La salteña Pamela Caletti presentó un proyecto que incorpora al derecho sucesorio argentino la transmisión de bienes digitales, desde criptomonedas y cuentas online hasta perfiles en redes sociales, garantizando la protección de herederos y el respeto por la voluntad del causante.
La diputada nacional por Salta Pamela Calletti presentó un proyecto de ley que busca regular la transmisión de bienes digitales tras el fallecimiento de una persona, incorporando al derecho sucesorio argentino una realidad cada vez más presente: el patrimonio digital.
La iniciativa establece que tanto los bienes digitales materiales (dispositivos que alojan información) como los inmateriales (cuentas, archivos, criptomonedas, redes sociales, licencias digitales, entre otros) integrarán el acervo hereditario del causante, salvo disposición contraria en testamento. Para ello, se prevé la creación de un Registro de Testamentos de Bienes Digitales, donde se inscribirán las voluntades expresas del titular.
Entre los puntos centrales, el proyecto de la diputada de Innovación Federal garantiza a los herederos el derecho a acceder, gestionar, administrar, transferir o eliminar los bienes digitales, respetando la voluntad del causante. Además, las condiciones impuestas por proveedores de servicios no podrán contradecir las instrucciones testamentarias. Se incorpora también la figura del gestor digital, designado mediante escritura pública, para administrar estos activos en caso de incapacidad o fallecimiento.
Calletti fundamentó la propuesta en la necesidad de proteger derechos patrimoniales y personales en la era digital, donde los activos intangibles —desde criptomonedas hasta perfiles en redes sociales— tienen valor económico, cultural y sentimental. “El siglo XXI consolidó la era de la información y la conectividad, y hoy el legado digital es parte inescindible del patrimonio de cada persona”, señaló.
El proyecto toma como antecedente la normativa de la Comunidad Catalana (Ley 10/2017) sobre voluntades digitales y busca armonizar con el sistema jurídico argentino, garantizando la transmisión legal y segura de estos bienes, así como el respeto irrestricto por la voluntad del causante.
De aprobarse, la ley entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial y el Poder Ejecutivo tendrá 180 días para su reglamentación.