La Cámara de Diputados de San Juan destituyó de su cargo al gobernador Alfredo Avelín, por administración deficiente y negligente, y por no garantizar el derecho a la salud y la educación, razón por la cual será reemplazado hasta el final de su mandato por el vicegobernador, Wbaldino Acosta.
Avelín fue juzgado por la Legislatura Provincial a partir de una denuncia de la Mesa Intersindical de gremios estatales, por "poner en riesgo el normal desenvolvimiento de la administración, no pagar los sueldos, no garantizar la salud y la educación, -jaqueada por las huelgas-, y por no depositar las retenciones de los empleados".
El proceso que lo destituyó fue el cuarto Juicio Político que Avelín tuvo que enfrentar durante su gestión, ya que anteriormente había sido acusado por las mismas causas, de no pagar los certificados de Bonos SAJU y no transferir la Coparticipación Municipal a las intendencias.
Avelín fue destituido por 20 votos contra sólo 3 que se inclinaron por su absolución, en el final del juicio político que le promovieron los gremios estatales sanjuaninos, por el cual ya había sido suspendido en sus funciones el mes pasado.
La destitución de Avelín tuvo su raíz en una denuncia presentada el pasado 7 de agosto por los sindicatos sanjuaninos, que reclamaron el juicio político por la presunta "falta de cumplimiento de los deberes de inherentes a su cargo".
Muy temprano se constituyó la sala acusadora de la gestión de Avelín, y luego de sesionar más de cuatro horas en forma secreta dictaminó públicamente la destitución del gobernador, a quien sólo defendieron tres diputados de su partido, Cruzada Renovadora.
Según consta en el acta número 15 de la Legislatura sanjuanina, que pasará a la historia por la trascendencia de su contenido, Avelín fue acusado de cuatro cargos, de los cuales fue encontrado culpable en tres e inocente en un cuarto.
Los cargos por los que Avelín resultó destituido fueron: 1) Administración deficiente y negligente con riesgo al normal desenvolvimiento de la administración, la prestación de sus servicios esenciales y daños sociales irreparables. 2) Violación del derecho constitucional a la salud. 3) Incumplimiento de los deberes de funcionario público por no garantizar el derecho humano a la educación.
En tanto, Avelín fue absuelto por el cargo de "violación de los deberes como empleador y agente de retención, por la falta de transferencia de distintos conceptos retenidos a los empleados públicos de sus nóminas salariales y falta de aseguramiento de riesgos de trabajo".
Avelín fue suspendido por la Sala Acusadora de la Legislatura el 26 de agosto pasado, cuando por mayoría de votos, consideró viable la acusación del mandatario ante la Sala de Sentencia, que ayer lo condenó y lo destituyó del cargo.
En el proceso de juzgamiento, Avelín fue acusado por los diputados Nélida Monserrat, del Bloquismo; Delia Pappano, de la UCR y Tulio Del Bono, del Justicialismo, nombrados por los diputados de la Sala que viabilizó el juicio. Los diputados acusadores pidieron, además de los cargos por los que fue encontrado culpable, que fuera condenado por el delito de retención indebida de los fondos que se les descuentan a los empleados para la Obra Social y los gremios, pero ese punto no prosperó, con lo que el mandatario evitó ser juzgado en la justicia del crimen y que sea inhabilitado para ejercer cargos públicos.