El pasaje al distanciamiento social podría flexibilizar el funcionamiento virtual en Diputados

Luego de que el Gobierno dispusiera el fin del aislamiento en el AMBA, en la Cámara baja evalúan la posibilidad de elaborar un nuevo protocolo de cara a una probable convocatoria a sesiones extraordinarias. Massa espera la opinión médica.

El camino hacia la nueva normalidad comenzará a tomar forma en las próximas semanas en Diputados. Luego de que el Gobierno dispusiera el fin del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) para pasar a la fase de distanciamiento en el AMBA, autoridades de la Cámara baja analizan la posibilidad de flexibilizar el funcionamiento virtual.

El Protocolo de Funcionamiento Remoto fue renovado por última vez el 15 de octubre, a través de un acta firmada por los jefes de bloque e interbloque, y rige hasta el lunes 30 de noviembre, día en que culmina el período ordinario de sesiones.

Sin embargo, una encumbrada fuente del oficialismo adelantó a parlamentario.com que el trabajo continuará todo el verano: no solo habría convocatoria a extraordinarias por parte del Poder Ejecutivo, sino también prórroga de ordinarias. Y en ese contexto, la Cámara baja podría recuperar de a poco la presencialidad.

“El paso del ASPO al DISPO nos pone en la obligación de definir un nuevo protocolo”, afirmó la fuente consultada, que señaló que el presidente de Diputados, Sergio Massa, ya instruyó al responsable de la Dirección Médica, Marcelo Halac, y al secretario administrativo de la Cámara, Rodrigo Rodríguez, para que hagan propuestas alternativas.

La revisión del esquema actual implica además la posibilidad de que los empleados retomen, gradualmente, sus tareas presenciales. Desde que el Gobierno decretó el aislamiento, la Cámara se plegó a los sucesivos decretos y solo asistieron al Congreso y sus Anexos el personal de seguridad, de limpieza y el que se desempeña en las áreas esenciales para el funcionamiento parlamentario.

Por eso, la intención de Massa es sentarse a negociar con los jefes de bloque una vez que Halac y Rodríguez evalúen las variantes, para buscar consensos de cara a lo que viene. “Cuando tenga opinión médica, avanzo”, les dijo el presidente de la Cámara a sus colaboradores.

Ya hubo quienes sugirieron, horas después del mensaje del presidente Alberto Fernández, que el pasaje al DISPO permitiría abandonar la virtualidad. Waldo Wolff (Pro), uno de los más férreos detractores de este sistema junto con su par Fernando Iglesias, tuiteó: “Quiero creer que con el anuncio del Presidente @alferdez los diputados y senadores pasaremos a sesionar de manera presencial cumpliendo con las normas de distanciamiento correspondientes. Quiero creer”.

El pasado 28 de octubre, para el tratamiento del Presupuesto 2021, la Cámara baja sesionó con buena parte de sus integrantes en modo presencial por primera vez desde el inicio del aislamiento social, para lo cual se acondicionó el recinto y se habilitaron las tres galerías superiores.

Se hicieron presentes más de 110 diputados de todos los bloques, y según ordenó la Dirección Médica, en el recinto se habilitaron 80 bancas, debidamente separadas entre sí, mientras que los legisladores restantes se ubicaron en los palcos.

El Gobierno oficializó el DNU que vuelve a extender el aislamiento hasta el 8 de noviembre

En el decreto se distinguen las provincias que mantienen medidas de aislamiento o distanciamiento social, según las condiciones sanitarias.

El Gobierno nacional prorrogó una vez más el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el DNU 814/20 que extiende esa medida hasta el próximo 8 de noviembre.

El ASPO alcanzará a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los 35 partidos de la provincia de Buenos Aires que conforman el AMBA.

También estará vigente en algunos departamentos de las provincias de Chaco, Chubut, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

En relación al Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio se precisa que regirá para las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones y Jujuy.

En la provincia de Buenos Aires, el distanciamiento correrá en todos los partidos, con excepción de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Capitán Sarmiento, General Belgrano, General Madariaga, Laprida, Pila, Pinamar, Saladillo, San Cayetano, Tordillo y Tandil.

Se oficializó el DNU que establece el aislamiento y el distanciamiento social hasta el 28 de junio

La primera etapa continuará en el AMBA y otras zonas, mientras que el resto del país se comenzará con una nueva fase de la cuarentena.

El Gobierno oficializó este lunes la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 28 de junio en la Ciudad de Buenos Aires, el conurbano bonaerense; y zonas de Córdoba, Chaco, Río Negro y Chubut. En tanto, para el resto del país dispuso el comienzo de la etapa de “distanciamiento” social, preventivo y obligatorio.

La decisión se adoptó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 520/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández y todos sus ministros.

Respecto al “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, se establece que alcanzará “todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios”.

Entre esos indicadores, “el sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria; y el aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen ‘transmisión comunitaria’ del virus”.

Además, para que se pueda aplicar el “distanciamiento” en vez del “aislamiento”, en esa zona el tiempo de duplicación de casos confirmados de Covid-19 no debe ser inferior a 15 días.

La nueva modalidad se aplicará en todos los departamentos de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

También abarca a Chaco (excepto el de San Fernando), Chubut (excepto Rawson), Río Negro (excepto los de Bariloche y General Roca) y Córdoba (excepto la ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano).

Asimismo, comprende a todos los partidos de la provincia de Buenos Aires, con excepción de los 40 que forman parte del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El decreto señala que “queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de ‘distanciamiento social, preventivo y obligatorio’ por fuera del límite del departamento o partido donde residan, salvo que posean el ‘Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19′”.

En caso de detectarse “situaciones de riesgo de propagación” del virus, los gobernadores podrán “disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a la provincia provenientes de otras jurisdicciones, previa intervención de la autoridad sanitaria provincial y por un plazo máximo de 14 días”.

En cuanto a la cuestión laboral, se establece que “solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de su capacidad”.

Acerca de las actividades deportivas, artísticas y sociales, se diseñó un protocolo con “reglas de conducta” y no deben superar la concurrencia de mas de 10 personas.

Sobre la evaluación del reinicio de las clases presenciales, se aclara que “permanecerán suspendidas en todos los niveles y en todas sus modalidades hasta tanto se disponga el reinicio de las mismas en forma total o parcial, progresiva o alternada, y/o por zonas geográficas o niveles o secciones o modalidades, previa aprobación de los protocolos correspondientes”.

Si bien el turismo aparece como una actividad prohibida, el DNU indica que el jefe de Gabinete “podrá disponer excepciones” que “deberán autorizarse con el protocolo respectivo que deberá dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse, en forma previa, acerca de la conveniencia de la medida de excepción y respecto de la pertinencia del mencionado protocolo”.