Por la pandemia, la Ciudad autorizó el uso de recetas médicas digitales

La Legislatura aprobó con 51 votos positivos, uno negativo y una abstenciones una Ley que establece la obligatoriedad de digitalizarla para los efectores de salud públicos y privados.

Con la intención de avanzar en la mejora y modernización de los sistemas de salud, la Legislatura de la Ciudad aprobó –este jueves- con 51 votos a favor, uno en contra de la diputada Ofelia Fernández (FdT) y una abstención de Marta Martínez (AyL), una Ley mediante la cual se crea e instrumenta el Sistema de Receta Médica Digital, el cual será de uso obligatorio para la comercialización y expendio de la totalidad de los medicamentos, drogas, drogas preparadas y especialidades médicas en el distrito capitalino.

Con este sistema se podrá fiscalizar de una manera más adecuada el uso de los medicamentos, no solo de la dosis que se le prescribe, sino también una adecuada racionalización de manejo de medicamentos al paciente, dándole al profesional en farmacia y el profesional médico, una responsabilidad mayor.

De acuerdo a la normativa, la Receta Digital será de uso obligatorio en hospitales públicos y privados; Centros de Salud (CESAC); los Centro de Especialidades Médicas de Referencia (CEMAR); los Centros Médicos Barriales (CMB); clínicas, sanatorios e instituciones de la salud de índole privada; y para los profesionales que atiendan de manera privada.

Además prevé todas las farmacias habilitadas del distrito capitalino se registren en dicho sistema para poder comercializar los medicamentos. No obstante, no limita la venta de los mismos con receta de papel -ya que la Receta Digital puede presentar algún tipo de falla o durante el periodo de aplicación de la misma-, pero deberán registrar la venta en el Libro del Sistema Receta de Médica Digital.

Cabe señalar que para que este tipo de receta sea válida, la misma deberá contener todos los datos del paciente (tales como su nombre completo, DNI, número de historia clínica digital, etc.), los del profesional, información sobre la medicación prescrita e información adicional (como la fecha y persona autorizada a retirar las drogas).

La misma se implementará en cuatro etapas: en los primero 12 meses de sancionada la ley deberá estar en todos los efectores públicos de la Ciudad y sus farmacias hospitalarias; a los 18 meses para para Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires y la red de farmacias vinculadas con la misma; a los 24 meses para los efectores de salud privados y la Red de Farmacias; y a los 36 meses para los profesionales particulares.

Alberto Fernández promulgó la ley de receta digital

El proyecto impulsado originalmente por el diputado Pablo Yedlin ya tiene plena vigencia.

El presidente de la Nación, Alberto Fernández promulgó con el número 27.553 la ley de recetas electrónicas o digitales, propuesta por el diputado nacional Pablo Yedlin que legaliza la prescripción digital y teleasistencia en salud tanto de aquellas que ya se realizan, como todas las otras actuaciones relacionadas con la generación de prescripciones y entrega de medicamentos que son realizadas de puño y letra.

Yedlin en enero de 2019 logró que el entonces presidente Mauricio Macri promulgara la Ley de Vacunas 27.491, luego que en diciembre de 2018 fuera votada por consenso por todos los bloques partidarios tanto de Diputados como del Senado de la Nación. En 2020, el presidente Alberto Fernández promulgó su segundo proyecto de ley, que al igual que la nueva ley de vacunas también fue votada por unanimidad de todos los bloques partidarios.

“Me siento orgulloso de representar a Tucumán, y que pese a la ‘grieta’ que divide a nuestro país hayamos logrado el consenso -con mis colegas del Frente de Todos, de Juntos por el Cambio y otros bloques opositores- para que en apenas dos años y medio de mi gestión se promulguen dos leyes fundamentales para los argentinos y para la salud pública” sostuvo Pablo Yedlin quien además es presidente de la Comisión de Acción Social y Salud de la Cámara de Diputados de la Nación.

Durante 2019, Yedlin realizó numerosas reuniones con funcionarios del ministerio de Salud de la Nación, directivos de la Agencia Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA). En 2020, la pandemia mundial el proyecto de ley despertó el interés del gobierno del presidente Alberto Fernández ya que facilita trámites aun con aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Para la confección de esta ley se hizo un análisis pormenorizado de todas las disposiciones existentes en nuestro país (Ley 17132/1967, Ejercicio Profesional de la Medicina y Ley 17565/1967, Ejercicio Profesional de la Farmacia, Ley 23277, Ejercicio Profesional de la Psicología) y se contemplaron todos puntos que debían modificarse para hacer de la receta electrónica y de la teleasistencia en salud herramientas legales.

Esta ley ordena también las leyes que regulan específicamente los medicamentos psicotrópicos y estupefacientes (Leyes 18818/1968 (Estupefacientes) y 19303/1971 (Psicotrópicos) que son medicamentos que  requieren algunos controles integrales específicos y pautas de seguridad especiales en su manejo.