En una extensa jornada, la Cámara de Diputados aprobó dos importantes leyes como son un régimen de control de los desarmaderos y otra, que modifica el Código Procesal Penal que permite otorgar facultades especiales a los fiscales que investigan secuestros de personas.
Un tema vital, el régimen de control y regulación de los desarmaderos, que llegó con media sanción y modificaciones desde Senado fue aprobada rápidamente por los legisladores de la Cámara baja. A partir de esta ley no se podrán desarmar autómoviles sin certificado de baja; además las autopartes deberán numerarse, junto a la decisión de que las piezas no reciclables tienen que ser destruidas, en un control intentará regular la actividad.
Entre otros aspectos, el proyecto prevé la creación de un registro único de desarmaderos y la numeración de las autopartes para su posterior inclusión en el mercado de ventas con el fin de registrar ese número en las facturas de compra-venta. Esta iniciativa había sido considerada clave por el ministro Beliz para combatir la ola de inseguridad.
El análisis del proyecto, aprobado el 28 de noviembre por unanimidad en el Senado, estuvo a punto de ser postergado debido a que algunos diputados del bloque radical pretendían estudiarlo durante una semana más en la comisión. Finalmente, antes de que finalizara la sesión, y luego de que se tratara el resto del temario, el presidente de la bancada radical, Horacio Pernasetti, reconoció que la mayoría de los diputados coincidían con el texto aprobado en el Senado y pidió el inmediato tratamiento, que se realizó sin debates técnicos.
El proyecto fue realizado en junio del año pasado por la senadora mendocina María Cristina Perceval (PJ) y aprobado en la Cámara alta en noviembre pasado. En esa iniciativa de la senadora, que presentó una estadística en la que se señala que se roban 270 vehículos por día y unos 100 mil por año en todo el país, se establece un "régimen legal para el desarmado de automotores y venta de sus autopartes".
Según la propuesta, "todo propietario de un automotor que proceda a su desarmado deberá solicitar su baja ante el Registro del automotor que corresponda".
Esta nueva ley alcanza a todas las personas físicas y jurídicas que participen en el desarmado de un vehículo, que cuando se decidan a realizar esta tarea deberán solicitar al baja en el Registro del automotor.
Por su parte, esta vez si con un mayor grado de debate y con la oposición del ARI, el Socialismo y la Izquierda Unida, los diputados sancionó una ley de Reforma al Código Procesal Penal que le otorga a los fiscales mayores poderes en los casos de investigación de secuestros de personas.
Estas atribuciones que también le permitirán a los fiscales efectuar allanamientos conforman parte de la "Ley antisecuestro" que buscar resolver con celeridad un delito que tuvo en los últimos tiempos un gran crecimiento en el ámbito de la Capital Federal y el conurbano bonaerense.
La presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Margarita Stolbizer, dijo que con la sanción de esta ley se le pretende dar similar tratamiento a dos figuras parecidas: la privación ilegal de la libertad y el secuestro extorsivo. El proyecto modifica el Código Procesal Penal para posibilitar una instrucción amplia, permitiéndole al fiscal actuar en jurisdicción ajena y tomar declaración al imputado salvo que éste quiera prestarla ante el juez, siempre que los delitos sean el secuestro o la privación ilegal de la libertad.
La modificación también acorta o alarga los plazos del proceso en función de una mayor celeridad y facilitando en todos los planos la persecución penal.
"El objeto central es proponer una investigación penal eficaz; darle eficacia y dinámica al procedimiento para brindar respuesta a la alarma social que genera este tipo de delito". Dijo que esta legislación no sólo está referida al secuestro, sino que es más general y que "permite incorporar elementos como la orden emitida a través de medios electrónicos, la firma digital como instrumento, y la posibilidad del fiscal de pedir escuchas telefónicas".
"Los fiscales tendrán estas facultades especiales para darle a la sociedad esta tranquilidad de que quien las hace las paga", remarcó la legisladora radical.
En el caso de los delitos interjurisdiccionales, le da la posibilidad al fiscal de ordenar la participación interjurisdiccional, siempre que se le avise en forma inmediata al juez.
También se permite el allanamiento, en caso exepcional y justificado cuando existieran sospechas fundadas de que en ese lugar se encontraría la víctima, debido que se trata de resguardar la vida y la salud de la víctima. Igualmente, como garantía de la forma en que el proceso se llevará a cabo se deja supeditado el operativo a la presencia efectiva del fiscal en el lugar.
El proyecto fue votado por la mayoría de los diputados del peronismo y del radicalismo, mientras que desde el ARI, Marcela Rodríguez, señaló que "no sirve poner parche sobre parche porque esto podría generar las consecuentes declaraciones de inconstitucionalidad por vicios en el proceso". También votaron en contra los diputados del socialismo y la representante de Izquierda Unida.