Piden que se avance con una norma para inscribir bebés nacidos por subrogación de vientre

La primera pareja de hombres en la Argentina en convertirse en padres por este método le exigieron a los legisladores porteños que aprueben una ley en ese sentido. En la Casa hay un proyecto del radical Ariel Álvarez Palma que busca regular esta situación.

Con la intención de poder constituir formalmente su familia, la primera pareja de hombres en la Argentina en convertirse en padres por subrogación de vientre, Leonardo Polti e Ignacio Santalla, le pidieron a los legisladores porteños que avancen con una normativa para poder registrar a Juan Pablo –el bebé nacido por este método- como hijo de ambos.

La mujer que prestó el vientre para poder llevar a cabo la subrogación fue Cinthia, una amiga de la pareja, por lo que el niño –que ya tiene seis años-  está registrado como hijo de ella y de Ignacio. Para revertir esta situación, la pareja fue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde el procurador Víctor Abramovich les dio la razón, pero aún no hay un fallo al respecto.

Es por ello que ahora la pareja le exige a los legisladores que avancen con un proyecto de ley impulsado por el diputado de la UCR-Evolución, Ariel Álvarez Palma, que prevé regular en la Ciudad la inscripción de los niños nacidos a través de gestación solidaria o por sustitución. De hecho ya se reunieron con el mencionado radical, las oficialistas Lucía Romano y Gimena Villafruela (VJ) y la kirchnerista Victoria Montenegro (FdT).

De acuerdo al proyecto, el registro de los nacimientos deberá ser llevado a cabo sin efectuar discriminación alguna de género y priorizando el interés superior del niño o niña a estar debidamente inscriptos por quienes hayan manifestado voluntad procreacional.  Es así que se deberá acreditar, al momento del registro tanto el nacimiento como la voluntad procreacional de los solicitantes expresada de forma previa, libre e informada.

Al mismo tiempo que deberá quedar documentado que la persona gestante hubiera expresado no tener voluntad procreacional. Los documentos deberán ser presentados al momento de la inscripción debidamente legalizados, de esta forma quienes manifiesten la voluntad procreacional serán incluidos en el acta de nacimiento; mientras que la información de la persona gestante será asentada en el legajo correspondiente al acta mencionada.

Al respecto de la iniciativa, Álvarez Palma explicó que “en la actualidad cuando ambos padres son varones la inscripción de los nacimientos en el Registro Civil de la Ciudad producidos a través de técnicas de reproducción humana medicamente asistida, de alta complejidad o de gestación solidaria, depende de una medida cautelar cuya vigencia futura se desconoce” e indicó que su “objetivo es que el interés superior de las niñas y niños sea contemplado por una ley que asegure su cumplimiento y evite toda discrecionalidad, porque todos y todas deben tener los mismos derechos”.

Sobre esa misma línea señaló que “la preservación de los datos en el legajo es para resguardar el derecho del niño o niña a conocer su identidad por razones debidamente fundadas, evaluadas por una autoridad judicial, en los términos del artículo 564 del Código Civil y Comercial de la Nación” y advirtió que “con esta acción se deja constancia además de datos médicos del o los donantes en caso de que en un futuro la historia genética de  los niños y las niñas sea relevante por cuestiones referentes a su salud”.

“Respecto de la inscripción de las y los menores nacidos fuera del ámbito de la Ciudad, los y las solicitantes deberán presentar el acta de nacimiento original donde conste la fecha y lugar del nacimiento y la firma del médico. Si el nacimiento se produjera fuera de los centros de salud sin intervención médica y se acreditan las razones, la inscripción se realizará normalmente previa intervención del Ministerio Público Tutelar”, sentenció el legislador porteño.

Marley visitó el Congreso por su experiencia con la gestación por sustitución

Un senador nacional recibió en su despacho al conductor de televisión que fue padre de Mirko, gracias a la gestación por sustitución en Estados Unidos.

En medio de la sesión del Senado de la Nación, el senador mendocino Julio Cobos hizo un alto y recibió en su despacho al conductor de La Voz Argentina, Alejandro “Marley” Wiebe, con un objetivo específico: la subrogación de vientre.

Con el espíritu de avanzar en el debate sobre proyecto de ley que brinde un marco legal a la gestación por sustitución, Cobos recibió a Marley para que aporte su experiencia en la subrogación de vientre que dio vida a su hijo Mirko.

En sus redes sociales, el legislador radical publicó: “Recibí a Marley en el Congreso de la Nación, para hablar de los proyectos de Gestación por Sustitución que hemos presentado y que buscan dar cobertura legal a cientos de hombres y mujeres que quieren formar una familia”.

“Argentina debe dar una respuesta legal a esta realidad”, dijo Cobos, quien agradeció a Marley por “su interés en el tema y su ayuda para darlo a conocer y visibilizarlo”.

Por su parte, Marley escribió en Twitter: “Gracias por recibirme”.

Hace 4 años, el conductor de televisión anunciaba el nacimiento de su hijo: “Mirko nació el 27 de octubre de 2017 gracias a la subrogación de vientre en los Estados Unidos”.

En la Ciudad piden regular la inscripción de bebés nacidos por subrogación de vientre

Se trata de una propuesta del radical Ariel Álvarez Palma, quien explicó que “las personas que nacen a través de gestación solidaria o por sustitución tienen los mismos derechos que las demás”.

Con la intención de garantizar el derecho a la identidad de los recién nacidos, el legislador de la UCR-Evolución Ariel Álvarez Palma presentó en la Legislatura porteña un proyecto de ley a través del cual prevé regular en la Ciudad la inscripción de los niños nacidos a través de gestación solidaria o por sustitución.

De acuerdo al proyecto, el registro de los nacimientos deberá ser llevado a cabo sin efectuar discriminación alguna de género y priorizando el interés superior del niño o niña a estar debidamente inscriptos por quienes hayan manifestado voluntad procreacional.  Es así que se deberá acreditar, al momento del registro tanto el nacimiento como la voluntad procreacional de los solicitantes expresada de forma previa, libre e informada.

Al mismo tiempo que deberá quedar documentado que la persona gestante hubiera expresado no tener voluntad procreacional. Los documentos deberán ser presentados al momento de la inscripción debidamente legalizados, de esta forma quienes manifiesten la voluntad procreacional serán incluidos en el acta de nacimiento; mientras que la información de la persona gestante será asentada en el legajo correspondiente al acta mencionada.

Al respecto de la iniciativa, Álvarez Palma explicó que “en la actualidad cuando ambos padres son varones la inscripción de los nacimientos en el Registro Civil de la Ciudad producidos a través de técnicas de reproducción humana medicamente asistida, de alta complejidad o de gestación solidaria, depende de una medida cautelar cuya vigencia futura se desconoce” e indicó que su “objetivo es que el interés superior de las niñas y niños sea contemplado por una ley que asegure su cumplimiento y evite toda discrecionalidad, porque todos y todas deben tener los mismos derechos”.

Sobre esa misma línea señaló que “la preservación de los datos en el legajo es para resguardar el derecho del niño o niña a conocer su identidad por razones debidamente fundadas, evaluadas por una autoridad judicial, en los términos del artículo 564 del Código Civil y Comercial de la Nación” y advirtió que “con esta acción se deja constancia además de datos médicos del o los donantes en caso de que en un futuro la historia genética de  los niños y las niñas sea relevante por cuestiones referentes a su salud”.

“Respecto de la inscripción de las y los menores nacidos fuera del ámbito de la Ciudad, los y las solicitantes deberán presentar el acta de nacimiento original donde conste la fecha y lugar del nacimiento y la firma del médico. Si el nacimiento se produjera fuera de los centros de salud sin intervención médica y se acreditan las razones, la inscripción se realizará normalmente previa intervención del Ministerio Público Tutelar”, sentenció el legislador porteño.