Avanza la interpelación a Francos por no aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero se disipa la chance de remoción

La oposición se alzó con un dictamen de mayoría que prevé la citación del jefe de Gabinete, aunque no se sabe fecha. División en Encuentro Federal y Democracia para Siempre.

Foto: HCDN

El grueso de la oposición -los bloques Unión por la Patria y la mayoría de Encuentro Federal y Democracia para Siempre- se alzaron este martes con un dictamen de mayoría (29 firmas) en comisiones de la Cámara de Diputados para avanzar con la interpelación del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, por no aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad.

Además, en el plenario de Asuntos Constitucionales y Peticiones, Poderes y Reglamento -que fue emplazado la semana pasada- hubo un dictamen de rechazo del oficialismo y sus aliados del Pro (19 firmas), y otro de minoría (7 firmas) impulsado por un sector minoritario de DpS y EF, el cual solamente habla de interpelación y no menciona la moción de censura.

El texto del dictamen de mayoría prevé la citación de Francos “a los efectos de ser interpelado por la decisión de suspender la ejecución de la Ley 27.793 de emergencia en materia de discapacidad, dejándose establecido que la moción de censura será decidida por la Honorable Cámara en la misma sesión, una vez terminada la interpelación”.

Defensor de ese texto, el diputado Oscar Agost Carreño (EF) explicó que la idea es “primero, interpelar; que explique los motivos, las razones y las circunstancias por las cuales decidió no cumplir con una ley”. Y, en segundo término, “proceder al voto si se tiene confianza o no en el Congreso respecto de las respuestas que ha dado, y si las explicaciones brindaron la confianza necesaria”. “Esa es la censura, no es otra cosa. Si hubiéramos querido avanzar con la remoción, también el (artículo) 101 (de la Constitución) nos permitía presentar proyectos en ese sentido”, aclaró, alejando la chance de una eventual remoción.

La segunda parte del artículo 101 de la Constitución indica que el jefe de Gabinete “puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las Cámaras”.

Agost Carreño planteó que este proceder “no es por una cuestión personal”, sino que “la Constitución dice que es el administrador y quien tiene que reasignar partidas”, pero “firmó un decreto en el que dijo que no va a cumplir la ley, por lo tanto, nos toca reclamarle a él”. “Estamos buscando interpelarlo, que dé las explicaciones y después analizar la confianza a través de la votación o no de censura”, insistió.

El pasado 22 de septiembre, tras la caída del veto en el Congreso, el Gobierno promulgó la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero le pidió al Poder Legislativo que establezca su fuente de financiamiento y que, hasta tanto, estará suspendida su ejecución.

El legislador de EF recordó que “el Gobierno ha hecho lo suficiente para que no haya presupuesto” y “los montos de 2023 son absolutamente irrisorios”, con lo cual es “imposible de hacer” lo pedido por el Poder Ejecutivo. “Ellos no dicen tampoco de dónde salen los fondos cuando bajan las retenciones a la minería o cuando les suben los montos a los espías por DNU”, lanzó y agregó: “No podemos no hacer nada como Congreso cuando no se cumple una ley. La excusa es que no hay plata cuando vemos que hay plata para muchas cosas”.

Oscar Agost Carreño 

Autor del proyecto que originó la ley, el diputado Daniel Arroyo (UP) advirtió que “la situación de las personas con discapacidad y sus familias está colapsada”. “La persona que trabaja en un taller protegido sigue cobrando 28 mil pesos por mes sin ninguna actualización del nomenclador, trabaja 4 horas por día. El acompañante terapéutico sigue cobrando 3 mil pesos la hora a 180 días. El transportista sigue cobrando 541 pesos el kilómetro, cuando la nafta sólo en el último mes aumentó cinco veces”, enumeró.

“El Gobierno hizo algo inédito: la promulgó en su artículo 1, y en el artículo 2 decidió suspender su puesta en marcha por decir que no especificaba la ley de dónde se sacan los recursos. Estamos ante un hecho inconstitucional, absurdo y brutal contra las personas con discapacidad y sus familias. El Gobierno hace dos años que tiene presupuesto prorrogado, todo el tiempo saca partidas de un lado y compensa en el otro”, enfatizó.

Tras recordar el camino de la ley, votada en cuatro oportunidades por más de dos tercios de ambas cámaras, el legislador rechazó que, respecto al colectivo de personas con discapacidad, el Gobierno “dice permanentemente cosas que no son ciertas; se han dicho números absurdos sobre auditorías que no terminaron siendo ciertas; se decidió estigmatizar y lastimar a las personas con discapacidad y sus familias, con el único objetivo de recortar”. “Hay inconstitucionalidad, crueldad e ignorancia sobre lo que se está haciendo”, completó.

A su turno, Pablo Juliano (DpS) recordó que “en la misma ley le estamos diciendo lo que tiene que hacer, lo estamos facultando” al jefe de Gabinete, sin embargo, decidió “suspender” la ejecución de la ley, en lo que representa “un ejemplo cabal de la arbitrariedad” y una “legalidad selectiva” del Gobierno, en la que cual le “preocupan algunos artículos de la Ley de Administración Financiera”.

“No nos queremos subir a la carroza de la censura, no queremos darle de comer a un Gobierno tan sensible y tan débil. Y como no andamos con ganas de ser golpistas y de ser maltratados nuevamente por el Gobierno, lo que le estamos pidiendo, quizás le estamos pidiendo un milagro, es que agarre la ley, que mire el artículo 19 y que destine las partidas de un presupuesto autoprorrogado”, sostuvo el jefe de Democracia para Siempre.

Rodrigo de Loredo (UCR) consideró que “la figura de la censura aplicada en esta ocasión” le parece “un hecho desproporcionado, efectista, que desestabiliza y poco contribuye a que la marcha del Gobierno o la Argentina mejore en algún sentido”.

A su vez, el cordobés dijo que “lo que hizo el Gobierno con esta chicana promulgatoria es grave desde el punto de vista institucional” y “le va a traer aparejado consecuencias judiciales”. Sin embargo, “no estamos de acuerdo con la desproporcionalidad que sería expulsarlo” a Francos, insistió.

Finalmente, el presidente de la bancada de la UCR advirtió al oficialismo de que “no se les ocurra volver a aplicar esta idea con otras leyes, como la universitaria o la del Garrahan, porque no van a hacer más que deteriorar una fragilidad política que tiene el Gobierno”.

Aliada de LLA, la bullrichista Silvana Giudici (Pro) señaló que “el instituto de la moción de censura no solo en este caso es desproporcionado, sino que además no está reglamentado”, y mencionó distintos proyectos que se presentaron desde 2003 para reglamentarlo. Además, indicó esta figura “nunca había querido utilizarse por las mayorías anteriores”. “Cuando se aplica con desmesura, desproporcionadamente o para ejercer un control político, lo que está generando es un intento de desestabilización”, denunció.

En el cierre, la oficialista Nadia Márquez (LLA) afirmó que la moción de censura “es un mecanismo excepcional de control político” que se aplica “si el funcionario excede facultades constitucionales o si viola de forma manifiesta la ley”. “No hubo una decisión personal del ministro de suspenderla, acá hay un incumplimiento de la propia ley que no establece cuál es la forma de financiamiento”, defendió.

En esta línea, la neuquina dijo que “no se suspende la ley, es la propia Ley 24.629 la que la suspende, y al jefe de Gabinete lo que le corresponde es cumplir con la ley”. “La moción de censura no es si me das confianza o no me das confianza, es si está actuando conforme a derecho”, respondió al argumento de Agost Carreño.

Remoción del jefe de Gabinete: lo que dice la Constitución y lo que no puede ignorarse

El constitucionalista Félix Lonigro advierte que la Moción de Censura prevista en el artículo 101 de la Constitución no puede permitir que un jefe de Gabinete removido sea inmediatamente repuesto en el cargo. Sostiene que, por analogía con el juicio político, debe aplicarse también la inhabilitación para ejercer funciones públicas.

Por Félix Lonigro

Hay tres formas de remover a un jefe de Gabinete. Una está a cargo del Presidente (decreto de remoción); y las otras dos están a cargo del Congreso: 1) Juicio Político (Arts. 53, 59 y 60 Constitución Nacional); 2) Moción de Censura (Art. 101 Constitución Nacional). Jamás el Congreso destituyó a un jefe de Gabinete.

Ahora se está intentando hacerlo a través de la Moción de Censura, y se dice que, si así fuera, el presidente podría volver a elegirlo.

UN DELIRIO. Veamos. Si la destitución fuera por juicio político, el Senado podría destituirlo e inhabilitarlo para ocupar cargos públicos. En este caso se evitaría que pueda ser nuevamente designado.

Es cierto que el Art. 101, para la moción de censura, no prevé la inhabilitación, pero debe ser aplicada, esa posibilidad, por analogía con el juicio político. NO PUEDE SER DE OTRA MANERA, porque no tendría absolutamente ningún sentido que el Congreso pudiera remover por Moción de Censura y que al día siguiente el removido sea repuesto en el cargo por el primer mandatario.

Diputados y senadores de UP presentaron sendos proyectos de moción de censura hacia Francos

En cada una de las cámaras, el principal bloque opositor presentó un proyecto de resolución por la decisión del Ejecutivo de "suspender" la ejecución de la Ley de Emergencia en Discapacidad.

Bloque UP en Diputados

Con proyectos de resolución presentados en cada cámara, los bloques de diputados y senadores nacionales de Unión por la Patria se sumaron al pedido de moción de censura hacia el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, por la promulgación de la Ley de Emergencia en Discapacidad, que el Ejecutivo realizó con el pedido al Congreso de indicar de dónde saldrán los fondos para aplicarla.

La moción de censura se presenta "por la decisión de 'suspender' la ejecución de la Ley N° 27.793 de emergencia nacional en materia de discapacidad, incumpliendo sus deberes de funcionario público, avasallando las facultades del Congreso y atentando contra la división de poderes que se encuentra en la base de nuestro sistema constitucional", indican las iniciativas.

Además, uno de los artículos reza: "Dejar establecido que la moción de censura y/o, en su defecto, la remoción del Jefe de Gabinete de Ministros sea resuelta por el pleno de esta Honorable Cámara en la misma sesión en que se lleve a cabo su interpelación".

En los argumentos -que ambos textos comparten- los legisladores de la oposición señalaron que el decreto 681/25 de promulgación "no sólo vulnera los derechos de las personas con discapacidad sino que viola el procedimiento de sanción de las leyes establecido por la Constitución".

Tras un repaso de todo el trámite parlamentario que tuvo la norma, apuntaron que "la facultad del Poder Ejecutivo de vetar la ley ya fue utilizada. Lo invocado en esta oportunidad, respecto del artículo 5° de la Ley 24.629 sólo se aplica cuando existe una ley de presupuesto vigente lo cual no ocurre en el presente".

"El jefe de Gabinete, como responsable de la administración general, incurre en omisión grave al suspender por decreto una ley vigente", afirmaron y aseveraron que "ante la irresponsabilidad flagrante del Poder Ejecutivo y su afán de vulneración de la institucionalidad democrática, el Poder Legislativo no puede permanecer impasible y debe impulsar las acciones previstas bajo el imperio de la Constitución Nacional".

La moción de censura se encuentra establecida en la segunda parte del artículo 101 de la Constitución Nacional e indica que el jefe de Gabinete "puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las Cámaras".

Este lunes, luego de la promulgación de la ley, pero con su ejecución en "suspenso", la oposición salió a cuestionar tal decisión y afirmó que el decreto 681 es nulo de nulidad absoluta e insanable.

Tras la presentación de una moción de censura por parte de diputados de Encuentro Federal, Francos se refirió al tema este martes temprano, antes que se sumaran los proyectos de UP. "Estoy dispuesto a ir al Congreso de la Nación, si me convocan para una interpelación, iré", dijo y defendió lo hecho por el Ejecutivo.

"Si me convocan a una interpelación, iré", afirmó Francos, tras el proyecto de moción de censura

El jefe de Gabinete defendió la postura del Gobierno respecto de la promulgación, pero no ejecución, de la Ley de Emergencia en Discapacidad.

El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, se refirió este martes a las críticas de la oposición por la decisión del Gobierno de promulgar la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero mantener en suspenso su ejecución, al pedirle al Congreso que determine la fuente de financiamiento.

Luego que un grupo de diputados presentaran un proyecto de moción de censura, el ministro coordinador afirmó: "Estoy dispuesto a ir al Congreso de la Nación, si me convocan para una interpelación, iré".

Igualmente aclaró que "todavía estos proyectos tienen que ser tratados en las comisiones, ir al pleno de la cámara y tienen que ser aprobados por las mayorías que manda la ley. Y después, obviamente, pueden hasta si quieren censurarme, destituirme o hacer una moción de censura sin destituirme”.

“No sé si alguno fue censurado. Yo creo que no hay antecedentes de eso. Entonces, me tocará debutar en este tema y lo haremos”, agregó respecto de sus antecesores y el mecanismo previsto en la Constitución Nacional.

En declaraciones a radio Mitre, Francos observó que "esto es una discusión entre el Congreso de la Nación y el Poder Ejecutivo, vinculado a qué se interpreta como disponibilidad de fondos para la aplicación de una ley".

"Tenemos absolutamente en claro que hemos cumplido la ley como manda, aunque no estamos de acuerdo con la ley", dijo sobre la promulgación que efectuó el Poder Ejecutivo.

Respecto de una denuncia de los legisladores socialistas Esteban Paulón y Mónica Fein -que este lunes fue ampliada-, el jefe de Gabinete expresó: "Me habían hecho una denuncia penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público. Yo creo que por error, porque entendieron que no estábamos promulgando la Ley de Discapacidad, que efectivamente sí la promulgamos".

"Promulgamos la ley en su artículo primero y en el artículo segundo decimos, 'se la devolvemos al Congreso para que nos indiquen de dónde salen los fondos'", insistió y se defendió: "El jefe de Gabinete no puede generar recursos que no están en el presupuesto, puede reasignar partidas a lo sumo".

En ese sentido, Francos añadió que "no basta con que digan que reasigne partidas, tienen que decir cuál es la fuente para financiarla. Eso fue lo que no hizo el Congreso, por eso esto es una cuestión de interpretación. No se me pueden adjudicar responsabilidades que no tengo".

Presentaron una moción de censura contra Francos por la Ley de Emergencia en Discapacidad

Fue a través de un proyecto de resolución encabezado por Oscar Agost Carreño y avalado por Encuentro Federal. Los causales mencionados en la iniciativa. La moción de censura tiene como efecto inmediato, en caso de avanzar, la remoción del jefe de Gabinete.

Un grupo de diputados nacionales de Encuentro Federal presentó un proyecto de resolución para interpelar al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, a los efectos de iniciar una moción de censura por la promulgación sin aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad publicada en el Decreto 685/2025.

El texto fue encabezado por Oscar Agost Carreño y avalado con las firmas de Miguel Ángel Pichetto, Emilio Monzó, Nicolás Massot, Esteban Paulón, Margarita Stolbizer y Mónica Fein. Se espera que otros bloques de la oposición también presenten en mesa de entradas de la Cámara baja iniciativas con el mismo espíritu.

Así las cosas, los integrantes de la banda multisectorial mencionaron como causales de la moción de censura al incumplimiento de la Ley 27.793, la violación de la división de poderes del Estado, el incumplimiento en la asignación de partidas, el incumplimiento de la Ley 24.156 y otras cuestiones que surjan hasta el momento de la comparecencia.

En el sistema constitucional argentino, la moción de censura, incorporada en la reforma de 1994, consiste en dos etapas: la iniciativa y la de ejecución. Respecto a la primera parte, se trata de la aprobación de la interpelación; y la segunda parte establece que tras la aprobación de ese proyecto -requiere mayoría absoluta en el recinto- de resolución el efecto inmediato es la remoción del funcionario.

Así las cosas, la moción de censura es el procedimiento por el que el Poder Legislativo le exige responsabilidad política al Ejecutivo de la Nación. En el caso del sistema argentino, la moción de censura no implica responsabilidad política, sino solo sustitución.

"La Promulgación de la ley aludida, pero sin cumplir, sienta un peligroso antecedente puesto que mediante una interpretación ilegal e inconstitucional, condiciona a un poder del Estado en su labor, a una tarea que compete al Poder Ejecutivo, que dicho sea de paso, gobierna sin presupuesto hace dos años", señaló el diputado cordobés en los fundamentos de la iniciativa.

Sobre la situación económica y la falta de partidas presupuestarias en el área de Discapacidad, Agost Carreño enfatizó: "La pregunta madura por sí sola, ante un contexto de emisión cero, equilibrio e incluso superávit fiscal, ¿Por qué está tan urgido de divisas?".

Luego, deslizó: "No corresponde hacer dicho análisis aquí puesto que excede el objeto de los presentes fundamentos, pero es una clara muestra que algunas cuestiones, en el plan económico, no están funcionando".

Temprano, Esteban Paulón, cofirmante de la iniciativa, se había hecho presente en Comodoro Py para ampliar su denuncia contra Javier Milei por incumplimiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad. “El decreto 681/25 es nulo de nulidad absoluta. Esto es inédito. Nunca un gobierno incumplió una ley tan abiertamente", acusó el santafesino.

Luego, agregó que "el presidente tiene todas las herramientas para implementar la Emergencia porque se ha estipulado una ampliación y reasignación de partidas presupuestarias", y le contestó al Poder Ejecutivo que “esta maniobra siniestra contra los más vulnerables es un modus operandi del Gobierno nacional".

Mocion censura corregido

 

Negri planteó una moción de censura a Manzur por faltar durante un año a Diputados

El jefe de la bancada radical cuestionó la demora del jefe de Gabinete, quien volvió a postergar su informe en la Cámara baja, donde hasta ahora nunca asistió desde que asumió.

El presidente del bloque UCR en Diputados, Mario Negri, presentó un proyecto de resolución en el que plantea una moción de censura contra el jefe de Gabinete, Juan Manzur, por violar el artículo 101 de la Constitución, que establece la obligación de rendir cuentas mensualmente -de manera alternada- en ambas cámaras legislativas.

El radical recordó que el funcionario asumió el 20 de septiembre de 2021 y desde entonces no asistió nunca a la Cámara baja. Sumado a ese retraso, este lunes volvió a postergar su comparecencia prevista para el 31 de agosto hasta el 14 de septiembre.

"Manzur asumió en septiembre de 2021, es decir que lleva casi un año en el cargo. Han cambiado los ministros de muchas áreas, pero no la Jefatura de Gabinete. Es poco razonable que no pueda responder las casi 4.000 preguntas que se le formularon. Si el número es tan alto es justamente por la demora exorbitante en cumplir con el artículo 101 de la Constitución Nacional", enfatizó el cordobés en referencia a los argumentos que dio el tucumano sobre el cambio de la fecha para asistir a brindar el informe.

En el proyecto de resolución, Negri subrayó que desde que asumió, Manzur "compareció solo una vez ante el Senado y nunca en la Cámara de Diputados. Da la impresión que el jefe de Gabinete de ministros no comprende cabalmente que en tanto funcionario público se encuentra sometido a la Constitución. Concurrir a rendir el informe del artículo 101 no es una opción, sino su obligación".

"No debe perderse de vista que más allá de que el jefe de Gabinete es nombrado por el presidente de la Nación, el artículo 101 de la Constitución Nacional lo expuso a responsabilidad ante el Congreso al someterlo a la moción de censura para su eventual remoción. Con sus inasistencias recurrentes e injustificadas, el jefe de Gabinete se ha sustraído y ha frustrado el contralor de la marcha del gobierno que la Constitución le asignó al Congreso, característica además fundante de nuestra forma republicana de gobierno", completó el diputado.

El artículo 101 de la Constitución establece que el jefe de Gabinete "debe concurrir al Congreso al menos una vez por mes, alternativamente a cada una de sus cámaras, para informar de la marcha del Gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71".

Asimismo, el artículo contempla que "puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las Cámaras". Es decir, si la oposición en la Cámara de Diputados juntara 129 legisladores, pueden aprobar la moción para interpelarlo.

Días atrás, también desde Juntos por el Cambio, los diputados del Pro Gerardo Milman y Cristian Ritondo presentaron una moción de censura bajo el mismo reclamo.

Milman, sobre la moción de censura contra Manzur: "Tenemos que hacer cosas que llamen la atención del Gobierno"

El diputado macrista aseguró que ese mecanismo constitucional puede resultar "efectivo", ya que se requiere de 129 legisladores para votar por la interpelación del jefe de Gabinete.

gerardo milman

El diputado nacional Gerardo Milman (Pro) se refirió a la presentación de una moción de censura contra el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y sostuvo que "tenemos que hacer cosas, sin caer fuera del marco normativo, que hagan llamar la atención del Gobierno".

"Manzur es simbólicamente quien representa al Gobierno frente a la Cámara de Diputados", señaló en declaraciones a Radio Rivadavia, y recordó que esta herramienta constitucional "no tiene antecedentes de haber sido usada".

El legislador explicó la diferencia con el juicio político, para cual se "necesitan dos tercios de la cámara, una situación que por la propia composición hoy se vuelve abstracta". Mientras que la moción de censura, para interpelar al funcionario, abre "la posibilidad de un mecanismo que resulte efectivo".

"Tenemos que hacer cosas, sin caer fuera del marco normativo, que hagan llamar la atención del Gobierno, que hagan que cambie, que tome otras decisiones y que, sin son incapaces de tomar otras decisiones en el sentido de que la gente deje de sufrir, bueno, lo admitan, y ellos mismos tomen los recursos que la Constitución Nacional les otorga", expresó.

Milman resaltó que para votar esta moción "se necesitan 129 diputados", un número que Juntos por el Cambio junto a otros bloques de la oposición han conseguido en distintas oportunidades. "Es un número mucho más posible que los dos tercios que establece el juicio político", insistió.

Sin embargo, sobre el juicio político que el liberal José Luis Espert anticipó que presentará contra el presidente Alberto Fernández, el diputado del Pro consideró que "deberíamos incluir a la vicepresidenta" porque "no es solo la incapacidad de gobernar del presidente, sino la hostilidad, los palos en la rueda y solo sostener sus problemas personales con la Justicia por encima del bien común", en alusión a Cristina Kirchner.

Cabe recordar que desde que asumió, el 20 de septiembre de 2021, Manzur todavía no asistió a la Cámara de Diputados a brindar un informe de gestión. Sí lo hizo el pasado 2 de junio al Senado. Sin embargo, el viernes pasado, el jefe de Gabinete envió una nota a Sergio Massa en la que confirmó su disposición para asistir durante el mes de agosto.

Senadores opositores presentaron una moción de censura contra Cafiero

Lo intiman a concurrir a la Cámara alta para ser interpelado, luego de que durante su última presentación en ese Cuerpo la emprendiera contra el senador Pablo Blanco.

El senador nacional de Juntos por el Cambio Pablo Daniel Blanco presentó una moción de censura para intimar al señor jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, para que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101 de la Constitución Nacional, concurra al pleno de esta Cámara a fin de ser interpelado “en atención a los graves actos de violencia verbal cometidos durante la sesión informativa del 3 de junio pasado”.

El proyecto fue acompañado por los senadores Luis Naidenoff, Laura Rodríguez Machado, Pedro Braillard Poccard, Alfredo De Angeli, Humberto Schiavoni, Esteban Bullrich, María Belén Tapia, Pamela Verasay, Claudio Poggi, Víctor Zimmermann, Roberto Basualdo, Oscar Castillo, Eduardo Costa, María Clara del Valle Vega y Julio Martínez.

La moción de censura fue introducida en nuestra Constitución Nacional a través de la reforma de 1994 como mecanismo especial y operativo de control de gestión del Congreso respecto del Poder Ejecutivo.

“Este mecanismo, previsto en el artículo 101 de la Constitución, establece que el jefe de Gabinete puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta, la mitad más uno del total de legisladores, de cada una de las Cámaras”, explicó Blanco.

“Tomando en cuenta que el presidente Alberto Fernández dio por inaugurados el 138° y 139° período de sesiones ordinarias, el señor Jefe de Gabinete debería haberse presentado 13 veces a rendir su informe por ante el Congreso y solo lo hizo en 4 oportunidades: 1 en la Cámara de Diputados y 3 en este Senado a pesar de que en el artículo 101 de la Constitución Nacional queda establecido que “el jefe de gabinete de ministros debe concurrir al Congreso al menos una vez por mes, alternativamente a cada una de sus Cámaras, para informar de la marcha del gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 71”, expresa la presentación.

“Esto significa una flagrante evasión de sus obligaciones y de su mandato constitucional -estima el senador Blanco-. Este hecho, que constituye una verdadera violación al precepto constitucional, intentó ser minimizada por la Jefatura de Gabinete de Ministros con el relato épico que se trató del informe donde se respondieron más preguntas en la historia”.

“El informe escrito remitido por el Jefe de Gabinete estuvo plagado de respuestas pobres, incompletas e inconexas en atención a los interrogantes hechos lo que implica una profunda falta de respeto a la institución”, afirman los senadores opositores.

“Además, su comportamiento en la sesión fue violento, chicanero, irresponsable, fuera de todas las reglas del debido respeto y decoro”, afirmó Blanco.

Agrega el senador fueguino: “En lo personal me enrostró la vacuna que legalmente me aplique ‘la vacuna que posiblemente tenga el senador Blanco, también las compró este gobierno nacional’, afirmó Cafiero. Me trató de mandadero de un medio nacional: ‘Parece ligero para hacerle los mandados a Clarín’, dijo. Y me insultó violenta y directamente al decir: ‘En síntesis: el senador, más que preguntarse, se habló encima’”.

 El senador Blanco advirtió que “la vacuna que me inocularon en mi provincia de ningún modo fue un regalo del Señor Presidente de la Nación tal como hizo alusión el señor Cafiero. Y tampoco fue fruto de una avivada a la que son tan afectos infinidad de funcionarios que forman parte del elenco oficial al recurrir a vacunatorios VIP salteándose impúdicamente la fila”.

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