El legislador santacruceño reivindicó que su trabajo en el proyecto sobre turismo estudiantil, convertido en ley por el Senado.
“La norma es un logro de mi labor en la comisión (de Turismo de la Cámara baja). La sanción me alegra, pero deja la imagen de que se premia a los inútiles y expulsa a los que trabajan”, dijo el diputado nacional Eduardo Arnold, recordando su salida de la presidencia de dicha comisión.
El citado proyecto aprobado el miércoles en la Cámara alta obliga a la agencias a contratar seguros, y modifica la ley 25.599 e introduce obligaciones a las empresas que se dedican al turismo. El proyecto había sido aprobado en julio pasado por la Cámara de Diputados.
La Cámara de Senadores aprobó un proyecto que busca evitar estafas por parte de las empresas de turismo estudiantil y contempla mayores exigencias para el funcionamiento de las agencias destinadas a ese tipo de viajes. La Ley de Turismo Estudiantil es una iniciativa del diputado Eduardo Arnold (PJ-Unidos por Santa Cruz), ex-presidente de la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados hasta que fuera expulsado la semana pasada.
Al ser consultado por la aprobación de la ley, el candidato a gobernador por Santa Cruz dijo: “La norma es un logro de mi labor en la comisión. La sanción me alegra pero deja la imagen de que se premia a los inútiles y expulsa a los que trabajan” y relacionó “como se entiende que se apoye a funcionarios que no paran de cometer errores y se eche de una comisión a un diputado que es autor de una ley que impulsa el turismo estudiantil con reglas claras para las empresas y los egresados”.
La normativa modifica la ley 25.599 e introduce obligaciones a las empresas que se dedican o cuentan con divisiones de turismo estudiantil. Así, entre los requisitos para obtener la habilitación, se obliga a incluir en una declaración jurada la cantidad de servicios programados, vendidos y reservados. Allí deberán indicar fecha de salida de los contingentes, el colegio, destino, hotel y tipo de transporte que se utilizará en el viaje. Además, deberán aclarar el precio total, la calidad, el tipo y la categoría de los servicios.
Otro punto importante de la iniciativa es el artículo 3, que obliga a las agencias a obtener una certificación fehaciente de la contratación de un seguro de responsabilidad civil. El mismo deberá cubrir a cada uno de los integrantes ante eventuales accidentes personales con riesgo de muerte e incapacidad total, parcial, permanente o transitoria; de asistencia médica y farmacéutica, y otros servicios de asistencia al viajero. En todos los casos, la cobertura deberá extenderse desde el inicio hasta la finalización del viaje y detallar las aseguradoras contratadas.
Además otros de los puntos de la ley es que la Secretaría de Turismo tendrá carácter de autoridad de aplicación y, por lo tanto, la capacidad de decidir y aplicar sanciones, como la cancelación del certificado nacional de autorización para agencias de turismo estudiantil, sin perjuicio de la aplicación supletoria de las penas contempladas en la ley de defensa del consumidor.