La Legislatura de la provincia de Buenos Aires aprobó el proyecto que elimina excepciones en la afiliación al Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA).
El Senado de la Provincia de Buenos Aires aprobó un proyecto, presentado por la presidenta del bloque FpV/PJ, Cristina Fioramonti, que establece obligatoria la afiliación al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) de todos los agentes, funcionarios y/o magistrados cualquiera sea su cargo, jerarquía o función, electivos o no, de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. También en la reforma se propicia la derogación de los artículos 17 y 17 bis, ya que estos son los que prevén las excepciones a la afiliación obligatoria.
Fioramonti declaró que la norma prevé “que los legisladores, los jueces y el Procurador y Subprocurador de la Suprema Corte de Justicia pueden solicitar la afiliación a la obra social en forma voluntaria, si bien a través de la ley 13965 se modificaron los artículos 16 y 17, y se estableció que en todos los casos sus aportes se realizarán de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la presente ley, sobre los haberes que perciban del poder legislativo o del poder judicial en tanto ejerzan sus funciones, pero el carácter de la afiliación sigue siendo facultativo”.
“Lo que se pretende hoy –continuó la senadora oficialista- es dar un paso más, estableciendo la obligatoriedad de la afiliación, permitiendo de esta forma reforzar la solidaridad del sistema de la obra social provincial propiciando o facilitando la inclusión en su régimen de la totalidad de los funcionaros y legisladores provinciales, que no sólo son los que mayores aportes podrán hacer a la organización, sino que también podrán influir sobre su buena marcha por encontrarse en una mejor situación de hecho para eso”.
La legisladora Fioramonti agregó que las modificaciones fueron realizadas “en un marco caracterizado por la realización de aportes acorde a la capacidad contributiva de cada uno, y en el cual las prestaciones son brindadas conforme las necesidades individuales y sin distingos entre pares (por aplicación del principio de universalidad de las prestaciones)”.