombramientos.

Horas antes de la partida del presidente hacia Estados Unidos -país al que viaja por cuarta vez desde que ocupa ese cargo-, y en medio de las repercusiones generadas por los cambios en el gabinete nacional, se conoció el envío por parte de Javier Milei al Senado de los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, para ser designados en el seno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Los pliegos llevan las firmas del primer mandatario y del ministro de Justicia, Mariano Cuneo Libarona. En el caso del juez federal, para ocupar el cargo dejado por Elena Highton de Nolasco, y en el del catedrático, para reemplazar a partir del 29 de diciembre al juez Juan Carlos Maqueda, que cumple 75 años y no ha presentado ningún pedido para permanecer en el cargo.

En ambos pliegos se señala que “finalizado el procedimiento de participación ciudadana, conforme el Decreto N 222 del 19 de junio de 2003, modificado parcialmente por el Decreto N 491 del 29 de mayo de 2018 y por el Decreto N 267 del 20 de marzo de 2024, se procede a la elevación de la presente propuesta teniendo en cuenta la capacidad técnica y jurídica del citado profesional”.

En el pliego de Lijo se consigna que “se recibieron presentaciones de instituciones, de organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales del quehacer judicial y académico; de los derechos humanos; sindicales y sociales y de juristas de reconocida relevancia tanto a nivel nacional como internacional y de la ciudadanía en general, destacándose el gran número favorable a su propuesta”.

Respecto de García Mansilla se expresa que “la mayoría de las opiniones fueron a favor”, las cuales “se sustentan en su acreditada idoneidad para el desempeño del cargo de que se trata, su trayectoria como docente universitario, los numerosos artículos del que es autor y su reconocida solvencia intelectual”.

En el caso de Lijo, “la mayoría de las opiniones a su favor se sustentan en su acreditada idoneidad para el desempeño del cargo de que se trata, su trayectoria en el Poder Judicial de la Nación, su labor como docente universitario y su notable formación jurídica y permanente especialización en el campo del Derecho Penal”.

Sobre García Cuerva se indica que “ha dado muestras a lo largo de su trayectoria personal y profesional de respeto irrestricto a nuestra Carta Magna, al sistema democrático, y compromiso con la defensa de los Derechos Humanos, todo lo cual lo erigen en un digno aspirante a ocupar un sitio en la Corte Suprema de Justicia”.

Desestimación de recusaciones

En el Boletín Oficial se publicó el decreto 467/2024 que desestima recusaciones, en el que se indica “por el Decreto N° 222/03 se estableció el procedimiento a seguir por el PODER JECUTIVO NACIONAL para el nombramiento de los magistrados de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, en el ejercicio de la facultad que se determina en el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL”.

“Que el procedimiento instituido por el Decreto N° 222/03 tiene por finalidad reunir la mayor cantidad de elementos de juicio que aseguren la mejor selección de los candidatos que serán propuestos para integrar el Alto Tribunal.

“Que la valoración de esos antecedentes es una competencia exclusiva y privativa del PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme lo previsto en el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

“Que si bien el MINISTERIO DE JUSTICIA es la autoridad de aplicación del procedimiento contemplado en el Decreto N° 222/03, ninguna de las disposiciones de dicha norma prevé que el titular de esa jurisdicción deba emitir un acto decisorio o brindar opinión sobre los candidatos cuyos antecedentes se encuentren sujetos a la valoración del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

“Que según surge expresamente de las constancias del citado Expediente N° EX-2024-32397533-APN-DGDYD#MJ, emanó del PODER EJECUTIVO NACIONAL la instrucción para iniciar, en el marco del Decreto N° 222/03, el pertinente procedimiento para la eventual designación del doctor Ariel Oscar LIJO como juez de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN .

“Que, en las actuaciones precitadas, el 2 de mayo de 2024 el señor Álvaro de LAMADRID recusó al Ministro de Justicia, atribuyéndole que actuó como defensor del doctor LIJO en una causa que tramita ante el fuero Criminal y Correccional Federal.

“Que, por otro lado, la Organización no Gubernamental “SERÁ JUSTICIA” también se presentó en las actuaciones precitadas, el 6 de mayo de 2024, ante el MINISTERIO DE JUSTICIA, formulando objeciones respecto de la postulación del doctor LIJO.

“Que posteriormente, en el citado Expediente N° EX-2024-49108034-APN-DGDYD#MJ, la Organización no Gubernamental “SERÁ JUSTICIA”, el 13 de mayo de 2024, recusó al Ministro de Justicia, doctor Mariano CÚNEO LIBARONA, a fin de que se lo excluya del trámite referido a la propuesta de nombramiento del doctor LIJO como juez de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

“Que, como fundamento de su planteo recusatorio, “SERÁ JUSTICIA” invocó que con anterioridad a su designación en el cargo de Ministro de Justicia el doctor CÚNEO LIBARONA se desempeñó como abogado del doctor LIJO en el marco de la causa caratulada “DENUNCIADO: LIJO, ALFREDO DAMIAN Y OTROS S/ASOCIACION ILICITA, INFRACCION ART. 303 y COHECHO. DENUNCIANTE: CARRIO, ELISA MARIA A. Y OTRO” (Expediente N° 13.082/2018), tramitada por ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 10, Secretaría N° 20.

“Que, asimismo, la ya referida Organización no Gubernamental invocó que el Ministro de Justicia habría actuado con parcialidad, al emitir opinión en un medio de prensa en el sentido que los cuestionamientos efectuados al doctor LIJO, en base a denuncias formuladas a su respecto, carecerían de entidad ya que estas últimas fueron desestimadas por los órganos jurisdiccionales intervinientes.

“Que en base a esas razones ‘SERÁ JUSTICIA’ considera que el Ministro de Justicia se encontraría incurso en la causal de recusación contemplada por el artículo 17, inciso 7 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, aplicable en virtud de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias.

“Que, en consecuencia, merece indicarse en primer término que dicha recusación fue deducida en forma extemporánea ya que no fue formulada en la primera presentación que realizara; a lo que se adiciona que la recusante no invocó ni acreditó que la causal esgrimida fuera sobreviniente a su presentación primigenia (conforme el mentado artículo 6° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias y artículos 14 y 18 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

“Que la extemporaneidad del planteo de ‘SERÁ JUSTICIA’ es causal determinante, por sí misma, del rechazo de la recusación por ella efectuada (conforme PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, Dictamen 244:262).

“Que la recusación es un instituto de interpretación y aplicación restrictiva, pues funciona como un mecanismo que altera la asignación de competencias dentro de la Administración Pública, en tanto persigue el apartamiento de un determinado funcionario del ejercicio de cometidos que tiene normativamente atribuidos.

“Que la preservación de la imparcialidad -fundamento de ese instituto- debe ser conciliada con la necesidad de asegurar el normal funcionamiento de la Administración Pública, el que podría verse obstaculizado por planteos recusatorios que no se correspondan con las causales que taxativamente prevé la normativa (conforme PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, Dictámenes 181:92; 244:262; 271:266, entre otros; HUTCHINSON, Tomás, “Ley Nacional de Procedimientos Administrativos. Ley 19.549. Comentada, anotada y concordada con las normas provinciales”, Editorial La Ley, Buenos Aires, 2002, Tomo 1, página 175; y COMADIRA, Julio Rodolfo – MONTI, Laura, ‘Procedimientos Administrativos. Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, Anotada y Comentada’, Editorial La Ley, Buenos Aires, 2002, T. I, página 175).

“Que es atribución exclusiva del PODER EJECUTIVO NACIONAL decidir acerca de la solicitud del acuerdo del H. SENADO DE LA NACIÓN para el respectivo nombramiento; así surge del artículo 9° del Decreto N° 222/03, el que en este aspecto hace aplicación de la norma constitucional ya mencionada.

“Que, en síntesis, la actuación del MINISTERIO DE JUSTICIA se limita a la implementación del procedimiento reglado y a los actos instrumentales necesarios para el cumplimiento de tales recaudos, preparatorios de la definición que luego le compete adoptar al PODER EJECUTIVO NACIONAL en ejercicio de sus facultades constitucionales.

“Que las razones expuestas bastan, por sí mismas, para que se califiquen como improcedentes las recusaciones articuladas por la Organización no Gubernamental ‘SERÁ JUSTICIA’ y por el señor Álvaro de LAMADRID.

“Que al respecto se ha expedido el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA.

“Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 6° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

“ARTÍCULO 1º.- Desestímanse las recusaciones planteadas por la Organización no Gubernamental “SERÁ JUSTICIA” y por el señor Álvaro de LAMADRID, contra el señor Ministro de Justicia, doctor Mariano CÚNEO LIBARONA.

“ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación.

“ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

“MILEI - Mariano Cúneo Libarona”

Un grupo de diputados de la UCR pide que el partido impugne las candidaturas de Lijo y García Mansilla

Con el formoseño Fernando Carbajal a la cabeza, le solicitaron a Martín Lousteau que convoque al comité del partido y se opongan a las propuestas ante el Ministerio de Justicia. 

Un grupo de diputados de la UCR, identificados como los más opositores al Gobierno, envió una nota al presidente del partido, Martín Lousteau, para que se convoque al Comité Nacional y se rechacen las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para la Corte Suprema de Justicia. 

La misiva, que lleva las firmas de Fernando Carbajal, Pedro Galimberti, Marcela Coli y Manuel Aguirre, solicita a Lousteau que “convoque al Comité Nacional a los fines que el partido impugne y se oponga a las nominaciones realizadas por el Poder Ejecutivo Nacional”. 

En ese sentido, recordaron que el decreto 222/03 fija un plazo de 15 días, a partir de la oficialización de las nominaciones en el Boletín Oficial, para observar las candidaturas ante el Ministerio de Justicia. “Corresponde que el partido UCR, como institución fundamental de la democracia, se exprese sobre esta situación”, sostuvieron. 

Los legisladores señalaron que en la nominación de ambos “se han vulnerado criterios esenciales de representación de género y de la diversidad geográfica y cultural de nuestro país”. 

“En el año 2024 la conformación de una Corte integrada exclusivamente por hombres constituye una anomalía institucional que no puede ser convalidada”, cuestionaron, al tiempo que remarcaron que tanto Lijo como García Mansilla son de la Ciudad de Buenos Aires. 

Puntualmente sobre Lijo, criticaron su “falta de idoneidad técnica, como ética y de antecedentes para el cargo al cual ha sido postulado”, además de “falta de formación académica” ya que no tiene “maestrías o doctorados”. 

“En el ejercicio del cargo de juez federal ha sido un fiel representante del conglomerado judicial de Comodoro Py que ha hecho de la negociación política con el poder de turno un modo de acción que debe ser desterrado de la Justicia”, enfatizaron. 

Y consideraron que “esta postulación para juez de la CSJN implica la pretensión del Poder Ejecutivo de llevar ese acuerdo espurio a niveles superiores de la administración de Justicia, y como tal debe ser rechazado por nuestro partido”. 

“Destacamos negativamente las acciones cumplidas por el juez Lijo para asegurar impunidad del gobernador formoseño Gildo Insfrán, remitiendo las actuaciones vinculadas a la ‘causa OLD FUND’”, sumaron y recordaron que “también fue denunciado por enriquecimiento ilícito y fue desvinculado de la causa por un juez de Comodoro Py”. 

 

En medio de las críticas, el Ejecutivo oficializó el pliego del juez Ariel Lijo para la Corte Suprema

Lo hizo a través del Decreto 267/24 publicado ene l Boletín Oficial este lunes. Lo mismo hizo con la candidatura del académico Manuel García Mansilla. Lo deberá resolver el Senado.

En medio de la polémica que se generó por la postulación del juez federal Ariel Lijo para ocupar una vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación el Gobierno oficializó este lunes el pliego del mismo modo que lo hizo con la candidatura del académico Manuel García Mansilla. Ahora el tema deberá resolverse en el Senado donde el oficialismo deberá aunar consensos fuertes para lograr aprobarlo.

La publicación en el Boletín Oficial señala: “En el marco de lo establecido en el artículo 4º del Decreto Nº222/03 (modificado por Decreto N°267/24), se hace saber que, a efectos de cubrir la vacante de juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se ha propuesto al juez federal Ariel Lijo y al jurista Manuel García-Mansilla”.

En el caso de Lijo, el aviso oficial resalta su larga trayectoria y detalla que es un abogado recibido en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, y que desde 2004 es titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4 de la Capital Federal en donde se desempeña hasta la actualidad.

“Tiene competencia y especialidad para la investigación de delitos complejos como corrupción, narcocriminalidad, trata de personas, delitos económicos, ciberdelincuencia, delitos contra el orden constitucional, requerimientos internacionales de extradición y fraudes marcarios. Por otro lado, se especializó en la gestión de bienes incautados en el marco de procesos penales y en el acompañamiento a las víctimas y personas damnificadas de grupos vulnerables de delitos. Certificó normas ISO 9001/2008 de gestión de calidad en sus procesos de trabajo, en marzo de 2017”, describe el aviso.

Sobre García-Mansilla, menciona que egresó de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad del Salvador y realizó luego un posgrado en la Georgetown University de Washington. Desde 2019, el jurista es decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral.

En ambos casos, el anuncio oficial argumenta que la preselección de los candidatos “en un marco de prudencial respeto al buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus aptitudes morales, su idoneidad técnica y jurídica, su trayectoria y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función”.

Además, informa que “los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, podrán en el plazo de QUINCE (15) días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección".

Qué dijo García Mansilla en su paso por el Senado durante el debate del aborto legal en 2018

El candidato a la Corte Suprema propuesto por el Poder Ejecutivo participó de las jornadas de debate que se dieron durante la gestión de Cambiemos, y cuando la ley resultó rechazada en la Cámara alta.

El abogado especialista en derecho constitucional Manuel García Mansilla, anunciado este miércoles por el Gobierno nacional como candidato a la Corte Suprema de Justicia, en lugar de Juan Carlos Maqueda, quien cumplirá 75 años en diciembre, participó en 2018 -durante el gobierno de Cambiemos- en el debate por la legalización del aborto en el Senado.

El profesor y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral fue uno de los invitados en las jornadas que se desarrollaron ese año, cuando el proyecto tuvo media sanción de Diputados, pero luego fue rechazado en la Cámara alta. Finalmente, la norma resultó aprobada en diciembre de 2020, ya bajo la gestión del Frente de Todos.

En su intervención, García Mansilla planteó "tres objeciones jurídicas" en contra del aborto legal, algo de lo que está en contra el presidente Javier Milei y el espacio libertario.

El abogado defendió que "el derecho a la vida desde la concepción está expresamente reconocido en normas de máxima jerarquía en nuestro país. El aborto, en cambio, es un delito, que tiene algunas causales de no punibilidad previstas en el Código Penal".

En esa ocasión, criticó que el proyecto con media sanción "pretende garantizarlo hasta la semana 14 del embarazo, inclusive, sin restricciones y con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante, pero la Convención Interamericana de Derechos Humanos impide la legalización del aborto en la forma que el proyecto propone". Y agregó que "el proyecto de ley choca frontalmente con la Convención sobre los Derechos del Niño".

"Es evidente que el aborto no tiene consenso, gran parte de los ciudadanos a los que ustedes representan están en claro desacuerdo con este proyecto de ley. Y las discusiones básicas de una sociedad no se zanjan con argumentos de autoridad de funcionarios internacionales, sino con decisiones soberanas del pueblo en su máxima expresión, es decir, a través del ejercicio del poder constituyente", sostuvo García Mansilla en su exposición, que concluyó: "Señores senadores, no aprueben este proyecto de ley, no convaliden un atropello a nuestro sistema constitucional".

 

Repercusiones por los candidatos a la Corte: un anticipo de la CC sobre Lijo y reclamo por la ausencia de mujeres

Diputados que responden a Elisa Carrió afirmaron que impugnarán la postulación del juez federal, al asegurar que se trata de "el más grave daño a la República".

La postulación del Gobierno nacional del juez federal Ariel Lijo y el abogado Manuel García Mansilla para formar parte de la Corte Suprema de Justicia despertaron críticas en el arco político.

Desde la Coalición Cívica, espacio referenciado en Elisa Carrió, anticiparon que presentarán una impugnación al pliego de Lijo, al considerar que su candidatura constituye "el más grave daño a la República e independencia del Poder Judicial".

“No podemos soslayar que fue el juez Lijo quien garantizó la impunidad del saqueo de YPF y dejó a los argentinos teniendo que pagar una condena que compromete a varias generaciones”, subrayaron.

La Mesa Ejecutiva del partido, y diputados nacionales de la CC, recordaron que "a lo largo de muchos años, Lijo fue denunciado por Elisa Carrió y la Coalición Cívica ante el Consejo de la Magistratura y la Justicia penal por encubrimiento en el caso Siemens, también por su injustificada situación patrimonial, por sus vínculos y el tráfico de influencias, así como también por su vergonzosa actuación en la causa por el vaciamiento de YPF”.

“Esta designación demuestra un pacto de impunidad del Poder Ejecutivo con el kirchnerismo, que amparó a Lijo en el Consejo de la Magistratura durante todos estos años. Su estrecha relación con Ricardo Lorenzetti y el manejo de la oficina de escuchas, revela que no es este el camino del cambio para una sociedad ávida de justicia”, enfatizaron.

En la red social X, el diputado Juan Manuel López sostuvo que "Ariel Lijo es la casta millonaria con haras de caballos imposibles de pagarse con sueldos públicos. Es parte del freezer que administra el banco de la impunidad argentina desde Comodoro Py como denunció @elisacarrio. La causa YPF es la mejor prueba de eso. Vergüenza Milei".

"No puedo creer Pte. @JMilei que postule al Juez Lijo, casta total, NO académico, en la CSJN, que encima está denunciado por su mal desempeño causa YPF. Sería prioritario nombrar en vacantes a jueces y fiscales federales para avanzar en lucha contra el narcotráfico. Será Justicia!", escribió la legisladora Marcela Campagnoli.

En tanto, también desde la CC, Mónica Frade señaló que "si a la Corte Suprema va el juez Ariel Lijo, la propuesta del Ejecutivo, la Justicia se queda huérfana. Denunciado por la @ccari_ok por enriquecimiento ilícito, con un hermano pobre hasta que comenzó a obrar de su testaferro. Derrapa la Justicia una vez más".

Otro de los mensajes en contra de Lijo vino por parte del Pro, espacio aliado del oficialismo. El diputado Fernando Iglesias expresó: "En contra de la nominación del juez Lijo a la Corte Suprema. Necesitamos transparencia y compromiso con la justicia y las instituciones, y Lijo ha representado exactamente lo contrario durante años".

Quejas por la ausencia de mujeres en las candidaturas

El Poder Ejecutivo afirmó este miércoles que Ariel Lijo será propuesto para cubrir la vacante que dejó Elena Highton de Nolasco en noviembre de 2021. Desde ese momento, la Corte no sólo tiene cuatro de cinco miembros, sino que no hay mujeres. El decreto 222/2003 establece que en la conformación debe tenerse en cuenta la "diversidad de género". Sin embargo, en el comunicado de Oficina de Prensa del presidente indicaron que ese decreto se modificará. Se verá en qué aspectos.

Esto fue algo que no cayó para nada bien en varias legisladoras, que se expresaron al respecto. "El presidente eligió retroceder en materia de género e igualdad, en un país con grandes juezas y académicas que pueden aportar una mirada enriquecedora a la Corte Suprema de Justicia. Debe rever su decisión y garantizar la representación. Sin mujeres en la Corte no hay Justicia", manifestó la socialista Mónica Fein.

Por su parte, la diputada Margarita Stolbizer posteó: "Frente a la divulgación del comunicado de la Oficina de Presidencia sobre las nominaciones propuestas de hombres como jueces para ocupar puestos vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, expresamos nuestro firme rechazo a la falta de equidad de género en los roles de liderazgo más significativos de Argentina y demandamos que las vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación sean ocupadas por mujeres".

"Argentina cuenta con destacadas juezas, académicas y especialistas en derecho. El Poder Ejecutivo debe designar mujeres para estas posiciones. La Corte Suprema de Justicia de la Nación no puede garantizar la justicia si las mujeres no están representadas entre sus miembros. Una Corte sin mujeres es una Corte sin justicia", agregó.

La radical Carla Carrizo repasó que "de los 107 jueces que ocuparon la Corte Suprema de Justicia desde 1863, sólo 3 fueron mujeres (Margarita Argúas, Carmen Argibay y Elena Highton). Señor Presidente, en esto no volvamos al Siglo XIX. La discusión no es por Lijo o García Mansilla, Argentina no debe liderar ese retroceso democrático en la región. Tiene la oportunidad de enmendar lo que no hizo el gobierno anterior: Postule, como corresponde, una mujer a la Corte".

"Desde que las mujeres pudimos ir a la Facultad de Derecho entendimos y trabajamos para tener las mismas oportunidades que cualquier otro a integrar la Corte Suprema de Justicia. Queremos que se proponga una mujer entre las miles de excelentes juristas que tenemos en nuestro país", fue el mensaje de la radical Karina Banfi.

"Es una pena que pudiendo proponer a los nuevos integrantes para la CSJN se olvidaron de las mujeres. Tenemos juezas prestigiosas, comprometidas que podrían haber aportado una mirada distinta, enriquecedora a una institución tan importante como la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Nos perdemos una oportunidad", opinó la diputada de Unión por la Patria Carolina Gaillard.

Exministro de Justicia durante el gobierno anterior, el diputado Martín Soria publicó: "Milei anunció que modificará el Decreto 222/03 para poder completar la Corte Suprema más conservadora de la que se tenga memoria, excluyendo la participación de mujeres en el máximo tribunal del país. Esta decisión es un paso más para que la Justicia argentina siga degradándose".

 

 

El Gobierno postula a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla como jueces de la Corte Suprema

El Poder Ejecutivo confirmó a sus candidatos para cubrir uno de los cargos que se encuentra vacante y otro para reemplazar a un integrante que cumplirá 75 años en diciembre. Los pliegos deben ser avalados por dos tercios del Senado. 

El Gobierno nacional confirmó este miércoles los nombres de dos candidatos que propondrá para la Corte Suprema de Justicia. Los pliegos deberán ser enviados al Senado de la Nación, y allí, tras audiencia pública de los postulados en comisión, las designaciones deben aprobarse por el pleno por dos tercios de los votos de los presentes. Cabe recordar que, en la Cámara alta, La Libertad Avanza cuenta solamente con 7 senadores. Aún reuniendo a todos los bloques de la oposición, menos a Unión por la Patria, llegaría a 39, con lo cual el aporte de la bancada peronista/kirchnerista es indispensable. 

En la actualidad, el máximo tribunal está integrado por Horacio Rossatti (presidente), Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti

El quinto lugar vacante es el que quedó en noviembre de 2021 con la salida de Elena Highton de Nolasco. Para cubrirlo, el Poder Ejecutivo impulsará al juez federal Ariel Lijo. En tanto, este año Maqueda cumplirá los 75 años de edad y para su reemplazo el oficialismo postulará al académico Manuel García-Mansilla. El abogado participó en 2018 de los debates por la interrupción voluntaria del embarazo, dentro de los expositores en contra del aborto legal. 

Manuel García Mansilla

A través de un comunicado de la Oficina de Prensa del presidente, se informó: “El presidente Javier Milei, cumpliendo su mandato constitucional, y de acuerdo con la modificación del decreto 222/2003, que será publicada en las próximas horas, ha tomado la determinación de nominar al Dr. Manuel García-Mansilla para reemplazar al actual juez de la Corte Suprema de la Nación, Juan Carlos Maqueda, quien cumple 75 años el próximo 29 de diciembre y deberá en esa fecha dejar su cargo, como establece la ley”. 

El mencionado decreto de 2003 fue firmado por Néstor Kirchner y determina el procedimiento para el nombramiento de los magistrados de la Corte. Entre sus artículos, uno de ellos indica que la composición deberá reflejar “las diversidades de género, especialidad y procedencia regional”. Con estas candidaturas no se respetaría, por ejemplo, la representación femenina, algo que también está ausente hace más de dos años con la salida de Highton de Nolasco. 

En el comunicado, desde Casa Rosada expresaron su “gratitud por la distinguida labor del Dr. Maqueda” y resaltaron “su extensa trayectoria en los tres poderes del Estado Nacional y en la provincia de Córdoba. En particular, se le agradece y reconoce su valiosa participación como juez de la Corte Suprema de Justicia durante veinte años”. 

“A su vez, con la finalidad de ocupar la vacante dejada en la Corte por la Dra. Elena Highton de Nolasco tras su salida el 1 de noviembre del año 2021, el presidente de la Nación ha resuelto nominar al juez Ariel Lijo. Ambas nominaciones permitirán reestablecer el número de ministros de la Corte Suprema a cinco”, continúa el texto. 

Sobre Lijo, señala que “actualmente ejerce como juez federal de la Nación y se ha destacado en su prominente carrera judicial en el ámbito penal, mientras que el Dr. García-Mansilla es un prestigioso académico con una sólida formación en derecho constitucional y se desempeña como Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral”. 

“Los cambios que la Argentina necesita para volver a los principios de la Constitución de Alberdi que hicieron grande a nuestro país no serán permanentes a menos que contemos con una Justicia que defienda estricta y honrosamente los valores de la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos. Que Dios bendiga a los argentinos y que las fuerzas del cielo nos acompañen”, finaliza el comunicado. 

Más temprano, el vocero presidencial, Manuel Adorni, había sido consultado en conferencia de prensa a raíz de la información publicada por el periodista Joaquín Morales Solá en el diario La Nación, quien afirmó que Lijo sería el elegido para completar el puesto que está pendiente desde el 1ro. de noviembre de 2021.

“En las próximas horas se va a emitir un comunicado”, respondió Adorni y agregó: “Los nombres en tal caso estarán en el propio comunicado y estará a disposición de ustedes cuando esto ocurra. Repito: en las próximas horas estará publicado”. Finalmente, la confirmación llegó muy prontamente a través de la Oficina de Prensa presidencial. 

Lijo asumió en 2004 como titular del Juzgado Federal N°4 en lo Criminal y Correccional en Comodoro Py. Tuvo a su cargo la causa Ciccone, por la cual fue condenado el exvicepresidente Amado Boudou; fue el primer magistrado en atender la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman contra Cristina Kirchner; e intervino también en la causa por irregularidades en la causa del atentado a la AMIA, entre otros casos. Actualmente tiene a cargo la causa del hombre que atentó contra el presidente Javier Milei el día de su asunción, cuando le arrojó una botella. 

Ariel Lijo