Buscan equiparar derechos reproductivos de las personas con discapacidad

Por intervención de la diputada Lucila Masin se modificaron dos artículos de la Ley nacional 26.130 de Contracepción Quirúrgica.

Tras intervención de la diputada nacional Lucila Masin, se modificaron dos artículos de la Ley nacional 26.130 de Contracepción Quirúrgica, que permitió equiparar derechos para la vida sexual y reproductiva de las personas con discapacidad

Con cambios en dos artículos (2 y 3) se explicitan las mismas garantías que para otros adultos en el acceso a una ligadura de trompas de Falopio o a una vasectomía en el sistema de salud. 

Con la redacción anterior un familiar o personal del sistema de salud podía decidir por ellas”, recordó la diputada nacional Lucila Masin en declaraciones periodísticas. 

En sintonía con el nuevo Código Civil y Comercial, la aprobación en la sesión especial del 1 de julio fijó un régimen de aplicación para las prácticas, manteniendo la mayoría de edad y explicita el consentimiento libre e informado tanto para aceptar como para negarse.  

Masin lamentó que aún existan casos en los que se cercena el derecho a formar una familia o a decidir el momento para hacerlo: “Nos encontramos con muchas personas, la mayoría mujeres, que no podían planificar su proyecto de vida porque les habían hecho una ligadura sin su consentimiento o sin haber sido informadas”, expresó. 

Como secretaria de la comisión de Discapacidad, la legisladora además plantea que “saber en qué consiste una práctica es respetar los derechos consagrados en la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad, un tratado de rango constitucional en nuestro país”.  

Hace años que el proyecto de ley es impulsado colectivamente junto a asociaciones de personas con discapacidad, como REDI y FUSA, tomando como base el proyecto de la exdiputada Gabriela Troiano. 

Presentan nuevos proyectos para ampliar el acceso a derechos sexuales y reproductivos

Las iniciativas de la diputada nacional Lucila Masin buscan fortalecer el consentimiento de las personas con discapacidad a la hora de acceder a prácticas quirúrgicas relacionadas con derechos reproductivos.

Presentan un proyecto de prácticas quirúrgicas denominadas “ligadura de trompas de Falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía en los servicios de sistema de salud para personas con discapacidad”, que propone introducir cambios en la redacción de las Leyes 26.130 y 17.132 para adecuarlas a la legislación actual y “fortalecer la voluntad y autonomía de las personas con discapacidad”. 

El proyecto, presentado por la diputada nacional Lucila Masin, acompañado por las firmas de Cristina Brítez y de los exdiputados Carlos Castagneto, Laura V. Alonso y José Ciampini, recoge el trabajo de consenso realizado en las comisiones de Salud y Acción Social y Discapacidad en 2017, sobre dos proyectos encabezados por la exlegisladora Gabriela Troyano, así como las consultas realizadas a varias organizaciones en la temática, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Se propone una modificación de sustancial importancia en la Ley 26.130, que establece el Régimen para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica, al garantizar a toda persona mayor de edad (mayor de 18 años) el derecho de acceder a la realización de las prácticas denominadas “ligadura de trompas de Falopio” y “ligadura de conductos deferentes o vasectomía” en los servicios del sistema de salud. 

La iniciativa consiste en poner la ley acorde con lo dispuesto sobre la capacidad de las personas, en el Código Civil y Comercial vigente y en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (con rango constitucional). 

La segunda norma que se propone adecuar es la 17.132 de Régimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontología y Actividades Auxiliares. En un aspecto del artículo 20 se remarca “el valor del consentimiento informado” de la persona ante la práctica de una intervención que provoque la imposibilidad de engendrar o concebir. 

Esta propuesta se basa en la premisa de que las restricciones totales o parciales al ejercicio de su capacidad jurídica una persona con discapacidad no sea utilizadas como fundamento para legitimar la violación a su derecho a brindar el consentimiento informado ante una práctica de contracepción quirúrgica. “En igualdad de condiciones con las demás personas se busca garantizar así su derecho humano a decidir sobre sus derechos sexuales y reproductivos”, enuncia. 

En caso de ser necesario, la reforma prevé los mecanismos dispuestos en el sistema de apoyos del artículo 32 del Código Civil y Comercial, para garantizar la autonomía de las personas con discapacidad a la hora de tomar decisiones y en muchos casos terminar con la práctica de las esterilizaciones forzadas, que lesionan su derecho a la salud, a la igualdad y a la no discriminación, manteniendo su fertilidad y el derecho a formar una familia, en igualdad de condiciones con las demás personas.