Senado sanciona el paquete de reformas tributarias

Sancionaron las moratorias impositiva y el régimen simplificado de ingresos brutos que solicitó el Ejecutivo como parte de su Programa de Recuperación Productiva.

El Senado de la provincia de Buenos Aires que preside Verónica Magario sancionó las moratorias impositiva y el régimen simplificado de ingresos brutos que solicitó el Ejecutivo como parte de su Programa de Recuperación Productiva.

Uno de los proyectos de ley apunta a la creación de un régimen simplificado de Ingresos Brutos para monotributistas bonaerenses, que permitirá reducir la informalidad a partir de la inclusión tributaria y financiera”.

“El otro prevé dos moratorias que posibilitarán, tanto a contribuyentes afectados por la pandemia como a empresas que actúan como agentes de recaudación, regularizar deudas impositivas con quitas que pueden llegar al 100% de las multas e intereses”.

Los proyectos de ley configuran un conjunto de beneficios fiscales para casi 4 millones de contribuyentes. Son medidas extraordinarias, en un contexto de crisis potenciado por la pandemia, que buscan sentar las bases para retomar el crecimiento, generar empleo y mejorar los ingresos de las y los bonaerenses, según se informó desde el oficialismo.

Este paquete tributario forma parte del Programa de Recuperación Productiva impulsado por el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, que incluye a la par de los beneficios fiscales, líneas crediticias y otras medidas tendientes a fomentar la producción, reactivar la economía y generar nuevas fuentes de trabajo.

Respecto de la simplificación de Ingresos Brutos, que beneficiará a cerca de 1 millón de monotributistas bonaerenses, el proyecto prevé agilizar el cumplimiento tributario, reduciendo trámites y restando carga administrativa a las y los contribuyentes.

Cuando el nuevo sistema esté vigente, las personas alcanzadas solo deberán pagar una cuota fija mensual, según su categoría de monotributo. Es decir que al abonar la obligación también estarán pagando, en ese mismo acto, la cuota correspondiente de Ingresos Brutos.

En consonancia con esa simplificación, las y los contribuyentes ya no tendrán que realizar declaraciones juradas mensuales y ARBA los excluirá de los regímenes de recaudación, por lo que ya no se les aplicarán retenciones de ningún tipo.

“El nuevo régimen simplificado de Ingresos Brutos es central para la Provincia y va en línea con nuestro objetivo de lograr reducir la evasión con progresividad, para consolidar una estructura tributaria más justa”, se sostuvo al ser presentado el proyecto.

En cuanto a las moratorias, la primera apunta a contribuyentes afectados por la pandemia y comprenderá deudas prejudiciales de impuestos patrimoniales vencidas durante 2020. Es decir que abarcará al Inmobiliario, Automotores y Embarcaciones Deportivas.

Con este programa, más de 3 millones de contribuyentes podrán ponerse al día con ARBA. La financiación incluirá como principal beneficio la condonación de multas, intereses y recargos, que estará segmentada en función de la capacidad de pago.

De esta forma, recibirán mayores beneficios quienes fueron más afectados (micro y pequeñas empresas, cooperativas, personas de bajo patrimonio y quienes realizan actividades en rubros particularmente perjudicados por la pandemia).

La segunda moratoria se enfocará en los agentes de recaudación. Abarcará deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas con relación a Ingresos Brutos y Sellos, así como también aquellas efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, vencidas o devengadas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial.

Estos planes incluirán la condonación de multas, intereses y recargos, que estará segmentada según el tamaño del contribuyente, de manera que los mayores beneficios se destinarán a las micro, pequeñas y medianas empresas.

Las dos moratorias se complementarán con la posibilidad de rehabilitar regímenes de regularización caducos. Esta situación comprenderá a contribuyentes con planes caídos provenientes de los Impuestos Inmobiliario –en sus componentes básico y complementario-, Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos que dejaron de abonarse durante la pandemia, en el año 2020.

También se podrán regularizar los regímenes de deudas de los agentes de recaudación provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas con relación a los impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. Estas rehabilitaciones serán posibles cuando la caducidad de los planes hubiese operado durante el año 2020.

El Poder Ejecutivo oficializó la ley de moratoria ampliada

La norma fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El régimen permite regularizar deudas vencidas al 31 de julio y se podrá adherir hasta el 31 de octubre.

El Poder Ejecutivo promulgó este miércoles la Ley 27.562 de moratoria ampliada, la cual establece un régimen de regularización de deudas impositivas, aduaneras y previsionales, que alcanza una deuda total de 534.000 millones de pesos con la AFIP.

La norma, sancionada el pasado 14 de agosto en el Senado, contempla planes de pago de hasta 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a la seguridad social; y hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, con una tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021.

De acuerdo a la ley, se permitirá incluir deudas vencidas al 31 de julio de 2020, pudiendo adherir a la moratoria hasta el 31 de octubre y pagando la primera cuota el 16 de noviembre. Además, se otorgará un “premio” a contribuyentes cumplidores, basado en beneficios fiscales.

En ese último punto, por ejemplo, para el monotributo se estructuró una exención del componente impositivo para las categorías A y B de seis cuotas mensuales y consecutivas; C y D; cinco; E y F; cuatro; G y H; tres; e I, J y K, dos cuotas mensuales y consecutivas, respectivamente. El límite del beneficio no podrá superar un importe total de 17.500 pesos. A su vez, en el caso de las personas humanas, aumentará un 50% la deducción especial en Ganancias.

En la norma también se estableció que las empresas grandes no podrán hacer distribución de dividendos ni realizar operaciones con títulos durante dos años.

En tanto, el artículo 11, el más rechazado por la oposición, permite la incorporación de las empresas en proceso de quiebra sin continuidad de actividades, cuestión que desde Juntos por el Cambio denunciaron como un “traje a medida” para Cristóbal López, uno de los dueños de la petrolera OIL Combustibles, con una deuda millonaria.

Ocaña pidió que el Congreso “no dicte una ley a medida de Cristóbal López”

La diputada cuestionó que el titular de Presupuesto y Hacienda no haya respondido las preguntas de Luciano Laspina sobre Oil Combustibles.

La diputada nacional de Confianza Pública Graciela Ocaña cuestionó las repuestas del presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, a la nota enviada por su par Luciano Laspina, para que informara sobre la situación de la empresa Oil Combustibles ante el proyecto de moratoria, y aseguró que “es una vergüenza que no haya respondido ninguno de los puntos que se le consultaron de manera debida y solo haya versado en evasivas y sofismas para ocultar información”.

Asimismo, advirtió que “se incluye por primera vez a personas con quiebras decretadas dentro de la posibilidad de ingresar a una moratoria. Es la primera vez que el Congreso lo realiza y evidentemente es un artículo puesto a la medida de Cristóbal López”.

“Bajo la premisa de la búsqueda de consensos y el debate parlamentario, el Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda ignoró las consultas realizadas con el objetivo de conocer las respuestas de la AFIP sobre Oil Combustibles acerca del pedido de avenimiento efectuado por la empresa de Cristóbal López y las razones para incorporar firmas quebradas sin continuidad de actividades entre los beneficiarios de la moratoria”, señaló Ocaña.

En ese sentido, subrayó que “rechazamos que sea una crítica política ni mediática como señalaron, es un pedido de información porque queremos leyes transparentes, que les digan la verdad a los argentinos y dejen de esconderse en excusas para cubrir corruptos”.

Al respecto, Ocaña, presentó un pedido de informes al Poder Ejecutivo para que brinde detalles sobre la situación de Oil Combustibles ante la AFIP y aseguró que “el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo habilitaría a la firma de López lograr el avenimiento, obligando a renunciar al organismo a cobrar sus acreencias de manera inminente y postergando innecesariamente su cobro a través de un plan de cuotas a diez años. No corresponde que el Congreso dicte una ley a medida de Cristóbal”.

A través de un proyecto de resolución acompañado por los diputados Luciano Laspina, Facundo Suárez Lastra, Paula Oliveto, Pablo Torello y Carmen Polledo, la legisladora nacional del interbloque Juntos por el Cambio dijo que “si bien este proyecto se presentó como una medida positiva, llamativamente se incluyeron ciertas facilidades que estaban excluidas de la moratoria anterior, permitiendo que empresarios endeudados con la AFIP que tienen causas judiciales en trámite, obtengan beneficios fiscales y penales”.

Además, sostuvo que “desde Juntos por el Cambio tenemos proyectos que van en el mismo sentido, nos parece imprescindible porque hay que palear las consecuencias económicas de la cuarentena y todavía no hemos visto todo el resultado de lo que va a sufrir la economía en nuestro país” y añadió que en toda moratoria siempre hay un perjudicado que es aquel que cumplió en tiempo y forma por eso proponemos que haya un premio para el contribuyente cumplidor”.

El escrito presentado advierte también que “resulta preocupante que se premie a aquellos que se apropiaron de fondos que pertenecen al Estado, otorgándoles facilidades de pago y, además, suspensión de las acciones penales” y agrega que “este proyecto permite la suspensión de la acción penal tributaria respecto de quienes estén imputados por delitos en materia tributaria, cuando se acojan al plan de facilidades”.

Blanco propone reducir temporalmente la tasa resarcitoria de obligaciones tributarias

El legislador nacional de JxC denunció además que “algunos artículos de la nueva moratoria que envió el Gobierno al Congreso fueron diseñados para beneficiar a los amigos del poder K”.

El senador nacional de Juntos por el Cambio Pablo Blanco presentó un proyecto de ley para reducir la tasa de intereses resarcitorios que cobra la AFIP por obligaciones tributarias vencidas, que tiene como propósito atenuar la situación económico-financiera de los contribuyentes en general, derivada del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y demás políticas públicas que, con fines sanitarios, han sido implementadas por el Poder Ejecutivo como consecuencia de la pandemia Covid 19. 

El proyecto fue acompañado por los senadores Víctor Zimmermann; Claudio Poggi; Stella Maris Olalla; Mario Fiad; Silvia Elías de Pérez; Silvia del Rosario Giacoppo ; Pamela Verasay y Eduardo Costa. 

Al respecto, el legislador señaló que “los contribuyentes de nuestro fisco nacional están atravesando, casi sin excepción, una situación que, en el mejor de los casos, consume los ahorros previos para paliar la falta de trabajo y actividad. El corriente ejercicio fiscal arrojará sin dudas resultados muy magros y quebrantos en la mayoría de ellos”. 

“Poniéndonos en el lugar de todos aquellos que hacen posible con sus recursos y su trabajo el sostenimiento del Estado, del cual somos sus mandatarios, tenemos el deber de alivianar su carga en esta situación tan agobiante y delicada”, agregó el diputado bonaerense. 

En este sentido, manifestó que, ante esta situación, “proponemos una limitación estrictamente temporaria al procedimiento de fijación de tasas vigente hoy, que se extienda solamente durante el corriente Ejercicio Fiscal 2020, el que está absolutamente marcado por la coyuntura del ASPO. Para este período, proponemos que la tasa de los intereses resarcitorios sea la mínima tasa de interés que paga hoy el Banco Nación por sus depósitos a plazo y no más, entendiendo que la postergación de pago de las obligaciones tributarias es en este caso una necesidad imperiosa”. 

Por otro lado, Blanco sostuvo que el nuevo proyecto de moratoria que envió el Gobierno al Congreso “es una medida pensada para beneficiar a los amigos del poder de Cristina Kirchner”. 

“El Gobierno incluyó en la moratoria un artículo que da toda la impresión que fue hecho especialmente para que zafen de sus deudas los empresarios K procesados por defraudación al estado. Yo lo llamo el ‘artículo Cristóbal López’ que permitirá entrar en un plan de regularización de deuda a 8 años todo lo que se apropió al no pagar el impuesto a los combustibles en su empresa, donde OIL Combustibles era solo un mero agente de percepción y se quedó con el dinero del fisco. No es dinero que OIL ganó y por el que no pagó sus impuestos. Es dinero que OIL recaudó para el fisco pero nunca le transfirió. Y fueron casi 1.000 millones de dólares de entonces que se van a financiar totalmente devaluados. Sumado a esto, se agrega a la moratoria la evasión escandalosa en el negocio del juego. Y si me contestan que otros empresarios bajo proceso también resultan beneficiados, respondo que es una injusticia igual”, sentenció Blanco 

Proponen beneficio para los contribuyentes que hayan complido con sus obligaciones tributarias

El legislador nacional radical Hugo Romero presentó un proyecto que busca generar un beneficio fiscal a todos los contribuyentes cumplidores de las obligaciones tributarias.

El diputado nacional por la UCR Hugo Romero presentó un proyecto que tiene por objeto generar un beneficio fiscal a todos los contribuyentes cumplidores de las obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras que no posean deudas al 30 de noviembre de 2019 (fecha establecida en la ley 27.541) o al 30 de junio del 2020 (en caso de aprobarse el proyecto de ley de ampliación de moratoria) y que haya efectivamente pagado intereses o multas por obligaciones fuera de término

“Proponemos que el monto total abonado en intereses o multas por los contribuyentes cumplidores se transforme en un crédito fiscal para ser utilizado en obligaciones futuras”, explicó el legislador cordobés.  

En este sentido, agregó que lo que se busca es “poner en igualdad de condiciones a aquellos que acceden a los beneficios de exenciones y/o condonaciones previstas en la moratoria, con los contribuyentes que hicieron el esfuerzo, pagando multas e intereses para ponerse al día con las obligaciones tributarias, incluidas desde el 1 de enero de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2019”. 

“En estos tiempos difíciles, existen millones de contribuyentes que han realizado un gran esfuerzo para cancelar sus obligaciones a término y muchos de ellos lo hicieron pagando intereses y multas por no haber podido cumplir en los plazos establecidos”, dijo el diputado. 

“Necesitamos, desde el Estado, brindar distintos mecanismos para acompañar a todos los sectores de la economía. Así como apoyamos la extensión de moratorias y distintas medidas para aquellos que por la crisis no logran cancelar sus obligaciones, también debemos beneficiar a quienes, a pesar de estas circunstancias, tuvieron la decisión de cumplir con el fisco”, concluyó Romero. 

El Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de moratoria universal

La iniciativa incluye a personas humanas y empresas, y permite regularizar deudas contraídas hasta el 30 de junio. Funcionarios terminaron de definir este lunes la letra chica.

Ingresó a la Cámara de Diputados pasadas las 16 el proyecto de ley de moratoria universal elaborado por el Poder Ejecutivo, una medida destinada a todas las personas humanas y empresas afectadas por la pandemia del Covid-19.

La iniciativa amplía el alcance de la moratoria creada en la Ley de Solidaridad Social, incluyendo a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados, y tiene como fin aliviar la carga de las deudas acumuladas hasta el 30 de junio.

El anuncio había sido realizado al cabo de una reunión de la que participaron Santiago Cafiero y los ministros Martín Guzmán (Economía), Claudio Moroni (Trabajo) y Matías Kulfas (Desarrollo Productivo), además de los titulares del Banco Central, Miguel Pesce, y de AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Allí se anticiparon los puntos centrales del proyecto, que son los siguientes:

  • Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
  • Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020.
  • Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020.
  • La primera cuota vencerá el 16 de noviembre.
  • Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran, podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
  • Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
  • Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
  • Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

Desde el oficialismo ratifican la voluntad de tratar una moratoria de impuestos

El titular de la Comisión de Previsión y Seguridad Social, Marcelo Casaretto, presentó una nueva iniciativa que incluye las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2020.

marcelo casaretto

El titular de la Comisión de Previsión y Seguridad Social, Marcelo Casaretto (Frente de Todos), ratificó la voluntad del oficialismo de tratar una moratoria de impuestos que beneficie a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (MiPyMEs), y volvió a presentar una iniciativa que prorroga la regularización de las obligaciones tributarias hasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

“En el Congreso avanzaremos con el tratamiento de un proyecto de ley disponiendo una moratoria por las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2020”, afirmó el también secretario de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

El legislador entrerriano recordó que semanas atrás presentó una iniciativa “incluyendo las obligaciones hasta el 29 de febrero; luego otro proyecto hasta el 31 de mayo” y este viernes volvió a presentar “otro proyecto incluyendo las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2020”.

“Se incluyen obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social. El plazo de adhesión sería hasta fines de septiembre, y el primer pago en noviembre”, explicó el oficialista.

Además, el diputado resaltó que “el propio presidente Alberto Fernández planteó el tema públicamente, y se trabaja desde el Ministerio de Economía y la AFIP”.

“En la Cámara de Diputados se incluyó este tema dentro de los que se tratarían en este mes de julio, permitiendo la regularización de las obligaciones de los distintos sectores de la economía afectados por la pandemia”, completó.

Según el proyecto, las empresas que quieran acogerse al beneficio deberán acreditar su inscripción con el Certificado MiPyME vigente al momento de la aprobación del régimen. También podrán ingresar las entidades civiles sin fines de lucro.

En cuanto a los intereses resarcitorios, se establece que para el período fiscal 2018, 2019 y obligaciones mensuales vencidas al 30 de junio de este año, será del 10% del capital adeudado; para los períodos fiscales 2016 y 2017, será del 25% del capital adeudado; para los períodos fiscales 2014 y 2015, será del 50%; en tanto que para los períodos fiscales 2013 y anteriores, alcanzará el 75% del capital adeudado.

Entre otros puntos, la iniciativa señala también que “el beneficio de liberación de multas y demás sanciones correspondientes a infracciones formales cometidas hasta el 30 de junio de 2020, que no se encuentren firmes ni abonadas, operará cuando con anterioridad a la fecha en que finalice el plazo para el acogimiento al presente régimen se haya cumplido o se cumpla la respectiva obligación formal”.

Cómo será la moratoria que impulsa el Gobierno

Se trabajará sobre un proyecto que acaba de presentar el diputado Marcelo Casaretto, que alcanza a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Deseoso de alentar expectativas favorables en un marco crudo que se plantea a futuro, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, aseguró que tiene un plan para el escenario que se planteará post pandemia. Fue en una de las entrevistas que concedió la última semana, como así también en otra reveló un detalle no menor: que seguramente habrá una moratoria impositiva que, enfatizó, será “para todo el mundo”.

Nada que sorprenda; todo Gobierno plantea llegado el momento su propia moratoria. Y más en la actualidad, cuando el coronavirus ha generado una ostensible falta de pago de impuestos. Otro apotegma dice que las moratorias no se anticipan, pero en tiempos de pandemia se han quemado los manuales y todo está por verse.

Puntualmente Alberto Fernández admitió que “estamos pensando en algún tipo de moratoria para blanquear a todo el mundo. Estamos trabajando en eso”.

Y ya se conoce la base sobre la cual va a trabajar el oficialismo para llevar adelante esa moratoria de impuestos. Será un proyecto de ley que acaba de presentar el diputado nacional del Frente de Todos Marcelo Casaretto (Entre Ríos), quien es secretario de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja y que comenzará a ser tratado en los próximos días.

La iniciativa a la que accedió parlamentario.com se denomina “Prórroga de regularización de obligaciones tributarias de la Seguridad Social y Aduaneras para MiPyMEs Ley 27541”. En efecto, alcanza a los contribuyentes y responsables de tributos que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, quienes podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de mayo de 2020 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones.

A tal fin deberán acreditar su inscripción con el Certificado MiPyME, vigente al momento de la presentación al régimen a ser aprobado.

“El acogimiento previsto en el presente artículo podrá formularse entre el primer mes calendario posterior al de publicación de la reglamentación del régimen en el Boletín Oficial hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive”, señala el texto previsto para introducir en una de las modificaciones previstas.

En cuanto a los intereses resarcitorios, se establece que para el período fiscal 2018, 2019 y obligaciones mensuales vencidas al 31 de mayo de este año será del 10% del capital adeudado; para los períodos fiscales 2016 y 2017, será del 25% del capital adeudado; para los períodos fiscales 2014 y 2015, será del 50%; en tanto que para los períodos fiscales 2013 y anteriores, alcanzará el 75% del capital adeudado.

El proyecto del diputado Casaretto señala también que el beneficio de liberación de multas y demás sanciones correspondientes a infracciones formales cometidas hasta el 31 de mayo de 2020 que no se encuentren firmes ni abonadas, operará cuando con anterioridad a la fecha en que finalice el plazo para el acogimiento al presente régimen se haya cumplido o se cumpla la respectiva obligación formal.

“Cuando el deber formal transgredido no fuese, por su naturaleza, susceptible de ser cumplido con posterioridad a la comisión de la infracción, la sanción quedará condonada de oficio, siempre que la falta haya sido cometida con anterioridad al 31 de mayo de 2020, inclusive”, puntualiza la norma, que establece además que las multas y demás sanciones correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas al 31 de mayo de 2020 “quedarán condonadas de pleno derecho, siempre que no se encontraren firmes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley y la obligación principal hubiera sido cancelada a dicha fecha”.

La primera cuota de esta moratoria vencerá “como máximo” el 16 de noviembre de 2020, según el tipo de contribuyente, deuda y plan de pagos adherido.