Los diputados bonaerenses podrían tratar este miércoles el proyecto de ley que extiende por cinco años más beneficios empresas recuperadas.
El proyecto de ley denominado de emergencia económica, financiera y tarifaria para las empresas recuperadas dispone la asistencia para las cooperativas que se vieron afectadas por las crisis económicas, otorga facilidades financieras, y suspende la ejecución de sentencia de desalojos y los cortes de servicios públicos.
La iniciativa tiene aplicación efectiva en el territorio provincial y se busca una prórroga de cinco años más como posibilidad de extender los beneficios un año más si el Poder Ejecutivo así lo estime oportuno.
El oficialismo y la oposición tienen diferencias menores respecto de la extensión de la emergencia y los requisitos para las empresas, pero todo parece estar listo para avanzar con su aprobación en la sesión de este miércoles en la Cámara de Diputados.
No es la primera vez que los legisladores bonaerenses se enfrenta a la cuestión, pues se trata de un proyecto de ley sancionado en 2022 pero se dictaminó su vigencia por el término de dos años.
Ahora la idea es que el proyecto de ley, presentado por la diputada mandato cumplido del Movimiento Evita, Patricia “Colo” Cubría, que dejo su banca en 2023, establezca la Emergencia Económica, Financiera y Tarifaría de las Empresas Recuperadas en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires sea por el término de cinco (5) años.
La diputada del Movimiento Evita Patricia Cubría dejó la iniciativa con vida parlamentaria antes terminar su mandato en 2023.
La experiencia argentina de empresas recuperadas tiene epicentro en la provincia de Buenos Aires, donde surgió con mayor fuerza a partir del proceso de crisis económica y social que tuvo su mayor síntoma en el año 2001, en la cual se intentó dar una respuesta con la sanción de la Ley 13828, que no logró, sin embargo, resolver varios de los problemas planteados en su momento.
Sin perjuicio de ello, la experiencia desarrollada por las empresas recuperadas es tomada como ejemplo en todo el mundo, ya que no solo redunda en la defensa del trabajo y la producción, sino también en la generación de espacios de acceso a derechos allí donde el Estado llega con respuestas escasas.
La difícil situación actual pone en serio riesgo a estas empresas como fuentes productivas y de acceso a derechos para sus integrantes y para la comunidad en general.
Esta realidad impacta en casos de empresas recuperadas consolidadas en el tiempo, pero también en casos que se han sumado como consecuencia del esfuerzo de trabajadores y trabajadoras por sostener los puestos de trabajo genuino en este grave escenario.
“La crisis económica del país en los últimos años ha afectado con gravedad -y sigue haciéndolo- a los sectores productivos en general y a las empresas recuperadas en particular”, resulta la punta de la argumentación que le da viabilidad al proyecto de ley.
La iniciativa también declara de interés provincial el proceso de recuperación de empresas por sus trabajadores y trabajadoras, como posible sujeto continuador de la explotación de la empresa en crisis o proceso de quiebra, privilegiando los bienes necesarios para tal fin, según las normativas complementarias.
Se encuentran alcanzadas por la emergencia solicitada en la iniciativa las empresas conformadas como cooperativa de trabajo, o con trámite de constitución, que se encuentren gestionadas por sus trabajadores provenientes de una empresa anterior que entró en cesación de actividades, quiebra, cierre del establecimiento, abandono de los titulares, desmantelamiento, vaciamiento por parte de los empleadores, trasvasamiento o cesión a favor de los trabajadores de maquinarias, inmuebles o activos, disolución de la sociedad con causal de liquidación o cierre por cualquier causa.
Se consigna además que los sujetos previstos deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Empresas Recuperadas dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Además, según se estipula en el proyecto de ley en debate, la suspensión durante la vigencia de la emergencia declarada, de todas las acciones judiciales, trámites y diligencias, en el estado en que se encuentren, que tengan por finalidad ordenar y ejecutar el desalojo de Empresas Recuperadas.
Por ultimo, en el articulado de la iniciativa, que comienza su recorrido por la Cámara baja pero que deberá ser considera por los senadores para proseguir su trámite parlamentario, se consigna la suspensión, durante la emergencia declarada, los cortes en el suministro de los servicios públicos provinciales de distribución de energía eléctrica, de agua potable y desagües cloacales.
Se detalla que los prestadores de servicios de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales deberán otorgar planes con facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas dispuestas por la emergencia, conforme las pautas que establezcan el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires y la Autoridad del Agua, en su carácter de órganos de control de la prestación de los servicios.