El texto fue impulsado por la diputada sanjuanina Nancy Picón Martínez, quien exigió que la donación sea voluntaria y la recepción gratuita. Destacó, además, que en provincias como Buenos Aires y Misiones ya existe legislación sobre el tema.
En vísperas del inicio del segundo tramo de sesiones extraordinarias, la diputada nacional Nancy Picón Martínez presentó un proyecto de ley para crear el “Banco de Leche Humana Materna” en los establecimientos asistenciales dependientes de Ministerio de Salud de la Nación. Asimismo, lo define como el servicio especializado de recolección que fuera donada por madres de manera voluntaria y gratuita.
Del mismo modo, propone que este banco sea el encargado de promocionar, proteger, recolectar, procesar, controlar la calidad, clasificar, conservar y distribuir. En ese sentido, exige que cuente con recursos humanos capacitados, un constante asesoramiento técnico y una investigación científica relacionada a la leche materna humana.
En los fundamentos, señaló que “el objetivo del presente proyecto de ley es regular sobre la promoción, cuidado, mantenimiento y distribución del principal alimento, Leche Materna Humana, de los niños al nacer durante los primeros meses de vida”. Además, reiteró que “busca crear y definir jurídicamente, estableciendo las funciones y objetivos a fin de proteger y asegurar la correcta administración de un alimento tan importante y necesario para los niños en la primera etapa de la vida”.
En la iniciativa ingresa a Mesa de Entradas, la diputada sanjuanina definió que serán consideras madres donantes quienes tengan hijos prematuros internados; internadas junto a sus hijos en el periodo posparto; y las externas que voluntariamente donen su excedente de leche. A su vez, indicó que los receptores serán los recién nacidos de bajo peso; enfermos; lactantes desnutridos; que padecen enfermedades gastrointestinales graves; lactantes en estado de posoperatorio; y lactantes con patologías especiales.
Finalmente, mencionó que la donación y distribución de leche materna humana sea gratuita con prohibición de su comercialización; y la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud, el cual deberá recibir un aumento en las partidas presupuestarias que no fue definido en este proyecto de ley.
En el cierre de los fundamentos, la diputada de Producción y Trabajo que responde al gobernador sanjuanino Marcelo Orrego remarcó: “Es importante destacar que algunas provincias como Buenos Aires, Santa Fe, Misiones, Entre Ríos, Neuquén y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han avanzado en el tema y legislado al respecto”.
La diputada sanjuanina Nancy Picón Martínez presentó un proyecto para establecer en todo el país un régimen que prohíbe la fabricación, venta y uso de artefactos explosivos audibles.
Ya pasaron las fiestas de fin de año, que una vez más pusieron en la palestra la cuestión de la pirotecnia, que más allá de cuestiones de seguridad afecta a personas vulnerables, animales y el ambiente. De ahí que la diputada nacional por San Juan Nancy Viviana Picón Martínez haya presentado un proyecto de ley que propone establecer en todo el territorio argentino un Régimen de Pirotecnia Sonora Cero, con el fin de prohibir la fabricación, comercialización y uso de artefactos pirotécnicos que generen efectos audibles o explosivos.
La iniciativa se fundamenta en criterios de salud pública, protección de grupos vulnerables, bienestar animal y preservación ambiental.
El proyecto establece en su artículo 1° la prohibición total de la comercialización, fabricación, uso particular, transporte, distribución y venta —tanto mayorista como minorista y ambulante— de cualquier tipo de artificio pirotécnico de efecto sonoro. La norma también alcanza a los globos aerostáticos de pirotecnia, por los riesgos que implican.
La diputada propone equiparar las definiciones con la Ley Nacional 20.429, ampliando el concepto de artificios pirotécnicos sonoros a todos aquellos dispositivos que produzcan ruido mediante detonación, deflagración, combustión o explosión. Además, la autoridad de aplicación podrá incorporar nuevos productos que resulten análogos en su funcionamiento.
Luz sí, ruido no
Uno de los puntos centrales de la propuesta es que la pirotecnia lumínica seguirá permitida, siempre que la autoridad competente verifique que su uso no genere daños de mediana o alta gravedad. El texto habilita la fabricación, importación y comercialización de estos artefactos, considerados de menor impacto y menos riesgosos.
Incluso el Poder Ejecutivo Nacional deberá utilizar exclusivamente pirotecnia lumínica o sistemas de láser y luces en los espectáculos que organice.
El proyecto contempla excepciones en casos donde la pirotecnia sonora tiene una función operativa esencial. Quedan excluidos de la prohibición:
✔ Señales de auxilio o emergencia
✔ Uso por parte de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Defensa Civil
✔ Dispositivos anti-granizo
✔ Actividades industriales o mineras que requieran materiales explosivos
La iniciativa designa al Ministerio de Seguridad de la Nación como autoridad de aplicación. Entre sus funciones, deberá coordinar tareas de control con provincias y municipios, e impulsar campañas de difusión sobre los riesgos del uso de pirotecnia sonora, con participación de organizaciones civiles.
El proyecto incorpora un esquema de sanciones económicas y administrativas para quienes violen la prohibición:
♦ Multas de 2.000 a 10.000 UF
♦ Decomiso de toda la mercadería y elementos vinculados
♦ Clausura de comercios por 5 a 10 días en la primera infracción
♦ Hasta 60 días de clausura en caso de reincidencia
♦ Responsabilidad de entidades no comerciales cuando la infracción ocurra en sus instalaciones y no se identifique a los responsables
Lo recaudado por multas será destinado a financiar campañas de concientización.
En su argumentación, Picón Martínez subraya el impacto negativo que la pirotecnia sonora provoca en niños, adultos mayores, personas con TEA o hipersensibilidad auditiva, quienes suelen experimentar crisis severas ante ruidos de más de 140 decibeles; animales, que sufren episodios de acusticofobia, parálisis, taquicardias y accidentes por huida desesperada. Y también en el ambiente, debido a la emisión de monóxido de carbono, gases de efecto invernadero y partículas tóxicas.
La diputada destaca también que numerosas provincias ya avanzaron con normativas de pirotecnia cero —Jujuy, Buenos Aires, Río Negro, Neuquén, Misiones— y que la Ciudad de Buenos Aires mantiene una prohibición permanente de pirotecnia audible. La propuesta busca unificar el criterio a nivel nacional.
Picón Martínez concluye invitando a sus pares a acompañar el proyecto para “poner fin a la comercialización y uso indiscriminado” de la pirotecnia sonora en el país, con excepción de los casos donde cumple funciones específicas imprescindibles.
Un proyecto de ley busca que todos los conductores de motovehículos lleven un código QR y un número identificatorio visible en sus chalecos reflectivos. La medida apunta a facilitar controles de tránsito y prevenir delitos.
El sistema se usa ya en otros países de la región, por ejemplo en Perú.
En respuesta al creciente índice de inseguridad y siniestros viales en la Argentina, la diputada sanjuanina Nancy Picón Martínez presentó un proyecto de ley que propone una modificación significativa en la forma en que se identifican los conductores de motovehículos. La iniciativa establece la obligatoriedad de portar un código QR y un número visible en el chaleco reflectivo, como condición para la validez de la licencia de conducir.
Según el texto del proyecto, el código QR contendrá información clave del conductor, como nombre, DNI, vigencia de la licencia y antecedentes, entre otros datos que la autoridad de aplicación considere pertinentes. Esta información deberá estar siempre visible en el chaleco del conductor o su acompañante, con dimensiones que permitan su lectura inmediata, incluso a distancia.
La propuesta también contempla sanciones estrictas: la omisión del chaleco, el código QR o el número identificatorio invalidará automáticamente la licencia de conducir, y habilitará a las fuerzas de seguridad a radiar el motovehículo. La medida se aplicaría en todo el territorio nacional, tanto para licencias emitidas por organismos públicos como privados, y otorgaría un plazo de 90 días para su implementación desde la entrada en vigencia de la ley.
En los fundamentos del proyecto, Picón Martínez argumenta que esta herramienta permitirá a las autoridades actuar con mayor rapidez y eficacia ante situaciones delictivas o evasiones de controles. “La visibilidad del código QR y número permitirá identificar a distancia al conductor, facilitando la individualización de autores de hechos delictivos mediante cámaras de seguridad o testigos presenciales”, señala.
Además, la diputada subraya que esta medida no solo beneficiará a las fuerzas de seguridad, sino también a la ciudadanía en general, al contribuir a un entorno más seguro y controlado. “El presente proyecto implica un beneficio tanto para toda la población como para las autoridades que tienen a su cargo la seguridad en el territorio de la Nación”, concluye.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Economía o el organismo que lo reemplace en el futuro, y tendrá un plazo de 90 días para reglamentar la ley una vez sancionada.
La idea fue propuesta por la diputada nacional Nancy Picón Martínez. “Se estima que el país cuenta con reservas superiores a 65 millones de toneladas de cobre, lo que lo posiciona como un jugador estratégico en el mercado mundial de este metal,”, explicó.
La diputada sanjuanina Nancy Picón Martínez presentó un proyecto de ley para instituir a la provincia de San Juan como capital de impulso minero. “Por las inversiones y explotación minera, que repercutirá en beneficios para todo el país, es que se solicita el acompañamiento”, planteó la integrante del bloque Producción y Trabajo.
En los fundamentos, Picón Martínez agregó que San Juan aparece como la provincia con mayor cantidad de proyectos en carpeta, ocupando el 25% del total en Argentina. La siguen Salta, Catamarca, Jujuy y Santa Cruz. Durante los primeros 10 meses del 2023 se exportaron un total de U$S 3.198 millones”.
“San Juan es la provincia con mayor desarrollo en este segmento, albergando yacimientos de gran envergadura. Se estima que el país cuenta con reservas superiores a 65 millones de toneladas de cobre, lo que lo posiciona como un jugador estratégico en el mercado mundial de este metal, fundamental para la transición energética y la electrificación”, expresó.
Luego nombró a Domingo Faustino Sarmiento y recordó que “para lograr el desarrollo minero de San Juan era necesario crear las condiciones adecuadas para ello. Su estrategia fue actuar simultáneamente sobre tres aspectos fundamentales: incorporación de ciencia, tecnología y educación especifica; legislación apropiada; y captación de capitales”.