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Avanza en la Cámara alta un proyecto para indemnizar a familiares de las víctimas fatales y los heridos por el ataque perpetrado en 1994 contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA).
Según informó el titular del bloque oficialista, Miguel Angel Pichetto, la iniciativa podría ser aprobada antes de fin de mes y remitida a la Cámara baja para ser transformada en ley-
Se trata de un proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo, que considera prioritaria su aprobación, según remarcó Pichetto, quien puntualizó que la iniciativa será discutida en comisión esta semana.
El proyecto se hace eco de una resolución emanada de la Convención Interamericana de Derechos Humanos que reclamó en su momento medidas de reparación que proporcionen un recurso efectivo a las víctimas y familiares del ataque registrado en julio de 1994.
Ese atentado dejó un total de 85 muertos y más de doscientos heridos.
El proyecto señala como objetivo primordial "reparar los daños reales sufridos por las partes lesionadas" y establece que tendrán derecho a percibir el "beneficio extraordinario" las víctimas del golpe terrorista que hayan sufrido "lesiones graves o gravísimas" y los herederos de aquellos que hayan fallecido durante el ataque.
Cuando sea ley, percibirán la indemnización los derechohabientes de quienes hayan sido heridos durante el acto terrorista y que hayan fallecido posteriormente, por otras causas.
Las solicitudes deberán ser tramitadas ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación dentro de los 180 días de reglamentada la norma.
Los herederos de las víctimas mortales del atentado cobrarán "un beneficio extraordinario equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A, Grado 0 del Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Nacional", por el coeficiente cien.
El proyecto señala que quienes hayan sufrido lesiones gravísimas, o sus herederos, cobrarán un 70 por ciento del valor anterior. En tanto que los que hayan sufrido lesiones graves percibirán el 60 por ciento de la indemnización prevista para las víctimas mortales.
Los que hubieran iniciado acciones judiciales contra el Estado Nacional fundadas en la causa AMIA, deberán desistir de continuarlas o de iniciarlas en un futuro, si quieren acogerse al beneficio estipulado en la Ley que se impulsa. En el caso de que se hubieran percibido subsidios por parte del Estado Nacional en relación con el ataque a la mutual judía, esos montos deberán descontarse del monto extraordinario que impone la norma que se intentará aprobar.
La norma establece que el pago de este beneficio extraordinario "liberará al Estado Nacional de la responsabilidad que motiva" la norma que se impulsa.
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