Por Osvaldo Pérez Sammartino
El oficialismo, como lo dijo la presidenta de la Nación, va por todo. En ese afán, ya dominado el Congreso mediante mayorías regimentadas, aspira a derribar los dos obstáculos que pueden impedirle ese sueño autoritario: la prensa libre y la justicia independiente. Si logra controlar completamente la información y las opiniones, y si los jueces no garantizan la vigencia de la Constitución y los derechos, el camino al poder absoluto –contra el que nació, en el siglo XVIII, el constitucionalismo- estará pavimentado.
Al primer objetivo tiende la ley de medios audiovisuales; al segundo, el paquete de seis leyes que se envolvieron con la a primera vista noble denominación de “democratización de la justicia”. Como nadie ignora, la finalidad era la opuesta: domesticar a los jueces, para actuar sin ningún límite. De esas leyes, tres son las más peligrosas: la de modificación del Consejo de la Magistratura, la de restricción de las medidas cautelares contra el Estado y la de creación de cámaras de Casación como tribunales intermedios entre las actuales cámaras y la Corte Suprema.
Recordemos que por la primera de esas leyes se estableció que los representantes de abogados, jueces y académicos que integran el Consejo serán elegidos por toda la ciudadanía, en boletas adosadas a las partidarias en las elecciones legislativas. También, entre otros aspectos, que no se requerirá una mayoría calificada para promover la remoción de los jueces. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta. Basta la simple lectura del artículo 114 de la Constitución Nacional para comprobarlo. No puede haber “representantes” si no surgen de los “representados”. El propósito de la reforma de 1994 fue, en esta materia, reducir el componente político en la designación y remoción de magistrados. La ley sancionada viola abiertamente la letra y el espíritu de la reforma.
La Corte Suprema, en un fallo histórico, declaró inconstitucional las partes sustanciales de esa ley. Jueces inferiores han dictado medidas cautelares que suspenden la vigencia de las otras dos. Es un enorme paso adelante, pero no basta. Por eso, un grupo de ciudadanos y de organizaciones de la sociedad civil hemos impulsado una iniciativa popular para que el Congreso derogue las tres leyes principales de la reforma judicial.
La iniciativa popular es un mecanismo de la denominada democracia semidirecta, incorporado a la Constitución en 1994, que permite a los ciudadanos, si reúnen cierto número mínimo de firmas que apoyen la solicitud, presentar proyectos de leyes. La diferencia con el derecho constitucional de peticionar a las autoridades es que en este caso el Congreso tiene la obligación de tratar los proyectos. Puede aprobarlos o rechazarlos, pero necesariamente debe darles curso y considerarlos.
Por supuesto, la decisión final dependerá de las mayorías con que cuente el Poder Legislativo, que se modificarán a partir del próximo diciembre. Pero los ciudadanos disponemos de una valiosa herramienta para instar a los legisladores a actuar en el sentido que proponemos. Quienes impulsamos la iniciativa pertenecemos a diversas corrientes ideológicas y nuestras extracciones profesionales son también muy variadas, pero nos une el deseo de vivir dentro de la Constitución. Sabemos que las leyes cuya derogación exigimos están concebidas para terminar con la independencia judicial, que es la garantía última de nuestras libertades.
Los ciudadanos no queremos aparecer en escena solamente cada dos años, para votar representantes, y después replegarnos a mirar el escenario desde la platea. La ciudadanía se ejerce cada día. Con esta iniciativa popular, en defensa de la Constitución, lo estamos demostrando.
Pérez Sammartino es profesor de derecho constitucional en la UBA, periodista y asesor parlamentario.