Anchorena afirmó que “la Agencia de Acceso a la Información Pública no redactó, no impulsó, ni avaló el Decreto 780”

La funcionaria se presentó ante la Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados y aseguró: No tuvimos una intervención formal con un dictamen técnico ni jurídico propio, así como tampoco participamos de reuniones ni de mesas de trabajo”, y culpó al Procurador del Tesoro como el responsable del decreto.

La titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública, Beatriz Anchorena, se presentó este martes ante la Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados, y afirmó que el Decreto 780/24, por el cual se modificó la reglamentación de la Ley 27.275, no fue ni redactado, ni impulsado ni avalado por la Agencia que conduce y culpó al Procurador del Tesoro de incentivar el decreto.

Anchorena inició su alocución destacando que “la argentina ha hecho, en lo que va del S.XXI, un importante progreso en materia de acceso a la información pública en consonancia con lo que ocurre en los países más avanzados intentando ponerse a la altura de los estándares internacionales”.

Así, remarcó que “el derecho al acceso a la información pública es un derecho humano fundamental establecido en la Declaración Universal de DD. HH y en la Convención Americana sobre DD. HH, el Pacto de San José de Costa Rica y tiene, por lo tanto, raigambre constitucional para nuestro país. Se le ha sumado leyes, decretos, fallos que han ido conformando un verdadero régimen, un sistema de acceso a la información pública robusto y con una modernización incremental que está en proceso de conformación por lo que es necesario cuidar, defender, fortalecer y apoyar”.

“Un avance fundamental ha sido la Ley 27.275 de Derecho al Acceso a la Información pública que crea la agencia y, también establece la ley, los principios, valores y procedimientos que rigen al derecho”, remarcó y agregó: “Garantizar que ciudadanía, la sociedad civil pueda reclamar y recibir información sobre las acciones del Estado constituye, además, la puerta de acceso a otros derechos económicos, sociales y culturales. También permite el control ciudadano sobre los poderes del Estado, promueve la transparencia sobre los actos del Gobierno y la rendición pública de cuentas”.

“Hoy defender el derecho a la información al igual que promover la participación ciudadana es defender la democracia”.

La funcionaria opinó: “estoy convencida que todos los actores constitucionales que participan en este tema de este campo, el Poder Legislativo, el Ejecutivo, el Judicial, la Agencia como autoridad de aplicación, las fuerzas políticas y la sociedad civil debemos comprometernos a consolidar el sistema, defenderlo de cualquier intento de cercenar sus valores fundamentales, sus conceptos esenciales, sus procedimientos críticos y su institucionalidad”.

Decreto 780/2424

Anchorena señaló que el derecho al acceso a la información tiene rango constitucional en el artículo 75, en el 2003 con Decreto 11/72, en el 2016 la Ley 27.275, en 2017 el Decreto 206 reglamentario y el DNU 746 que “poda la autonomía de la agencia”, en 2017 resoluciones con criterios orientadores, en el 2019 también, en 2021 ratificación de acuerdos, en 2023 proceso participativo de redacción de reglamento de gestión, solicitudes y reclamos, y en 2024 la resolución 76, 77 y 80 de la agencia y el DNU 780.

“Estamos hablando de un plexo normativo amplio que se tiene que interpretar de forma armónica”, defendió y sumó: “Hay que agregarle hitos de jurisprudencia que son de la Corte Interamericana de DD. HH y de la Corte Suprema de Justicia, como los fallos. También la Ley Modelo Interamericana de Derecho al Acceso a la Información Pública que trae a las organizaciones no gubernamentales como sujetos no obligados”.

“Tenemos los principios de la Ley 27.275 en su artículo 1 que son fundamentales a la hora de interpretar armónicamente el Decreto 780”, y dejó en claro que “materialmente y objetivamente la agencia no redactó, no impulsó, y avaló el decreto 780 y se puede ver claramente en el expediente”. “No tuvimos una intervención formal con un dictamen técnico ni jurídico propio, así como tampoco participamos de reuniones ni de mesas de trabajo”, agregó.

Anchorena hizo observaciones a la medida: “Acá hay una precuela del Decreto 780 que es el dictamen del Procurador del Tesoro del 23 de julio en donde recomienda que se redefina el concepto de información pública de la Ley 27.275”.

“El Decreto se caratuló en la presidencia, fue a la secretaria de Planificación Normativa donde se elabora un primer proyecto de decreto que va luego a jefatura de Gabinete y se gira al buzón general de la agencia una versión preliminar que no fue el que se terminó publicando en el Boletín Oficial de modificación del decreto reglamentario”, explicó y siguió: “Al tomar conocimiento la dirección de contenido y normativa de acceso a la información redactó comentarios sobre los puntos críticos a la espera de ser convocados a una mesa de diálogo, pero no fue posible llevarlo a cabo una reunión, ni una mesa de trabajo. Finalmente, la idea de que podamos subir las modificaciones no se pudo llevar a cabo porque el Decreto tenía que ser firmado ese día”.

Según Anchorena se “enteraron de la medida a través de la publicación del Boletín Oficial y ese mismo día teníamos programada una reunión con agencias”, y apuntó: “El Consejo de la Magistratura también tiene algo para decir, el Ministerio Público Fiscal también”, y sugirió poner en agenda la posibilidad de que el Congreso también cuente con una Agencia de Información Pública.

La funcionaria comentó: “Con las agencias llegamos a la conclusión de que el Decreto no era necesario porque contamos los instrumentos para administrar la atención entre la privacidad de los funcionarios públicos y el acceso a la información. Este plexo normativo nos da los instrumentos, pero de todas maneras el Decreto se debe interpretar de forma armónica con los principios y tratados internacionales y en ese sentido entiendo que se va a avanzar”.

Así, volvió a apuntar: “El dictamen del Procurador del Tesoro finaliza recomendando que se modifique la definición de información pública”.

La Agencia de Acceso a la Información Pública

Según contó Anchorena, la agencia se creó en el 2017 a fines de septiembre a un año de la aprobación de la ley. La Agencia es autoridad de aplicación, órgano garante y rector de la Ley de Derecho al Acceso de la Información pública y de la Ley de Protección de Derechos Personales.

El trabajo de la agencia está conformado por tres direcciones nacionales: acceso a la información, protección de datos y dirección nacional de evaluación de políticas de transparencia que “es reciente creación hace dos años”.

“La agencia tiene tan solo siete años, pero transcurrió por tres gestiones de gobierno diferentes”, resaltó y sumó: “Desde enero de 2021 a marzo de 2022 estuvo acéfala. Recién en marzo de 2022 se designó una nueva titular donde se comprometió por el contrato social ciudadano, legitimar la acción de la agencia a través de un acuerdo que promueve el compromiso entre el Estado y la sociedad, la construcción de capacidades estatales para que todos los sujetos obligados cuenten con las herramientas necesarias para concretar el acceso a la información pública, la transparencia y la protección de datos personales y sostener la autonomía que es la independencia de la agencia para ello la ley le otorga autarquía y autonomía”.

La funcionaria remarcó que los cuatro compromisos públicos que se asumieron “ya están cumplidos y son el fortalecimiento institucional, el presupuestario, el de recursos humanos y un plan estratégico 2022-2026”. También destacó el salto de calidad en política de transparencia y acceso a la información a través de un portal de transparencia, un nuevo índice de evaluación, nuevos programas y resoluciones que ordenan el sistema.

“El tercer punto constituyó a la actualización normativa de la protección de datos personales que ya se cumplió con el ingreso de un proyecto el mensaje 87/2023 que fue construido con 11 mesas de diálogo y consulta pública”, explicó y cerró al respecto: “El cuarto punto cumplido es la consolidación del Consejo Federal para la transparencia creado por el artículo 29 de la ley”.

Anchorena comentó que al asumir solo había en el Consejo Federal cinco jurisdicciones con representantes provinciales designados y, actualmente, hay 24 representantes y alternos designados con decretos de sus gobernadores que participan de la transparencia.

Sobre el Plan Estratégico 2026 planteó que cuenta con cuatro objetivos: promover y fortalecer el ejercicio del derecho ciudadano en la protección de datos personales y el acceso a la información pública, ampliar las capacidades regulatorias de gestión a nivel nacional y federal; impulsar la transparencia en la gestión pública y fortalecer las capacidades institucionales de la agencia.

Según informó desde octubre de 2017 a la actualidad hay 53.706 solicitudes de acceso a la información publica por lo que “se ha incrementado año tras año. Tenemos una tasa de respuesta del 93.8%, 14 días de promedio para dar respuesta. Desde 2023 empezamos a tener a los organismos que no pertenecen al ecosistema de la gestión documental electrónica”.

“En 2024 tenemos un total de solicitudes de 9.300 con una tasa de respuesta de 95,2%. El Ministerio de Economía es uno de las entidades que más recibe consultas; jefatura de Gabinete, Capital Humano, Salud”, detalló y resaltó que la agencia tiene una “centralización normativa, pero descentralización operativa”.

La titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública se presentará esta semana ante Diputados

La funcionaria asistirá este martes tras el pedido que realizó la oposición para que brinde información sobre el decreto 780/24 por el cual se modificó la reglamentación de la Ley 27.275

La titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública, Beatriz Anchorena, fue convocada a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados este martes 8 de octubre. La reunión será a las 13 en el Salón Delia Parodi, mismo día en que arrancará el debate por el Presupuesto 2025.

La presencia de la funcionaria había sido requerida días atrás, vía una nota formal, por diputados de la oposición dialoguista: la radical Karina Banfi; el cívico Juan Manuel López; Silvana Giudici y Silvia Lospennato, del Pro; y Miguel Pichetto y Oscar Agost Carreño, de Encuentro Federal.

En la solicitud enviada al presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el oficialista Nicolás Mayoraz, los legisladores consideraron que “sería menester que brinde información pertinente al decreto 780/24, debido a los planteos en la opinión pública y de los diputados que integran este cuerpo acerca de la viabilidad constitucional de la reglamentación efectuada por el Poder Ejecutivo a la Ley 27.275”.

El pasado 4 de septiembre, durante la presentación Guillermo Francos, varios diputados consultaron al jefe de Gabinete sobre el decreto. Algunos, como Banfi, reclamaron directamente su derogación. En esa oportunidad, el funcionario dijo que “no hay ninguna intención del Gobierno nacional de limitar el acceso a la información pública” y abrió la puerta a una revisión del mismo. Pero más tarde, desde Casa Rosada, el vocero Manuel Adorni avisó que no se harían cambios. Sin embargo, la preocupación en torno a las modificaciones en el acceso a la información pública fue trasladada también, en reuniones con funcionarios, por los aliados del Pro. Más precisamente en el encuentro que tuvieron con Karina Milei, cinco días después del paso de Francos por el Congreso, y cuando el jefe de Gabinete se encontraba internado.

Tras su publicación, el decreto 780/24 sumó cuestionamientos no sólo desde el Congreso, sino por parte de distintas asociaciones, organizaciones, entidades periodísticas y Defensorías del Pueblo de todo el país.

El bloque de la UCR presentó un proyecto de declaración de rechazo; la CC-ARI propuso su derogación; mientras que Unión por la Patria y Encuentro Federal presentaron sendas iniciativas para declararlo “nulo de nulidad absoluta e insanable” por haberse arrogado el Ejecutivo atribuciones del Poder Legislativo en los cambios introducidos.

A través del decreto, el Gobierno excluyó de la información pública el pedido sobre datos del ámbito privado de los funcionarios, “especialmente” cuando la solicitud pretenda “ingresar a una esfera típicamente doméstica”.

Entre los cambios, se redefine el concepto de “documento” para que las deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo y exámenes preliminares de asuntos gubernamentales no sean considerados de carácter público.

Otra de las modificaciones que encienden las alarmas tiene que ver con que se establece que debe respetarse el principio de “buena fe”, o de lo contrario se podrá entender que existe un “abuso del derecho” remitiendo al artículo 10 del Código Civil.

Tiene fecha la presentación de Anchorena, a cargo de la Agencia de Acceso a la Información Pública

La oposición había solicitado que se la convoque a raíz del polémico decreto 780, por el cual se modificó la reglamentación de la Ley 27.275. Asistirá el próximo 8 de octubre.

La titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública, Beatriz Anchorena, fue convocada a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados el próximo 8 de octubre. La reunión será a las 13 en el Salón Delia Parodi, mismo día en que se estima arrancará el debate por el Presupuesto 2025.

La presencia de la funcionaria había sido requerida días atrás, vía una nota formal, por diputados de la oposición dialoguista: la radical Karina Banfi; el cívico Juan Manuel López; Silvana Giudici y Silvia Lospennato, del Pro; y Miguel Pichetto y Oscar Agost Carreño, de Encuentro Federal.

En la solicitud enviada al presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el oficialista Nicolás Mayoraz, los legisladores consideraron que “sería menester que brinde información pertinente al decreto 780/24, debido a los planteos en la opinión pública y de los diputados que integran este cuerpo acerca de la viabilidad constitucional de la reglamentación efectuada por el Poder Ejecutivo a la Ley 27.275”.

El pasado 4 de septiembre, durante la presentación Guillermo Francos, varios diputados consultaron al jefe de Gabinete sobre el decreto. Algunos, como Banfi, reclamaron directamente su derogación. En esa oportunidad, el funcionario dijo que “no hay ninguna intención del Gobierno nacional de limitar el acceso a la información pública” y abrió la puerta a una revisión del mismo. Pero más tarde, desde Casa Rosada, el vocero Manuel Adorni avisó que no se harían cambios.

Sin embargo, la preocupación en torno a las modificaciones en el acceso a la información pública fue trasladada también, en reuniones con funcionarios, por los aliados del Pro. Más precisamente en el encuentro que tuvieron con Karina Milei, cinco días después del paso de Francos por el Congreso, y cuando el jefe de Gabinete se encontraba internado.

Tras su publicación, el decreto 780/24 sumó cuestionamientos no sólo desde el Congreso, sino por parte de distintas asociaciones, organizaciones, entidades periodísticas y Defensorías del Pueblo de todo el país.

El bloque de la UCR presentó un proyecto de declaración de rechazo; la CC-ARI propuso su derogación; mientras que Unión por la Patria y Encuentro Federal presentaron sendas iniciativas para declararlo “nulo de nulidad absoluta e insanable” por haberse arrogado el Ejecutivo atribuciones del Poder Legislativo en los cambios introducidos.

A través del decreto, el Gobierno excluyó de la información pública el pedido sobre datos del ámbito privado de los funcionarios, “especialmente” cuando la solicitud pretenda “ingresar a una esfera típicamente doméstica”.

Entre los cambios, se redefine el concepto de “documento” para que las deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo y exámenes preliminares de asuntos gubernamentales no sean considerados de carácter público.

Otra de las modificaciones que encienden las alarmas tiene que ver con que se establece que debe respetarse el principio de “buena fe”, o de lo contrario se podrá entender que existe un “abuso del derecho” remitiendo al artículo 10 del Código Civil.

Un grupo de diputados de distintos bloques piden citar a la titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública

La solicitud, encabezada por la radical Karina Banfi, fue enviada al presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales. El motivo es por el polémico decreto 780.

A raíz de un tema que trajo gran polémica días atrás, como lo fue el decreto 780/24, un grupo de diputados de diferentes bloques presentaron un pedido para que se convoque a la titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública, Beatriz Anchorena.

En la solicitud enviada al presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el oficialista Nicolás Mayoraz, los legisladores consideraron que “sería menester que brinde información pertinente al decreto 780/24, debido a los planteos en la opinión pública y de los diputados que integran este cuerpo acerca de la viabilidad constitucional de la reglamentación efectuada por el Poder Ejecutivo a la Ley 27.275”.

La misiva lleva las firmas de la radical Karina Banfi; el cívico Juan Manuel López; Silvana Giudici y Silvia Lospennato, del Pro; y Miguel Pichetto y Oscar Agost Carreño, de Encuentro Federal.

El pasado 4 de septiembre, durante la presentación Guillermo Francos, varios diputados consultaron al jefe de Gabinete sobre el decreto. Algunos, como Banfi, reclamaron directamente su derogación. En esa oportunidad, el funcionario dijo que “no hay ninguna intención del Gobierno nacional de limitar el acceso a la información pública” y abrió la puerta a una revisión del mismo. Pero más tarde, desde Casa Rosada, el vocero Manuel Adorni avisó que no se harían cambios.

Sin embargo, la preocupación en torno a las modificaciones en el acceso a la información pública fue trasladada también, en reuniones con funcionarios, por los aliados del Pro. Más precisamente en el encuentro que tuvieron con Karina Milei, cinco días después del paso de Francos por el Congreso, y cuando el jefe de Gabinete se encontraba internado.

Tras su publicación, el decreto 780/24 sumó cuestionamientos no sólo desde el Congreso, sino por parte de distintas asociaciones, organizaciones, entidades periodísticas y Defensorías del Pueblo de todo el país.

El bloque de la UCR presentó un proyecto de declaración rechazo; la CC-ARI propuso su derogación; mientras que Unión por la Patria y Encuentro Federal presentaron sendas iniciativas para declararlo “nulo de nulidad absoluta e insanable”.

A través del decreto, el Gobierno excluyó de la información pública el pedido sobre datos del ámbito privado de los funcionarios, “especialmente” cuando la solicitud pretenda “ingresar a una esfera típicamente doméstica”.

Entre los cambios, se redefine el concepto de “documento” para que las deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo y exámenes preliminares de asuntos gubernamentales no sean considerados de carácter público.

Otra de las modificaciones que encienden las alarmas tiene que ver con que se establece que debe respetarse el principio de “buena fe”, o de lo contrario se podrá entender que existe un “abuso del derecho” remitiendo al artículo 10 del Código Civil.

Diputados arrancó el debate para modificar la Ley de Protección de Datos Personales

La iniciativa fue enviada por el Poder Ejecutivo el pasado 30 de junio y busca garantizar el derecho de las personas a la protección de sus datos y a la autodeterminación informativa.

Comienza en Diputados el debate sobre protección de datos personales

Se trata de un proyecto del Poder Ejecutivo que tiene por objeto garantizar el ejercicio del derecho fundamental de las personas a la protección de sus datos personales y privacidad.

Presentado el último día del mes de junio con las firmas del presidente Alberto Fernández y su jefe de Gabinete Agustín Rossi, arranca este miércoles 2 de agosto el debate sobre el proyecto de modificación de la Ley de Protección de Datos Personales.

Será a partir de las 11, en un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General, que tendrá lugar en el segundo piso del Anexo C de la Cámara baja. Para tal fin ha sido invitada la directora de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP)n organismo autárquico en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros con rango y jerarquía de secretaría, Beatriz Anchorena.

Precisamente en esa área se venía trabajando desde hace tiempo en el proyecto que finalmente envió el Ejecutivo al Congreso. El anteproyecto fue presentado el 30 de agosto del año pasado en el Centro Cultural Kirchner. Según se informó oportunamente, a lo largo de este proceso se recibieron 173 opiniones, aportes y comentarios presentados por 123 participantes correspondientes a la ciudadanía en general, organizaciones de la sociedad civil, universidades e investigadores, sector privado y sector público nacional e internacional.

Como resultado de este proceso de debate, se presentó el proyecto de ley de Protección de Datos Personales que busca garantizar el ejercicio del derecho fundamental de las personas humanas a la protección de sus datos personales y su privacidad, que entre otras cosas crea el Registro nacional para la protección de los datos personales, como así también un Consejo Federal para la Transparencia y Protección de Datos Personales.

De los 76 artículos que integraron la propuesta de anteproyecto de actualización normativa, 43 artículos fueron revisados y modificados a partir de los aportes y comentarios recibidos. Asimismo, se incorporaron cinco artículos que fueron propuestos en el marco de la consulta pública y el intercambio pormenorizado con diversos organismos públicos, por lo que el proyecto final cuenta con un total de 83 artículos.

En cuanto a sus disposiciones normativas, el proyecto de ley presentado define en su Capítulo 1 las Disposiciones Generales, donde se incluye el objeto de la ley (artículo 1º) y una serie de definiciones (artículo 2°) que amplían el universo conceptual de la vigente Ley N° 25.326 y su modificatoria. En los artículos 3° y 4° se establecen el ámbito de aplicación material y territorial, respectivamente. Aquí se incorpora el principio de extraterritorialidad que establece que la normativa se aplicará en distintos supuestos, aun cuando los responsables de tratamiento de datos no se encuentren en territorio nacional.

En el Capítulo 2 del proyecto se instituyen los principios que se deben respetar para el adecuado tratamiento de los datos personales. Se enumeran el principio de licitud, lealtad y transparencia y los principios de finalidad; de minimización de datos; el de exactitud; de preeminencia; de responsabilidad proactiva y demostrada y el de seguridad de los datos personales.

Asimismo, se determinan las bases legales para el tratamiento de datos, en el artículo 13, lo que implica un cambio de paradigma en relación con lo establecido por la ley vigente. En este punto, se presentan supuestos que legitiman y dan base al tratamiento de datos personales y se abandona la lógica de la ley vigente basada en la prohibición de tratamiento -en caso de no contar con el consentimiento del titular- y en el establecimiento de excepciones. Además, a lo largo de este apartado se determinan las características del consentimiento, el tratamiento de datos sensibles, el tratamiento de datos en el sector público y la protección especial de datos personales en el caso de niñas, niños y adolescentes.

El Capítulo 4 de la propuesta incluye los derechos de los titulares de los datos comprendiendo, entre otros, el derecho a saber si se están  tratando sus datos personales, figurando allí el derecho de acceso, el derecho de rectificación, el derecho de oposición y el derecho de supresión. El proyecto, además, incorpora el derecho a limitación y el derecho sobre las decisiones automatizadas y la elaboración de perfiles.

El Capítulo 5 prevé las obligaciones del responsable y encargado de tratamiento; allí se establecen las medidas para el cumplimiento de la responsabilidad proactiva y se incorporan la figura del Delegado de Protección de Datos (artículo 44), la evaluación de impacto relativa a la protección de datos (artículo 41) y los mecanismos de regulación vinculantes (artículo 48).

Asimismo, en el artículo 47 se crea el Registro Nacional para la Protección de los Datos Personales.

El Capítulo 6 regula en particular la protección de datos de información crediticia y hace referencia a las consideraciones que se deben tener en cuenta para desarrollar de manera adecuada el tratamiento, en particular con relación al plazo de conservación y el deber de comunicar, sin perjuicio de las restantes obligaciones impuestas por la ley.

En relación con las multas, el proyecto incorpora una unidad móvil sujeta a la variación del Índice de Precios al Consumidor y eleva los montos sustantivamente. En este sentido, es importante resaltar que la Ley Nº 25.326, sancionada en el año 2000, en su artículo 31 contiene multas de $1000 a $100.000, montos que no se han actualizado a pesar de que han transcurrido más de 20 años.

El Capítulo 9 del proyecto regula específicamente la acción judicial de habeas data. La mayor innovación consiste en la ampliación de la legitimación activa para acciones colectivas.

0012-PE-2023