Sancionan ley que prohíbe la comercialización y uso de pirotecnia sonora

Los diputados de la provincia de Buenos Aires sancionaron la ley que regula el uso, depósito y comercialización de pirotecnia.

La iniciativa, sancionada por los diputados este viernes de madrugada, toma como base un proyecto del senador de mandato cumplido de Juntos, Juan Carlos Fiorini, con el agregado de un proyecto de ley del senador Eduardo Bucca, y pretende prohibir el uso de “artículos de pirotecnia de alto impacto sonoro” en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires para “proteger la salud de la población” de sus “efectos audibles, fumígenos, químicos y físicos”.

Específicamente se establece, en el articulado, la prohibición “de la comercialización, la venta al público mayorista o minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.

Además, introduce una regulación para los actos oficiales al prohibir “la adquisición y uso por parte del sector público provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

No obstante, se evita extender la prohibición a los “artificios de uso práctico” que se emplean en ferrocarriles, en transportes terrestres y aéreos, en sectores agropecuarios o industriales, en la navegación marítima y fluvial, y en las fuerzas de seguridad, y también los que se manipulan en casos de localización de personas, sistemas de seguridad, detección de incendios y emergencias, entre otros.

La normativa también avanza hacia las multas ante el incumplimiento que serán de “entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la provincia de Buenos Aires” para las personas físicas y clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que vendan “en forma mayorista o minorista” artificios o cohetería.

En otro orden también se sancionó en la sesión de este viernes un proyecto de ley, de la senadora Daniel Reich para garantizar el derecho a acceder, deambular y permanecer en espacios públicos o de uso público de manera libre, en compañía de un perro de asistencia a toda persona con discapacidad.

Aprueban proyecto de ley que prohíbe la comercialización y uso de pirotecnia sonora

Los senadores de la provincia de Buenos Aires aprobaron en la sesión de este miércoles la ley que regula el uso, depósito y comercialización de pirotecnia.

La iniciativa, aprobada por los senadores y que ahora deberá ser tratada por los diputados para proseguir con su trámite parlamentario, toma como base un proyecto del senador de mandato cumplido de Juntos, Juan Carlos Fiorini, con el agregado de un proyecto de ley del senador Eduardo Bucca, y pretende prohibir el uso de “artículos de pirotecnia de alto impacto sonoro” en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires para “proteger la salud de la población” de sus “efectos audibles, fumígenos, químicos y físicos”.

Específicamente se establece, en el articulado, la prohibición “de la comercialización, la venta al público mayorista o minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.

Además, introduce una regulación para los actos oficiales al prohibir “la adquisición y uso por parte del sector público provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

No obstante, se evita extender la prohibición a los “artificios de uso práctico” que se emplean en ferrocarriles, en transportes terrestres y aéreos, en sectores agropecuarios o industriales, en la navegación marítima y fluvial, y en las fuerzas de seguridad, y también los que se manipulan en casos de localización de personas, sistemas de seguridad, detección de incendios y emergencias, entre otros.

La normativa también avanza hacia las multas ante el incumplimiento que serán de “entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la provincia de Buenos Aires” para las personas físicas y clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que vendan “en forma mayorista o minorista” artificios o cohetería.

En otro orden también se aprobó en la sesión de este miércoles un proyecto de ley, de la senadora Daniel Reich para garantizar el derecho a acceder, deambular y permanecer en espacios públicos o de uso público de manera libre, en compañía de un perro de asistencia a toda persona con discapacidad.

Y además, fue aprobado por los presentes y de igual modo girado a la cámara baja, un proyecto de ley empujado por la senadora de Juntos Aldana Ahumada que pretende regularlas condiciones de prestación de servicios en las “playas inclusivas” de costas marítimas, fluviales o lacustres ubicadas en la provincia de Buenos Aires.