Reclaman información sobre prisiones domiciliarias por la pandemia

La inquietud fue planteada por la senadora Clara Vega, quien aclaró que se deben garantizar los derechos de los presos, pero también de quienes exigen seguridad y protección.

La senadora nacional por La Rioja Clara Vega presentó un proyecto en el Senado para solicitar información sobre el beneficio de prisión domiciliaria otorgado a personas privadas de la libertad en el marco de la emergencia por Covid-19.

Al respecto, Vega manifestó: “Entendemos que la pandemia dejó al desnudo una serie de situaciones lamentables atinentes a las instituciones, su infraestructura y sus recursos, pero esto no puede ser excusa para beneficiar ilimitada y arbitrariamente a personas que deben permanecer privadas de la libertad cumpliendo condenas por delitos graves”.

“Un claro ejemplo de ello fue lo ocurrido el pasado 19 de marzo en Ramos Mejía cuando un motochorro que gozaba de este beneficio atacó a golpes a una psicóloga, madre de cuatro hijos, quien perdió la vida. ¿Qué medidas se tomaron desde el sistema judicial para monitorear el actuar fuera de la prisión de este delincuente o de otros tantos en su misma situación?”, cuestionó la legisladora riojana.

En ese mismo sentido, reflexionó “la libertad se transforma así en un derecho del que muchos de los que formamos parte de esta sociedad hoy no podemos gozar, porque de una forma u otra vivimos privados de libertad en nuestras propias casas”.

Para finalizar, la senadora Vega señaló que “los derechos de todas las personas deben ser garantizados, tanto los de los presos que están expuestos a grandes riesgos a causa de los déficits que presenta el sistema penitenciario, como los de quienes exigen seguridad y protección”.

“Para eso, necesitamos aunar los esfuerzos de los diferentes poderes del Estado para trabajar proactivamente y dar respuestas a los distintos grupos sociales. Para comenzar este camino, necesitamos información y ahí reside la importancia de este proyecto”, concluyó.

Denuncian “acefalía total” en materia de política criminal

Ante las últimas noticias conocidas respecto de personas que deberían estar presas y, por el contrario, cometen delitos en libertad, la diputada Gabriela Burgos denunció “falta de planificación estratégica en materia de políticas públicas concretas”.

La diputada nacional Gabriela Burgos (UCR – Jujuy) sostuvo que “las personas privadas de su libertad merecen condiciones dignas en la ejecución de sus penas  pero esto no justifica un acogimiento a la prisión domiciliaria si no se puede garantizar mínimamente su cumplimiento efectivo”.

Ante los numerosos casos de conocimiento público, la legisladora jujeña explicó que “muchos nos manifestamos desde abril del año pasado repudiando la liberación masiva de presos con motivos sanitarios, advirtiendo sobre los peligros que implicaba semejante decisión y denunciando que el objetivo principal era favorecer a los amigos del poder con causas penales en sus hombros. También venimos exigiendo al Gobierno que nos cuente cuál es su plan en materia de seguridad y justicia, dos pilares para la construcción de la paz y la convivencia social. La respuesta obtenida fue la nefasta reforma judicial federal que nada tiene que ver con los hechos que vemos a diario. Hasta el momento, sólo hemos escuchado como respuesta un conjunto desordenado de frases sin sustento, relatos ficticios e insultos a quien piensa distinto”. “Un gobierno que prometió mejorar la economía, que luego dijo priorizar la vida de las personas sobre la economía, para terminar priorizando los privilegios de su séquito sobre la vida de todo un país es un gobierno absolutamente irresponsable. Lamentablemente tenemos que sufrir nuevas tragedias producto de una pésima gestión de la pandemia. Falta de planificación estratégica en materia de políticas públicas concretas, acefalía total en materia de política criminal y lo peor es que no vemos ningún motivo válido para creer que esto no vaya a seguir ocurriendo”, concluyó Burgos.

Quieren regular por ley las detenciones domiciliarias

A través de un proyecto de ley que reforma el Código Procesal Penal, el Código Penal y la Ley de Ejecución Penal, Graciela Camaño busca establecer reglas claras que especifiquen en qué casos no podrán concederse esos beneficios.

Puntualmente por la resolución judicial que concedió la prisión domiciliaria a una persona condenada por un abuso sexual cometido contra un niño, que se señala específicamente en el proyecto, la diputada nacional Graciela Camaño acaba de presentar un proyecto de ley que pretende regular las prisiones preventivas para casos de epidemia o pandemia como la que está azotando a la Argentina y el mundo.

La autora expresa su preocupación por ese caso y otros similares que se están dando a conocer, ante lo cual considera que existen alternativas que deberían haberse explorado. “Bajo ningún punto de vista debemos permitir dar paso, en este momento tan delicado, a los oportunistas que aprovechan esta coyuntura para avanzar con medidas que en otro momento no lograrían”, señala la diputada, por lo cual, “para no dejar en manos de la ideología y el arbitrio exclusivo de magistrados”, señala, propone sistematizar y adoptar una serie de medidas tendientes a prohibir determinadas acciones.

En principio, la diputada sugiere adecuar en la medida de lo posible en el medio penitenciario las medidas de aislamiento social obligatorio; esto es, prohibir visitas, limitar el uso de espacios comunes, por ejemplo; y por otra parte garantizar la atención sanitaria en las cárceles, que deben ser provistas de los insumos necesarios para prevenir la propagación. Léase alcohol en gel, barbijos y guantes.

Pero si los riesgos de propagación son muy grandes, cosa que recomienda evaluar con “profundidad y suficiencia” y la única medida posible resulta ser la reducción de la población penitenciaria, Graciela Camaño impulsa una serie de criterios que permitan adoptar una decisión razonable y justificable ante el resto de la sociedad. Esto es, que se tenga en cuenta la gravedad del delito del eventual beneficiario de la prisión domiciliaria, la pertenencia a grupos de extremo riesgo o el tiempo de cumplimiento de la pena.

Considera pasibles de reclusión domiciliaria al interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario; el interno que padezca una enfermedad incurable en período terminal; el interno discapacitado cuando la privación de la liberad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel; el interno mayor de 70 años; la mujer embarazada, o la madre de un niño menor de 5 años o de una persona con discapacidad a su cargo.

En qué casos no puede aplicarse

El proyecto de Camaño modifica una serie de artículos del Código Procesal Penal, el Código Penal y la Ley de Ejecución Penal, pero en todos los casos establece que la detención domiciliaria no podrá concederse, “en ningún caso”, para aquellas personas condenadas por delitos contra la vida; delitos cometidos con motivo de violencia de género; delitos contra la integridad sexual; robo agravado; secuestro extorsivo, y asociación ilícita, entre otros casos.

Para el caso de que se adopte la detención domiciliaria, la misma deberá ir precedida de un informe del establecimiento carcelario donde conste la necesidad de la reducción de la cantidad de personas privadas de la libertad con motivo de la epidemia o pandemia; que se establezca que el condenado pertenece a un grupo de riesgo conforme lo disponga el Ministerio de Salud de la Nación; y se establezca el monitoreo electrónico, digital o por cualquier medio informático que se disponga.  

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