Se promulgó la Ley de Equidad de Género en los Medios de Comunicación

La norma fue oficializada este jueves en el Boletín Oficial. Se había aprobado, con polémica, el pasado 11 de junio en la Cámara de Diputados. Qué establece.

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El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.635 de Equidad de Género en los Medios de Comunicación, que había sido sancionada el pasado 11 de junio por la Cámara de Diputados, tras un debate que tuvo polémica, y obtuvo 134 votos afirmativos y 9 negativos.

Su objetivo es promover la equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual en los servicios de comunicación, cualquiera sea la plataforma utilizada.

El alcance de la ley es a todos los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal y prestadores de gestión privada con o sin fines de lucro, en los términos que establece la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Los servicios estatales son aquellos bajo la esfera de Radio y Televisión Argentina S.E., Contenidos Públicos S.E. y Télam S.E., y estarán obligados a cumplir con lo que dispone la ley, mientras que los medios de gestión privada deberán cumplir con el régimen de promoción que deberá crear la autoridad de aplicación, que designará el Poder Ejecutivo.

Se considera “equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual” a “la igualdad real de derechos, oportunidades y trato de las personas, sin importar su identidad de género, orientación sexual o su expresión”.

La equidad deberá aplicarse sobre la totalidad del personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación, incluyendo los cargos de conducción y/o de toma de decisiones.

Otro aspecto destacado es que debe garantizarse una representación de personas travestis, transexuales, transgénero e intersex en una proporción no inferior al 1% de la totalidad del personal.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte de los responsables de los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal dará lugar a las sanciones de llamado de atención y apercibimiento.

Entre las múltiples funciones de la autoridad de aplicación, que será determinada por el Poder Ejecutivo, se destacan: la de promover políticas de cuidado; e impulsar el uso del lenguaje inclusivo en la producción y difusión de contenidos.

Los medios públicos deberán adecuar sus normas estatutarias y procedimientos de selección de personal a las disposiciones de la ley, y hasta tanto se garantice la equidad en la representación de los géneros, los puestos de trabajo deberán ser cubiertos de manera progresiva atendiendo a las vacantes que se produzcan.

En gran parte de la oposición de la Cámara de Diputados, que no acompañó la ley, habían cuestionado con especial énfasis una serie de artículos. Uno de ellos es el 6, que estipula que la autoridad de aplicación deberá crear “un registro de servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada y expedirá un certificado de equidad en la representación de los géneros para aquellos prestadores que incluyan dicho principio en sus estructuras y planes de acción”.

A continuación, el artículo 7 establece que para acceder al registro y obtener el certificado -del artículo anterior-, los medios privados “deben elaborar anualmente un informe donde acrediten progresos en materia de equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual”, detallando el cumplimiento de al menos 4 de 7 requisitos.

Estos son: procesos de selección de personal basados en el respeto del principio de equidad en la representación de los géneros; políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y de diversidad sexual; implementación de capacitaciones permanentes en temáticas de género y de comunicación igualitaria y no discriminatoria, de conformidad con la normativa vigente en la materia; acciones para apoyar la distribución equitativa de las tareas de cuidado de las personas trabajadoras; disposición de salas de lactancia y/o de centros de cuidado infantil; promoción del uso de lenguaje inclusivo en cuanto al género en la producción y difusión de contenidos de comunicación; y protocolo para la prevención de la violencia laboral y de género.

Y luego, el artículo 8, cuestionado en el recinto, bajo el título “preferencia” indica que “los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada a los que se otorgue el certificado de equidad en la representación de los géneros tienen preferencia en la asignación de publicidad oficial”.

Durango: “Tenemos voz, no queremos que hablen por nosotras”

Autora del proyecto de Equidad de Género en los Medios de Comunicación, la senadora pampeana defendió su iniciativa y atribuyó las resistencias a que #no quieren que las mujeres tengan voz y presencia en los medios”.

La Cámara de Diputados convirtió en ley la norma que busca garantizar la presencia de mujeres y disidencias en los medios y también su participación en los directorios.

El proyecto, autoría de la senadora pampeana Norma Durango y que tenía media sanción del Senado, promueve la “equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad” en los medios de comunicación, “cualquiera sea la plataforma utilizada”, y que contempla un cupo para personas trans y travestis del 1%, fue aprobado sin cambios.

En referencia a esta iniciativa que ahora es ley, Durango señaló que “estábamos confiadas, tranquilas esperando que esto entrara al recinto, pero de pronto anteayer por una nota que publicó un diario nacional, empezaron a surgir problemas y cuestionamientos, rumores de que no la querían votar, que querían modificarla y por ende que volviera a Senadores. Todo desde un supuesto falso, ya que se partía de una interpretación errónea de un artículo, donde se quería hacer ver que la ley se metía con la pauta publicitaria oficial, y eso de ningún modo es así”.

“La verdad que esta es una ley que iguala oportunidades, iguala derechos. Es una ley que incluye en los hechos, no solo en la letra y el espíritu de la ley, las voces de las mujeres. Y lo hace concretamente, incorpora a las mujeres y diversidades en los medios. Y queremos más mujeres en los medios porque, como dije cuando presenté esta iniciativa, y lo voy a seguir diciendo… porque queremos que haya periodistas mujeres que cuenten lo que pasa y lo que nos pasa, desde  una mirada que tenemos las mujeres, una mirada propia,  diferente”, expresó la autora de la norma aprobada en la madrugada de este viernes.

La presidenta de la Banca de la Mujer afirmó que “las mujeres somos más de la mitad de la población del país y por eso no queremos que como ahora, mayoritariamente los medios estén en casi todos los lugares ocupados por varones. Las estadísticas son claras, en un promedio de tres varones a una mujer,  pero fundamentalmente porque nosotras queremos decir lo que nos pasa y lo que pasa desde la visión de las mujeres. Basta de varones contando lo que nos pasa a las mujeres, tenemos voz, no queremos que hablen por nosotras”, dijo.

El proyecto de Durango, redactado con la colaboración de Periodistas Argentinas, y que obtuvo 134 votos afirmativos y 9 negativos, es -dijo Durango- “una iniciativa muy valorada en la región”. En ese sentido, la senadora pampeana confesó haberse sentido sorprendida por el interés que concitó la iniciativa desde que se conoció. Y al respecto contó que fue invitada por legisladoras de Perú, México y Ecuador, como así también la convocaron para exponer su proyecto en el Parlamericas.

“Es un avance, sin dudas, porque todavía padecemos la cultura machista, y quedó demostrado ayer en la sesión y en los medios hegemónicos que querían frenarlo, que hicieron de todo para que no saliera”, sostuvo. ¿Por qué? “Es sencillo: es porque no quieren que las mujeres tengan voz y presencia en los medios”, se respondió.