“Ley antimafias”: con funcionarios del Ejecutivo, la Cámara alta comenzará a debatir el proyecto impulsado por Bullrich

Será en un plenario de comisiones donde también darán tratamiento al proyecto para crear un Régimen legal para el desarmado de autopartes y la prórroga al Programa de Entrega Voluntaria de armas de fuego que viene con media sanción de Diputados.

Un plenario de comisiones de las comisiones de Seguridad Interior y de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara alta comenzará a debatir el proyecto de “Ley antimafias” impulsado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, para castigar el crimen organizado.

La iniciativa recibió media sanción el pasado 1ro de octubre con 137 votos a favor y 92 en contra y se pondrá a consideración el miércoles 16 de octubre a las 14 en el Salón Arturo Illia. Al encuentro asistirán Fernando Soto, director nacional de Normativa y Enlace Judicial del Ministerio de Seguridad de la Nación; Carlos Alberto Manfroni, titular de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Seguridad de la Nación; y Juan Pablo Allan, director ejecutivo del ANMAC, a fin de exponer sobre el tema.

También se retomará el debate, que se inició el pasado 20 de agosto, sobre el proyecto que pretende modificar la Ley 25.761 sobre Régimen Legal para el Desarmado de Automotores y Venta de sus Autopartes que contiene el marco normativo para automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados. Dichas modificaciones tienen como objetivo mejorar y ampliar las prácticas de reciclaje para reducir la huella ecológica.

Por último, figura en agenda el proyecto que cuenta con media sanción de Diputados que prorroga hasta 2025 el Programa Nacional de entrega voluntaria de armas de fuego. El texto recibió 142 votos a favor, 89 en contra y 1 abstención.

Propone eximir del grabado de autopartes a “vehículos viejos”

El proyecto de ley que propone eximir del grabado de autopartes a aquellos vehículos que tengan más de 30 años de antigüedad.

Es oportuno aclarar que la iniciativa propone que la obligatoriedad no sea requerida para los vehículos que tengan más de 30 años de antigüedad, siendo potestad de cada propietario el grabado de autopartes.

La iniciativa “establece la obligatoriedad para todo vehículo automotor registrado en el ámbito de la provincia, excepto para aquellos con treinta o más años de antigüedad para los cuales será opcional el cumplimiento del grabado de autopartes”, se consigna en los fundamentos de la iniciativa.

De esta manera, la propuesta que se debate en la Cámara baja propone la modificación del artículo 1 de la Ley 14.497, que establece la obligatoriedad del grabado de autopartes para todo vehículo automotor registrado en el ámbito de la provincia de Buenos Aires ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.

Como se sabe, el grabado de autopartes busca en primer orden combatir el mercado ilegal de repuestos de autos.

No obstante, en los fundamentos del texto se considera que “es debatible el concepto de la Ley, ya que lamentablemente sabemos que esa disminución es una mera utopía o expresión de deseo y que en realidad el número de robos de vehículos y motovehículos no ha disminuido en absoluto”.

Cabe destacar que, en paralelo a esta propuesta, hay presentaciones legislativas provinciales solicitando al Congreso Nacional “que estudie la posibilidad de realizar modificaciones en la normativa vigente” en cuanto al grabado de autopartes en vehículos nuevos.

En efecto, se propone que “se exija a los vehículos y moto vehículos que salgan de fábrica, que contengan el grabado de autopartes, previo a entregarse los mismos a sus futuros propietarios”.

El certificado de grabado de autopartes es un documento que acredita que las piezas del auto como el parabrisas, los vidrios, el motor y otras partes esenciales, fueron marcadas con un número de identificación único, el cual permite rastrearlas en caso de robo o tráfico ilegal, lo que dificulta la venta de autopartes robadas en el mercado negro.

Vale remarcar que, no contar con el certificado de grabado de autopartes puede tener consecuencias legales. Incluso, en algunos casos, podría afectar la transferencia de propiedad del vehículo.

Además, en caso de robo o accidente, la falta del certificado del grabado de autopartes podría complicar la indemnización de seguros, así como la aceptación en la Verificación Técnica Vehicular (VTV).

Senadores analizan el tema de desarmaderos y venta de autopartes

Comenzó el tratamiento en la Cámara alta sobre modificaciones a la Ley de Desarmado de Automotores. Expusieron representantes del Ejecutivo y cámaras empresarias.

La reunión plenaria integrada por las comisiones de Seguridad Interior y Narcotráfico y de Justicia y Asuntos Penales, presididas por Carolina Losada y Juan Carlos Pagotto (LLA), respectivamente, se desarrolló este martes para debatir el proyecto que pretende modificar la Ley 25.761 sobre Régimen Legal para el Desarmado de Automotores y Venta de sus Autopartes.

El proyecto, impulsado por la senadora radical Losada y otros senadores, plantea “modificaciones a la Ley 25.761 sobre el Régimen Legal para el Desarmado de Automotores y Venta de sus Autopartes, y la Ley 26.348 que contiene el marco normativo para automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados. Dichas modificaciones tienen como objetivo mejorar y ampliar las prácticas de reciclaje para reducir la huella ecológica”, según explica el proyecto.

“Hoy hay una ley que limita la recuperación y venta de las autopartes a 30 piezas por auto. De continuar así, Argentina estaría perdiendo la oportunidad de ganar 600.000 millones de pesos por año, provenientes de la recuperación de piezas”, sostuvo Losada durante la presentación de su proyecto.

A esta reunión fueron invitados por la autora del proyecto la subsecretaria de Política Industrial de la Nación, Daniela Ramos, y el presidente de la Cámara Argentina de Recuperadores y Venta de Autopartes (CARVA), José Luis Álvarez, quienes brindaron su exposición y respondieron preguntas de los senadores

“Hace pocos días, hemos sacado una resolución en la que se amplía el número de piezas que son pasibles de ser recuperadas, de 30 a 142 piezas en desarmaderos habilitados y legales. Esta medida está transparentando el mercado de las autopartes generando así una ampliación de la oferta y una baja de precio de estas, de los seguros y de una reducción de los ilícitos relacionados con el robo de las mismas”, destacó Daniela Ramos.

Por su parte, el presidente de CARVA afirmó que “este proyecto es un ejemplo de que si los empresarios y el Estado trabajamos juntos somos imparables y será una ley donde todos ganen”, al destacar el crecimiento de los puestos laborales a partir de su aprobación, entre otras ventajas.

Finalmente, al referirse a la ley que plantea ser modificada, José Luis Álvarez aseguró que “hace 21 años que se sancionó la ley vigente, luego se fue emparchando y fomentando el mercado ilícito”.

El Senado inicia el debate sobre reciclado de autopartes con invitados

Se llevará a cabo una reunión plenaria entre las comisiones de Seguridad Interior y Narcotráfico, y de Justicia y Asuntos Penales. De qué trata el proyecto.

Las comisiones de Seguridad Interior y Narcotráfico, y de Justicia y Asuntos Penales del Senado se reunirán el próximo martes 20 a las 16 en un encuentro plenario para debatir sobre el proyecto de ley que pretende modificar a la Ley 25.761 sobre Régimen Legal para el Desarmado de Automotores y Venta de sus Autopartes.

En la reunión estarán presentes la subsecretaria de Política Industrial de la Nación, Daniela Ramos; y el presidente de la Cámara Argentina de Recuperadores y Venta de Autopartes (CARVA), José Luis Álvarez, quienes ampliarán el debate sobre el régimen en cuestión.

El proyecto impulsado por la senadora santafesina Carolina Losada propone una serie de modificaciones a la Ley 25.761, y al marco normativo para automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados. aeronaves. inscripción del dominio de automotores nuevos -Ley 26.348-.

“Con el creciente número de vehículos y las preocupaciones ambientales, es esencial mejorar y ampliar las prácticas de reciclaje para reducir la huella ecológica del sector”, fundamentó la legisladora radical en la redacción de la iniciativa.

Entre las modificaciones, está la del artículo 2 de la Ley 25.761 en donde establece que el Poder Ejecutivo, a través del organismo competente, elaborará el listado de autopartes para su reutilización, con un mínimo de reciclaje de piezas del 80% del peso medio del vehículo.

Incorpora el 6 bis que define el concepto de “autoparte” como pieza o conjunto de piezas de un vehículo automotor y que también se venden por separado y “accesorio” como tipo de pieza que interviene como decoración de un vehículo el cual no es indispensable para su funcionamiento.

Además, propone aumentar las multas a todo aquel que procediere al desarmado de un automotor con el objeto de utilizar sus autopartes, sin la autorización que establece la presente ley, por medio de cambios en el artículo 13.

Culminada el plenario, la Comisión de Seguridad Interior y Narcotráfico, que preside Carolina Losada, seguirá reunida y tratará una batería de proyectos de declaración y comunicación.

Proponen que los dueños de automotores tengan que pedir la baja en el registro seccional para proceder al desarmado de autopartes

La iniciativa es de autoría del diputado cordobés Agost Carreño y plantea que las autopartes legalmente extraídas sean identificadas con un stiker de seguridad.

El diputado nacional Agost Carreño (Pro – Córdoba) presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 2 de la Ley N° 25.761 de desarmado de automotores, estableciendo que todo propietario del automotor que proceda al desarmado de autopartes deberá solicitar la baja ante el registro seccional que le corresponda y propone que las autopartes legalmente extraídas sean identificadas con un stiker de seguridad.

La iniciativa propone que el artículo 2 establezca: “Todo propietario de un automotor que proceda a su desarmado con el objeto de utilizar sus autopartes, deberá solicitar su baja ante el registro seccional del automotor que corresponda. En el caso de desear recuperar alguna pieza, deberá acompañar un listado preciso y detallado de aquellas que sean pasibles de recuperación, con la identificación numérica de aquellas que la posean o lo que disponga la reglamentación de la presente ley”.

Y agrega: “El mismo trámite deberá ser realizado por la autoridad pública que proceda al desarmado de vehículos abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados, a los efectos de poder utilizar sus autopartes. En el caso de las autopartes de seguridad es de aplicación lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Nº 24.449, su decreto reglamentario 779/95 y modificaciones”.

Carreño recuerdo que el Congreso Nacional “ha creado, mediante el dictado de la Ley N° 25.761, el trámite de baja de automotor con recuperación de piezas, el que busca principalmente eliminar el mercado negro de compraventa de autopartes robadas”.

En ese sentido, plantea que “se debe identificar con un sticker de seguridad cada pieza recuperada para que, en caso de que la policía allane desarmaderos y otros lugares propensos a tener stock de autopartes usadas, pueda identificar aquellas legalmente extraídas de un vehículo dado de baja, pudiendo el propietario de las mismas acreditar un lícito origen”.

También propone que “se permita expresamente que la autoridad pública que secuestró o decomisó un vehículo, y siempre que cumpla con su normativa específica, que además de afectar su uso, inscribirlo a su favor, subastarlo o transferirlo, pueda optar por realizar su baja y recuperar las piezas de utilidad para usarlas como repuesto en las flotas estatales o bien para comercializarlas e incrementar los ingresos públicos (lo que solo podría hacerse a través de un desarmadero habilitado y controlado por el RUDAC). De no permitir esto, los vehículos pierden valor por su abandono, e incluso terminan generando costos económicos y ambientales que terminan afrontando los vecinos”.

Lo que busca es proceder a la “descontaminación, compactación y disposición final de automotores, pudiendo reutilizar el Estado, aquellas piezas que sea posible recuperar. Con esta modificación legal estaríamos fomentando la economía circular en una tarea estatal como es el contralor del tránsito”.

4533-D-2023

El Ejecutivo envió un proyecto de ley de promoción de inversiones en la industria automotriz

La iniciativa ingresó por la Cámara de Diputados y fue girada a las comisiones de Industria y de Presupuesto y Hacienda.

El Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que tiene por objeto promover las inversiones en todos los eslabones de la cadena de valor automotriz, es decir, terminales y autopartistas de los diferentes anillos, sistemistas y empresas que agregan valor a partir de procesos industriales (forja, fundición, mecanizado, pintura, estampado, entre otros).

En los considerandos de la iniciativa, el Gobierno destacó que "la cadena de valor automotriz es central para la estructura y la dinámica productiva del país", ya que se trata de una actividad "con gran peso relativo en la producción -10% del PBI industrial-, en las exportaciones -primer exportador de manufacturas de origen industrial (MOI)- y en el empleo del país -6% del empleo industrial registrado-".

Según detalló el Ejecutivo, en Argentina "hay 11 terminales automotrices y más de 400 autopartistas". En cuanto a este último sector, "el país consolida un perfil de proveedor internacional de sistemas de transmisión, además de otros segmentos con gran reconocimiento internacional".

En los argumentos del proyecto se detalló que en el año 2020 se produjeron 269.592 vehículos y se exportó un 54% de la producción nacional, por un monto USD 3.320.000.000. Además, se importaron 177.733 vehículos por un total de USD 2.194.000.000 lo que, incluyendo el saldo de la balanza comercial de la compraventa de autopartes, redundó en un déficit comercial total de USD 4.958.000.000.

"Uno de los objetivos del Gobierno nacional es potenciar el crecimiento de dicha cadena de valor de manera sustentable, incentivando las inversiones en plataformas de producción eficientes, exclusivas a nivel regional y con escala internacional, que permita tener una alta inserción exportadora y altos niveles de integración nacional de autopartes", sostienen los fundamentos.

Y agregan que "por tal motivo, los proyectos de inversión alcanzados por los beneficios de este proyecto de ley serán aquellos que incluyan plataformas exclusivas regionalmente (para autos y utilitarios) y niveles mínimos de contenido nacional".

Asimismo, el proyecto en cuestión apunta, por un lado, a facilitar desde lo fiscal a la formación de capital en el sector, bajo instrumentos orientados a mejorar la performance financiera de los proyectos de inversión, como la amortización acelerada y el tratamiento previsto a los saldos generados por créditos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y, por otro, potenciar las exportaciones.

"En ese sentido, la devolución anticipada del IVA, permitiendo ser utilizado para el pago de otros impuestos nacionales, viene a reducir ese costo y a hacer viables más inversiones. Asimismo, el beneficio no implica un costo fiscal neto para el Estado Nacional, dado que lo que se devuelve de IVA en un momento implica un mayor pago de IVA en el futuro, aunque sí el Estado Nacional absorbe el costo financiero que se ahorra la empresa", se explicó.

En cuanto a permitir la amortización acelerada de los bienes de capital y de las obras de infraestructura, se señaló que "también mejora el resultado financiero de la inversión, debido a que les reduce el monto a pagar por el Impuesto a las Ganancias en los primeros años, desde la puesta en marcha del proyecto".

Por otra parte, se establece que los derechos de exportación van a ser de 0% hasta el 31 de diciembre de 2031.

El Ejecutivo afirmó que la iniciativa "genera incentivos necesarios para la radicación de inversiones en un sector muy importante para la economía de nuestro país, inversiones que van a generar más producción, empleo de calidad y, fundamentalmente, coadyuvar a establecer un modelo productivo de alta escala, integración nacional e inserción exportadora, yendo hacia un sendero de superávit comercial".

El proyecto declara a la Industria Automotriz-Autopartista como Industria Estratégica en la República Argentina.

Se crea el "Programa de Fomento a Nuevas Inversiones de la Industria Automotriz-Autopartista", que comprenderá las inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura realizadas por empresas industriales radicadas en Argentina.

Los beneficiarios podrán ser aquellas empresas que cuenten con proyectos de inversión aprobados por la autoridad de aplicación, mientras que no podrán acogerse al programa quienes estén declarados en quiebra, se encuentren en otro régimen de promoción o tengan morosidad.

Los proyectos de inversión deberán necesariamente involucrar la producción de: nuevas autopartes o autopartes ya producidas al momento de la inscripción al régimen, que involucren una mejora sustantiva en la capacidad de producción.

Los bienes producidos en el marco de los proyectos de inversión aprobados deberán alcanzar un Contenido Mínimo Nacional (CMN), que se define en escalas progresivas de acuerdo a los vehículos o autopartes.

Además, se establecen cuáles serán las faltas leves y graves, al tiempo de una serie de sanciones a quienes no cumplan con la ley, tales como "la suspensión en el goce del beneficio por el período que dure el incumplimiento; la revocación total o parcial del beneficio usufructuado con su correspondiente restitución al fisco de los créditos fiscales oportunamente acreditados o devueltos o, en su caso, del impuesto a las Ganancias ingresado en defecto; ingreso de los derechos de exportación no abonados, con más los respectivos intereses resarcitorios; multas, cuyos montos no podrán exceder del 50% de los beneficios usufructuados; e inhabilitación para volver a gozar de los beneficios del régimen por el mismo u otro proyecto.

En otro artículo del proyecto, se dispone la creación del Instituto de la Movilidad "como ente de derecho público no estatal que tendrá por objeto fomentar la consolidación de un ecosistema productivo sustentable a través de la coordinación entre los diferentes eslabones de la cadena de valor, el Estado Nacional, el colectivo de los trabajadores y las trabajadoras y las instituciones de apoyo científico y tecnológico".

La iniciativa determina que el gobierno y la administración del Instituto de la Movilidad estarán a cargo de un directorio integrado por 8 vocales, que se desempeñarán con carácter “ad honorem”. De ellos, dos serán designados por la autoridad de aplicación; uno por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial; tres por las asociaciones empresarias representativas del sector automotriz (AFAC y ADIMRA) dos por los sindicatos SMATA y UOM. Asimismo, cada entidad deberá designar a su respectivo o respectiva suplente.