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Asientos para obesos en salas de espectáculos

5-12-2008

Los cines y teatros de la Ciudad deberán contar, a partir de una ley aprobada en la Legislatura, con un mínimo de dos asientos especiales de mayor tamaño al resto de las localidades destinadas a las personas obesas.

La Legislatura porteña aprobó una ley que exige que haya asientos para obesos en cines y teatros porteños.

La impulsora del proyecto fue la diputada Liliana Parada (Bloque Igualdad Social-SI) para avanzar contra la discriminación que sufren las personas obesas en espectáculos públicos.

La norma obliga a cines y teatros de la ciudad de Buenos Aires a contar con un mínimo de 2 asientos especiales (o 1% del total), de mayor tamaño al resto de las localidades, en un plazo de 120 días.

"La obesidad –subrayó la diputada Parada- no sólo puede desencadenar otras enfermedades físicas, sino también psíquicas y múltiples trastornos sociales. El rechazo y la pérdida de la pertenencia a una comunidad son factores determinantes. Por eso –agregó la legisladora-, debemos evitar la posibilidad de cualquier tipo de discriminación. Garanticemos con la presente iniciativa las condiciones de accesibilidad para hombres y mujeres con obesidad a los espacios públicos".

La diputada fundamentó que "en la actualidad, el Código de Edificación estipula tres tipos de asientos: fijos, movibles y sueltos, en el punto referido a "Medios de egreso en lugares de espectáculos públicos", Ordenanza Nº 45.425. Luego, se amplió su incidencia sobre los "lugares de Congresos y Convenciones", en la Ordenanza Nº 40.298, la modificación que proponemos consiste en agregar un nuevo tipo de asiento: los especiales, cuya cantidad será como mínimo de dos y, si en el local hubiese más de 200 asientos, el 1% del total".

La iniciativa estipula que estos asientos especiales tendrán las siguientes dimensiones: "el ancho entre ejes de brazo no será inferior a 80 centímetros y la profundidad mínima del asiento será de 70 centímetros".

La norma, promovida por la diputada Liliana Parada, obliga a las salas a cumplir con la disponibilidad de esos dos asientos en un plazo que no supere los 120 días.

"La obesidad no sólo puede desencadenar otras enfermedades físicas, sino también psíquicas y múltiples trastornos sociales. Por eso, debemos evitar la posibilidad de cualquier tipo de discriminación y garantizar con esta ley las condiciones de accesibilidad para hombres y mujeres con obesidad a los espacios públicos", precisó la legisladora.

La iniciativa estipula que estos asientos especiales tendrán un ancho entre ejes de brazo no inferior a 80 centímetros y la profundidad mínima del asiento será de 70 centímetros.
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