Los "ruidos molestos" según la sanción que la Legislatura porteña realizó podrán ser sancionados con multas de hasta 10 mil pesos.
Se trata del artículo 83, cuyo texto establece: "Quien perturba el descanso o la tranquilidad pública mediante ruidos que por su volumen, reiteración o persistencia excedan la normal tolerancia, es sancionado con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de 200 a 1.000 pesos".
"Cuando la conducta-se agrega- se realiza en nombre, al amparo, en beneficio o con autorización de una persona de existencia ideal o del titular de una explotación o actividad, se sanciona a éstos con multa de 600 a 10 mil pesos".