Tras la aprobación del aborto legal, el Senado convirtió en ley el “Programa de los Mil Días”

La iniciativa comenzó a ser discutido pasadas las 4 de la madrugada, tras la histórica aprobación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Se aprobó por unanimidad.

Igual que en Diputados, inmediatamente después de votado el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo, los senadores se abocaron al debate del proyecto de ley nacional de atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, conocido como “Programa de los Mil Días”.

Fue aprobado por unanimidad a las 4.36, tras 12 horas y media desde el inicio de esa prolongada sesión.

El objeto del proyecto es “fortalecer el cuidado integral de la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, y de sus hijos e hijas, con el fin de reducir la mortalidad, la mal nutrición y la desnutrición, proteger y estimular los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional y la salud de manera integral, y prevenir la violencia”.

Al exponer sobre el proyecto, el senador santiagueño oficialista José Neder sostuvo que este proyecto “jerarquiza y amplía las agendas de la primera infancia” y tras detallar los alcances del mismo, destacó que con este programa “reconoce un conjunto de derechos y líneas de trabajo entre los distintos organismo. Porque la equidad territorial en la cobertura se logra atendiendo las necesidades tanto en los grandes centros urbanos, como en el interior profundo, con una mirada federal, como todas las acciones que este gobierno nacional y popular viene marcando en el sentido de determinar mejor salud para todos y todas las argentinas”.

“Esta es una ley que avanza en el sentido de recuperar derechos esenciales para la vida, por esto le pido a mis pares que conviertan en ley acompañando este proyecto”, concluyó.

Por su parte, el senador sanjuanino Rubén Uñac garantizó el éxito de este programa a futuro porque en su provincia en 2016 presentaron un proyecto llamado “Los primeros mil días”, de su autoría, que luego se amplió a dos mil días. “Un proyecto que ha sido informado y además promocionado por Unicef”, contó, destacando que “la primera infancia importa y esto es lo que nos inspira”.

Por último, el senador Mario Fiad se mostró crítico con el proyecto, hablando de “pocas innovaciones” del mismo y dijo que se lo difunde como “una verdadera política pública para el cuidado de nuestros niños y niñas de hasta  años, espero que no quede en un compendio de buenos propósitos, ya que este proyecto está expresado en tiempo futuro, sin crear verdaderas obligaciones para el Estado, sin plazos ni especificaciones. La verdad que tenemos ya una cantidad de derechos y de cuestiones estructurales que son urgentes y prioritarias para resolver respecto de las mujeres, de las niñas y niños y adolescentes, y nos llega este proyecto que dice que la autoridad de aplicación promoverá las respuestas”.

“Tenemos muchas leyes y decretos que se superponen; espero que este proyecto pueda articularlos y va a tener un gran trabajo en la reglamentación, ya que tiene que compilar muchos de las leyes y decretos que ya existen. Por eso creo que es bastante declarativo y ni siquiera se ha dicho de donde se van a sacar los fondos para poder atender estas acciones”, siguió criticando, aunque adelantó que votarían a favor “para no retrasar las poquísimas medidas que establece”.

Detalles del proyecto

De acuerdo con el texto, se incorpora a la Ley 24.714, de Régimen de Asignaciones Familiares, la “Asignación por Cuidado de Salud Integral”, que “consistirá en el pago de una suma de dinero que se abonará una vez al año” a las madres “por cada niño o niña menor de tres años de edad que se encuentre a su cargo, siempre que hayan tenido derecho al cobro de la prestación” y “siempre que acrediten el cumplimiento del plan de vacunación y control sanitario, de conformidad con los requisitos de la ANSeS”.

En tanto, se modifica la legislación sobre la “Asignación por Embarazo para Protección Social”, que consistirá en una prestación monetaria no retributiva mensual que se abonará a la persona gestante, desde el inicio de su embarazo hasta su interrupción o el nacimiento del hijo, siempre que no exceda de nueve mensualidades, debiendo solicitarse a partir de la decimosegunda semana de gestación.

En el capítulo referido al “derecho a la identidad”, se crea en el ámbito del Renaper “el Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos a fin de garantizar el derecho a la identidad y a la inscripción e identificación inmediata de recién nacidas y nacidos, de conformidad con los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes”.

“El Sistema se implementará a través de la plataforma de emisión de Certificados Digitales de Hechos Vitales, medio por el cual los y las profesionales médicos intervinientes deben certificar por documento electrónico con firma digital los hechos vitales de las personas”, agrega el articulado.

Asimismo, se indica que “el personal de salud, obstétrica o agente sanitario habilitado al efecto, que hubiere atendido el parto en caso de nacimientos ocurridos fuera de establecimientos médicos asistenciales de gestión pública o privada, deberá informar el hecho del nacimiento al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente y al Registro Nacional de las Personas dentro de los siete días corridos de ocurrido y del modo que dicha autoridad reglamente”.

La autoridad de aplicación, que será el Ministerio de Salud, deberá “diseñar un modelo de atención y cuidado integral de la salud específico y adecuado para la etapa del embarazo y hasta los tres años de edad, desde la perspectiva del derecho a la salud integral de las mujeres, otras personas gestantes, niños y niñas, y teniendo en cuenta las particularidades territoriales de todo el país”.

“El modelo de atención definido debe incluir de manera transversal a los tres subsectores que componen el sistema de salud y articular con otros organismos públicos competentes en la materia”, añade el proyecto.

Por otra parte, se establece que “el Estado Nacional deberá implementar la provisión pública y gratuita de insumos fundamentales para las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo y para los niños y las niñas hasta los tres años, en los casos y condiciones que determine la reglamentación”.

En especial, se atenderá a la provisión de: medicamentos esenciales; vacunas; leche; y alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez, en el marco de los programas disponibles al efecto.

También se prevé “el derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad” con la creación de “modelos de atención especial” para niños y niñas con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años; personas que cursen embarazos de alto riesgo y casos de trombofilia; mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género; y niñas y adolescentes embarazadas.

Además se crea, en el ámbito del Ministerio de Salud, una “Unidad de Coordinación Administrativa para la atención y el cuidado integral de la salud de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo, y de sus hijos e hijas hasta los tres años”, la cual estará integrada por representantes del Ministerio de Salud; Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad; Ministerio de Desarrollo Social; la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF); Ministerio de Educación; la ANSeS, el Renaper; el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales; y de otros organismos que la autoridad de aplicación considere relevantes para la implementación efectiva de la ley.

En el dictamen se incorporó a la redacción original un artículo referido a los indicadores, el cual establece que el Ministerio de Salud deberá acordar con esta Unidad de Coordinación Administrativa “un listado de indicadores integrales que incluyan los determinantes sociales de la salud, para aportar información a nivel poblacional con la que sea posible identificar a las personas gestantes, los niños y las niñas en situaciones de amenaza o vulneración de derechos que afecten o pudieran afectar su salud integral”.

Y, asimismo, se “promoverá la capacitación en estos indicadores, búsqueda activa e incumbencias sobre protocolos a seguir en casos de vulneración de derechos que afecten la salud integral, a todos los integrantes de equipos de salud, desarrollo social, educación y de protección de las infancias, responsables del cuidado integral de la salud de las personas gestantes, las niñas y los niños hasta los tres años de edad”.

Otro de los artículos indica que la cartera de Salud tendrá que “enviar al Honorable Congreso de la Nación un informe anual con el estado de avance e indicadores respecto de la implementación” de la norma.

Tras la media sanción al aborto legal, Diputados aprobó el “Programa de los Mil Días”

La iniciativa comenzó a ser discutido cerca de las 7.30 de la mañana, tras más de 20 horas de iniciada la sesión y se aprobó por 196 votos afirmativos y 5 abstenciones

Inmediatamente después de votado el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo, los diputados se abocaron al debate del proyecto de ley nacional de atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, conocido como “Programa de los Mil Días”.

Fue aprobado por 196 votos a favor y 5 abstenciones a las 8.48, tras casi 22 horas de debate, luego de que a instancias del diputado Facundo Suárez Lastra se accediera a un acortamiento de la lista de oradores para no extender más aún la sesión.

Las abstenciones correspondieron todas al bloque Pro, y fueron de Jorge Enríquez, Alicia Fregonese, José Luis Patiño, Francisco Sánchez y Héctor “Tito” Stefani.

El objeto del proyecto es “fortalecer el cuidado integral de la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, y de sus hijos e hijas, con el fin de reducir la mortalidad, la mal nutrición y la desnutrición, proteger y estimular los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional y la salud de manera integral, y prevenir la violencia”.

Fue miembro informante del proyecto el presidente de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, Pablo Yedlin, quien dio detalles del mismo, destacando la “unanimidad” que había obtenido en las comisiones.

“Es un proyecto de ampliación de derechos para aquel binomio que es la mamá con el niño, que entendemos que en esta situación de crisis que hoy vive la Argentina requieren una protección particular. Y el Estado argentino ha decidido priorizar los recursos que tiene para generar la  máxima protección al binomio madre e hijo a lo largo de esta situación”.

Desde la oposición, la diputada Carmen Polledo (Pro) señaló que se trata de “un proyecto que está principalmente enfocado en el establecimiento de un nuevo subsidio adicional denominado asignación por cuidado de salud integral. Por eso que más allá de que una cosa no compense ni tape a la otra, es que el subsidio nos parece una herramienta necesaria”.

Con todo, advirtió que “con un subsidio más no alcanza y deben instrumentarse políticas más activas para llegar al objetivo deseado”. A su juicio, no alcanza “porque por experiencia sabemos que el subsidio no es suficiente para modificar las condiciones estructurales de pobreza”.

Lamentó entonces no haber podido incorporar modificaciones que hubieran mejorado la iniciativa, pero rescató “la buena predisposición del presidente de la comisión, que sé que hizo lo imposible. Lamentablemente el Poder Ejecutivo nacional no accedió a incorporar nuestras propuestas en el proyecto”.

El diputado pampeano Ariel Rauschenberger (Frente de Todos) consideró que tanto este proyecto como el del aborto “muestran la mirada integral que nuestro Gobierno tiene respecto de este tema. Por eso considero que son proyectos complementarios”.

Señaló que el proyecto de los mil días “tiene objetivos muy claros: reducir la mortalidad, terminar con la desnutrición y la malnutrición, acompañar a nuestras mujeres y poner en un pie de igualdad a nuestros niños y niñas que nacen en nuestro país”.

Planteando una diferenciación con los defensores de “la vida del niño por nacer”, la diputada oficialista Claudia Bernazza dijo respecto de “los chicos que están entre nosotros, a las  vidas reales que nos ocupan, todo esfuerzo legal que hagamos por cuidarlos, siempre va a ser insuficiente, porque aquí también se libra una enorme batalla cultural. Porque los chicos y chicas de nuestros barrios sufren mucho, lo mismo que sus mamás a la hora de las crianzas. Y ese sufrimiento no tiene que ver nada más que con carencias materiales”.

Criticó luego una nota del diario La Nación, donde se hizo referencia a las orquestas que interpretaban en el recinto de Diputados el Himno Nacional. “Y de hecho puso particular atención a cómo interpretó el Himno la orquesta juvenil del barrio Villa Hidalgo. Una orquesta juvenil que durante toda la pandemia estuvo practicando con orgullo, con amor, eso formó parte de su educación… Pero parece ser que hay ciertos himnos y ciertos himnos… Hay ciertas culturas que valen y otras que no. ¿Sabemos el daño que hacemos cada vez que estigmatizamos? Cada vez que creemos que hay chicos que pueden perdonarse algún tuit que hicieron a los 12 o 18 años porque eran jóvenes e irreverentes, y chicos a los que no se les perdona una…”.

“Esto es un problema de clases, porque hay pibes y pibes, y esta situación la tiene que resolver el Estado y sus leyes, porque las leyes fundan formas de vivir, y forma. Y esta es una ley que forma criterios referidos a la crianza de nuestros pibes y pibas, sobre todo los que nacen en peores condiciones”, afirmó.

Por su parte, el diputado Eduardo “Bali” Bucca se quejó por la ausencia de diputados presentes a la hora de tratar esa ley. “Es una falta de respeto a los niños y las niñas de la Argentina”, apuntó. “En la Argentina hoy el 60% de los niños son pobres;  muchos de ellos tienen inseguridad alimentaria, malnutrición, sobrepeso y se encuentran en extrema marginalidad”, señaló, para lamentar luego que el tema del aborto le quitaba valor a este que estaban tratando, “que tiene absoluta prioridad e importancia”.

“Los primeros años de vida determinan la vida, el desarrollo humano, y hoy están en peligro. La principal deuda que tiene la dirigencia política es con los niños; los más pobres y los más indefensos de la Argentina son los niños y las niñas, que además no tienen voz y no votan. Y este proyecto de ley tiene la visión y el objeto de tratar estas desigualdades que hoy atraviesan a la Argentina”, enfatizó el diputado oriundo de Bolívar, que de todos modos reconoció que “resulta insuficiente el proyecto, hay que seguir trabajándolo”.

Detalles del proyecto

De acuerdo con el texto, se incorpora a la Ley 24.714, de Régimen de Asignaciones Familiares, la “Asignación por Cuidado de Salud Integral”, que “consistirá en el pago de una suma de dinero que se abonará una vez al año” a las madres “por cada niño o niña menor de tres años de edad que se encuentre a su cargo, siempre que hayan tenido derecho al cobro de la prestación” y “siempre que acrediten el cumplimiento del plan de vacunación y control sanitario, de conformidad con los requisitos de la ANSeS”.

En tanto, se modifica la legislación sobre la “Asignación por Embarazo para Protección Social”, que consistirá en una prestación monetaria no retributiva mensual que se abonará a la persona gestante, desde el inicio de su embarazo hasta su interrupción o el nacimiento del hijo, siempre que no exceda de nueve mensualidades, debiendo solicitarse a partir de la decimosegunda semana de gestación.

En el capítulo referido al “derecho a la identidad”, se crea en el ámbito del Renaper “el Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos a fin de garantizar el derecho a la identidad y a la inscripción e identificación inmediata de recién nacidas y nacidos, de conformidad con los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes”.

“El Sistema se implementará a través de la plataforma de emisión de Certificados Digitales de Hechos Vitales, medio por el cual los y las profesionales médicos intervinientes deben certificar por documento electrónico con firma digital los hechos vitales de las personas”, agrega el articulado.

Asimismo, se indica que “el personal de salud, obstétrica o agente sanitario habilitado al efecto, que hubiere atendido el parto en caso de nacimientos ocurridos fuera de establecimientos médicos asistenciales de gestión pública o privada, deberá informar el hecho del nacimiento al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente y al Registro Nacional de las Personas dentro de los siete días corridos de ocurrido y del modo que dicha autoridad reglamente”.

La autoridad de aplicación, que será el Ministerio de Salud, deberá “diseñar un modelo de atención y cuidado integral de la salud específico y adecuado para la etapa del embarazo y hasta los tres años de edad, desde la perspectiva del derecho a la salud integral de las mujeres, otras personas gestantes, niños y niñas, y teniendo en cuenta las particularidades territoriales de todo el país”.

“El modelo de atención definido debe incluir de manera transversal a los tres subsectores que componen el sistema de salud y articular con otros organismos públicos competentes en la materia”, añade el proyecto.

Por otra parte, se establece que “el Estado Nacional deberá implementar la provisión pública y gratuita de insumos fundamentales para las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo y para los niños y las niñas hasta los tres años, en los casos y condiciones que determine la reglamentación”.

En especial, se atenderá a la provisión de: medicamentos esenciales; vacunas; leche; y alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez, en el marco de los programas disponibles al efecto.

También se prevé “el derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad” con la creación de “modelos de atención especial” para niños y niñas con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años; personas que cursen embarazos de alto riesgo y casos de trombofilia; mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género; y niñas y adolescentes embarazadas.

Además se crea, en el ámbito del Ministerio de Salud, una “Unidad de Coordinación Administrativa para la atención y el cuidado integral de la salud de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo, y de sus hijos e hijas hasta los tres años”, la cual estará integrada por representantes del Ministerio de Salud; Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad; Ministerio de Desarrollo Social; la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF); Ministerio de Educación; la ANSeS, el Renaper; el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales; y de otros organismos que la autoridad de aplicación considere relevantes para la implementación efectiva de la ley.

En el dictamen se incorporó a la redacción original un artículo referido a los indicadores, el cual establece que el Ministerio de Salud deberá acordar con esta Unidad de Coordinación Administrativa “un listado de indicadores integrales que incluyan los determinantes sociales de la salud, para aportar información a nivel poblacional con la que sea posible identificar a las personas gestantes, los niños y las niñas en situaciones de amenaza o vulneración de derechos que afecten o pudieran afectar su salud integral”.

Y, asimismo, se “promoverá la capacitación en estos indicadores, búsqueda activa e incumbencias sobre protocolos a seguir en casos de vulneración de derechos que afecten la salud integral, a todos los integrantes de equipos de salud, desarrollo social, educación y de protección de las infancias, responsables del cuidado integral de la salud de las personas gestantes, las niñas y los niños hasta los tres años de edad”.

Otro de los artículos indica que la cartera de Salud tendrá que “enviar al Honorable Congreso de la Nación un informe anual con el estado de avance e indicadores respecto de la implementación” de la norma.