Por Federico M. Fernández. Los sucesos registrados en el país caribeño han dejado un estado de situación que demanda la consideración de normas y principios relevantes de derecho internacional, como así también atender las leyes de cada país.
La situación planteada implica un complejo entramado de derecho internacional, relaciones diplomáticas y derechos humanos. Para abordar cada uno de los puntos, es importante considerar las normas y principios relevantes, tanto del derecho internacional como de las leyes específicas de los países involucrados. Abordar el problema requiere una comprensión clara de cómo se aplican y entrelazan estos diferentes elementos. Es necesario considerar las obligaciones internacionales de ambos países, sus políticas internas, y cómo manejar las relaciones diplomáticas en un contexto de derechos humanos y protección de refugiados.
La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961) y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963) establecen los marcos normativos para la relación entre Estados en el ámbito diplomático y consular. Según estos tratados, un Estado receptor tiene el derecho de solicitar el retiro de personal diplomático y consular de otro Estado sin necesidad de justificar su decisión (Art. 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas). El Estado solicitante debe garantizar la inviolabilidad del personal y sus pertenencias durante su retiro.
En este caso, Venezuela ha solicitado el retiro de los diplomáticos argentinos, asegurando garantías para su salida. Esta acción, aunque drástica, es legítima bajo el derecho internacional, siempre y cuando se respeten las garantías ofrecidas.
La extraterritorialidad de las embajadas y su inviolabilidad (Art. 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas) protege a las personas dentro de sus instalaciones.
Sin embargo, esta protección no es absoluta y no implica asilo diplomático, que es un concepto más restringido y controvertido.
La República Argentina tiene un compromiso con los derechos humanos y ha ratificado la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967. Estos instrumentos obligan a los Estados a proteger a las personas que soliciten asilo y a no devolverlas a un país donde sus vidas o libertades estén amenazadas (principio de nonrefoulement). Además, la Ley Argentina de Protección al Refugiado (Ley N° 26.165) establece procedimientos para el reconocimiento de la condición de refugiado y otorga derechos a los solicitantes y refugiados reconocidos.
El derecho internacional reconoce el derecho de asilo, aunque la práctica de asilo diplomático es menos clara y está sujeta a acuerdos bilaterales o regionales específicos.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, 1969), en su Artículo 22.7, también reconoce el derecho de buscar asilo, aunque deja en manos de los Estados las modalidades de su otorgamiento.
Casos similares incluyen la situación de Julian Assange en la Embajada de Ecuador en Londres y el caso de Chen Guangcheng en la Embajada de Estados Unidos en Beijing.
Ambos casos ilustran las tensiones entre la soberanía estatal, los derechos humanos y las normas diplomáticas.
La solicitud del gobierno venezolano para retirar a los diplomáticos argentinos es legal desde el punto de vista del derecho internacional, ya que los Estados tienen el derecho de solicitar el retiro de diplomáticos (Art. 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones
Diplomáticas). No obstante, el contexto y las razones subyacentes pueden ser objeto de debate político y diplomático.
Intervención de Otros Países y Organismos Internacionales
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR): Este organismo puede intervenir para facilitar el proceso de protección y buscar soluciones duraderas, como el reasentamiento en un tercer país.
Países Terceros: Otros Estados pueden ser llamados a colaborar, ya sea para acoger a los refugiados o para mediar en la resolución de la situación. La cooperación internacional es esencial en estos casos para garantizar una solución justa y humanitaria.
La diplomacia parlamentaria y la diplomacia tradicional pueden desempeñar roles complementarios:
Diplomacia Parlamentaria: Puede actuar como un canal adicional de comunicación y presión, promoviendo el respeto a los derechos humanos y buscando apoyo internacional.
Los parlamentarios pueden utilizar sus redes y conexiones internacionales para influir en otros gobiernos y organismos internacionales, movilizando apoyo para la protección de los refugiados.
Colaboración con la Cancillería: Es crucial que la diplomacia parlamentaria trabaje en conjunto con la Cancillería Argentina para garantizar un enfoque coordinado y coherente.
La Cancillería tiene el rol principal en la negociación diplomática y en la implementación de la política exterior del país, incluyendo la protección consular y la gestión de crisis.
Aportes finales
La reciente solicitud del gobierno de la República Bolivariana de Venezuela para el retiro de los funcionarios diplomáticos y consulares argentinos ha generado un desafío adicional respecto a la situación de los ciudadanos venezolanos refugiados en nuestra embajada.
Estos individuos buscan protección debido a temores de persecución en su país de origen.
Es imperativo que Argentina responda a esta situación en pleno cumplimiento de nuestras obligaciones internacionales y nacionales en materia de derechos humanos y protección de refugiados.
Argentina es signataria de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967, así como de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo cual nos compromete a proteger a los refugiados y a no devolverlos a un lugar donde
puedan sufrir persecución (principio de non-refoulement). La Ley N° 26.165 de Protección al Refugiado de Argentina establece los procedimientos y derechos para aquellos que buscan asilo en nuestro país.
La embajada argentina debe continuar brindando protección temporal a los refugiados dentro de sus instalaciones. Esta medida es conforme a las normas de inviolabilidad de las misiones diplomáticas establecidas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. Se recomienda iniciar contactos inmediatos con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) para coordinar una solución a largo plazo para los refugiados, que puede incluir el reasentamiento en un tercer país. Este paso es crucial para asegurar una transición segura y respetuosa de los derechos humanos.
La diplomacia parlamentaria puede jugar un papel crucial en la movilización de apoyo internacional. Se recomienda que los parlamentarios argentinos contacten a sus homólogos en otros países para buscar su respaldo en la protección de estos refugiados, destacando los principios humanitarios y los derechos humanos involucrados. Es esencial una colaboración estrecha con la Cancillería para asegurar que todas las acciones estén alineadas con la política exterior de Argentina. La Cancillería debe liderar las negociaciones con el gobierno venezolano y con terceros países, buscando una solución que garantice la seguridad de los refugiados y respete la soberanía de Venezuela.
Finalmente, se recomienda una estrategia de comunicación clara y consistente, tanto nacional como internacionalmente, que destaque el compromiso de Argentina con los derechos humanos y la protección de los refugiados. Esta narrativa debe enfatizar que las acciones tomadas están en pleno cumplimiento con el derecho internacional y los principios humanitarios. La situación requiere un manejo diplomático delicado y una coordinación eficaz entre múltiples actores. Argentina debe continuar protegiendo a los refugiados dentro del marco de la ley internacional y nacional, mientras busca soluciones diplomáticas que respeten la soberanía de Venezuela y los derechos de las personas involucradas.
Federico M. Fernández es especialista en Gestión Pública para el Desarrollo, Diplomacia y Cooperación Parlamentaria. Abogado UNC y ha completado programas de posgrado y maestría en Project Management y Compliance Officer en diversas instituciones de renombre, incluyendo UCEMA y la Universidad de Pensilvania.
En un contexto de debate intenso sobre la mega ley denominada “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, un grupo de profesionales en Ciencias Económicas y Derecho ha emprendido un esfuerzo colaborativo para impulsar la profesionalización y jerarquización de la labor legislativa en el Congreso nacional.
Marcelo Muscillo y Federico Fernández, junto con otros destacados profesionales como el contador Bruno y el doctor contador Forlano, han liderado un proyecto que busca implementar Compliance e Indicadores de Gestión en áreas cruciales del Estado, especialmente en el ámbito legislativo. Este esfuerzo, respaldado por una colaboración estratégica con la Asociación Argentina de Auditores del Estado, representa un hito en la búsqueda de una legislación más eficiente y transparente.
El doctor Muscillo, contador - MBA especialista en Estrategia y Negociación, en Diplomacia Parlamentaria y Tecnica Legislativa, explicó: “La génesis de este proyecto se gestó a partir de la creación de un Brief de investigación académica, cuyo enfoque se centró en la aplicación de indicadores de gestión parlamentaria respaldados por evidencia científica”. agregando que “la importancia de esta colaboración, basada en la experiencia empírica acumulada a lo largo de los años en el sector público, privado y legislativo, radica en la capacidad única de amalgamar conocimientos provenientes del Derecho Administrativo, Administración Pública, Derecho Parlamentario, Práctica Legislativa, Compliance y Auditoría de Fraude”.
Una mirada internacional y científica
Durante el proceso de investigación, el equipo se sumergió en el análisis detallado de los mecanismos de medición de gestión parlamentaria propuestos por la Unión Interparlamentaria, que engloba a más de 145 parlamentos en todo el mundo. Para el doctor Fernández “este enfoque internacional y científico pretende comprender el alcance y la aplicabilidad de dichos estándares en el contexto legislativo argentino”.

El informe, no solo refleja un compromiso inquebrantable con la excelencia académica, sino también una profunda convicción de que la colaboración plural y objetiva es esencial para aplicar estándares internacionales. “Este compromiso se materializó en un viaje a Ginebra en 2018, donde fuimos convocados para exponer sobre el “Parlamento del Futuro” por la Unión Interparlamentaria”, destaca Muscillo.
Hacia una legislación más efectiva y transparente
Estas propuestas, surgidas de un diálogo genuino, aspiran a catalizar una transformación positiva en el ámbito legislativo argentino, promoviendo la transparencia y contribuyendo al bienestar de la sociedad.
El trabajo propone recomendaciones legislativas fundamentadas en una fusión de conocimientos en áreas como Derecho Administrativo, Administración Pública, Derecho Parlamentario, Práctica Legislativa, Compliance y Auditoría de Fraude. Estas sugerencias, fruto de una colaboración sincera, buscan inspirar un cambio positivo en el cuerpo legislativo argentino, fomentando la transparencia y contribuyendo al bienestar de la sociedad.
En resumen
El informe destaca la importancia de la democracia como forma de gobierno, subrayando que la buena gobernanza es esencial para la gestión efectiva de los recursos públicos. Los indicadores de gestión propuestos se presentan como herramientas valiosas para respaldar el aprendizaje y el crecimiento dentro del ámbito legislativo argentino, ofreciendo una perspectiva única que fortalece la institucionalidad y mejora la práctica parlamentaria.
Este trabajo académico propone metas clave para el Congreso bicameral argentino, utilizando indicadores de gestión parlamentaria como medios necesarios para alcanzar éxitos significativos en la construcción de una legislación más eficiente y efectiva. Con Federico Fernández a la cabeza, este equipo de profesionales abraza la convicción de que solo a través de la colaboración y la aplicación de estándares internacionales es posible lograr un cambio positivo en la legislatura argentina.