Numerosas normas de importancia -39 en total- aprobadas por el cuerpo legislativo no fueron reglamentadas aún por el Poder Ejecutivo, lo que impide su aplicación. La defensora del Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini, denunció esta morosidad.
Inobservancia de la normativa constitucional vigente es lo que estaría ocurriendo en el seno del Gobierno porteño ante la “escasa voluntad del Poder Ejecutivo para poner en marcha las decisiones que el cuerpo legislativo ha votado por mayoría”, denunció la defensora del Pueblo Alicia Pierini, al hacer referencia a numerosas leyes que fueron aprobadas hace dos, tres y hasta cuatro años y aún no están en vigencia debido a que todavía no fueron reglamentadas.
Según aseveró Pierini las demoras en la reglamentación de las normas deriva en que “su aplicación se haga imposible” para sostener a continuación que “el déficit reglamentario no es un problema superficial, sino de vigencia de derechos”.
En tal sentido cabe señalar que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires atribuyó una competencia ilimitada para el dictado de normas generales y atribuyó al Poder Ejecutivo la potestad de reglamentar las leyes mediante los llamados reglamentos de ejecución y más taxativamente regula en igual sentido, desde el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgando al Poder Ejecutivo la facultad de reglamentar las leyes que el Poder Legislativo dicta, cuidando de no alterar su espíritu y ejecutarlas de igual modo.
Del conjunto de leyes que aún no fueron reglamentadas la Defensora del Pueblo destacó algunas normas que por estar referidas a las personas adquieren particular relevancia como ejemplo la que “obliga a registrar a los recién nacidos con los apellidos del padre y de la madre, en todos los casos y no opcionalmente, como es hasta ahora”. Esta norma fue aprobada en diciembre de 2003 y aún no fue reglamentada, razón por la cual no puede entrar en vigencia.
En mayo de 2004 se aprobó una ley que establece la realización de un censo para el control poblacional de los animales domésticos, pero “se está muy lejos de darle vida” a la misma, denunció Pierini. Lo mismo estaría ocurriendo con el proyecto que establece “la obligatoriedad de exhibir carteles visibles al público con direcciones y teléfonos de organismos de asesoramiento y/o patrocinio jurídico gratuito”, la cual también cayó en el limbo de normas no reglamentadas.
En el mismo estado se encuentra la ley denominada Derecho a la Identidad, que garantiza “la búsqueda de datos e investigaciones” para todos los ciudadanos.
En similar situación se encuentran leyes referidas “a la asistencia a las víctimas de violencia familiar, a la regulación de las técnicas de la salud, al estímulo de las carreras científicas y tecnológicas, a la accesibilidad para personas sordas, entre muchas otras” sostuvo la Defensora del Pueblo de la Ciudad.
Con respecto a las nuevas autoridades que asumirán en la ciudad, Alicia Pierini afirmó que “al gobierno de Mauricio Macri se le va a mandar un informe a cada ministro con un relevamiento de las leyes referidas a su sector para que antes del 10 de diciembre puedan ser reglamentadas”.
Sin reglamentar
A pesar de las expresas facultades que la Constitución nacional y la Carta Magna de la ciudad de Buenos Aires confieren al Poder Ejecutivo, un grupo de 39 leyes que -pese a haber sido aprobadas- todavía no tienen reglamentación y aunque muchas fueron por decretos de necesidad y urgencia, aún hoy esperan por cuestiones técnicas y legales entrar en vigencia. A continuación se detallan algunas de ellas:
* Obligación de registrar a los recién nacidos con los apellidos del padre y de la madre, en todos los casos y no opcionalmente, como es hasta ahora.
* Protección y asistencia a las víctimas de la violencia familiar y doméstica.
* Derecho a la identidad.
* Sistema de identificación del recién nacido y la madre.
* Consumo de sustancias psicoactivas.
* Control poblacional de animales domésticos.
* Organización y coordinación del funcionamiento del Consejo General de Salud.
* Régimen de bienes muebles inanimados, perdidos o abandonados.
* Prohibición de colocar basura en la vereda fuera de horario.
* Obligatoriedad de exhibir carteles visibles al público con direcciones y teléfonos de organismos de asesoramiento y/o patrocinio jurídico gratuito.
* La regulación de las técnicas de la salud.
* Ley de estímulo a las carreras científicas y tecnológicas.
* La norma que permite accesibilidad para todas las personas sordas.
* Ley 66, que obliga a los restaurantes a tener el menú en Braille.