El Senado mendocino aprobó el proyecto para penalizar las reuniones familiares
La norma establece sanciones de entre 15 y 30 días de arresto, o hasta 80 días de trabajo comunitario para quienes no cumplan con las normas que regulan los encuentros familiares.

El Senado mendocino finalmente aprobó la norma que fija sanciones por el incumplimiento de las normativas dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, que tiene como base la pandemia de Covid-19.
La propuesta fue aprobada por 22 votos positivos, 3 negativos y 13 abstenciones; desde el bloque Frente de Todos solicitaron al cuerpo la autorización para abstenerse a votar el proyecto. Ahora pasó al Ejecutivo para que sea promulgada.
El proyecto establece sanciones de entre 15 y 30 días de arresto; o desde 60 hasta 80 días de trabajo comunitario para quienes no cumplan con las normas que regulan los encuentros familiares. En caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.
Al respecto, la senadora y miembro informante por parte del oficialismo Mercedes Rus indicó que el proyecto propone incorporar un artículo al Código de Faltas, con el objetivo de que esto tenga un efecto disuasorio sobre la población.
Por su parte, el legislador Alejandro Abraham señaló que se trata de un proyecto controversial: “Tenemos situaciones complejas en este tema, lejos de simplificar las cosas se generará un disturbio judicial que le impida dar un mensaje a la sociedad. Me parece que desde el punto de vista legal este proyecto no podría prosperar”.
Por otro lado, el legislador Pablo Priore se manifestó preocupado por el avance de la pandemia: “Creo que es necesario este tipo de herramientas para el Poder Ejecutivo. La vamos a acompañar desde el bloque Pro. Es una medida acertada que lleva a generar conciencia para la ciudadanía”.
El proyecto establece sanciones de entre 15 y 30 días de arresto o trabajo comunitario desde 60 hasta 80 días para quienes no cumplan con las normas que regulan los encuentros familiares. En caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.
También estipula que las reuniones familiares podrán realizarse de hasta un máximo de 10 personas con parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Dichos encuentros podrán realizarse sólo los días domingos de 11 a 19.
La norma enuncia que, “en virtud de los cambios producidos en la situación epidemiológica de la provincia, y habiendo constatado ciertos incumplimientos respecto de las normas generales”, y “atento a la naturaleza estratégica en materia de control y prevención de la expansión del Virus”, es que “resulta necesario contar con una herramienta jurídica idónea para sancionar a quienes incumplen la normativa dispuesta por la autoridad provincial en materia de reuniones”.
Agrega el texto que sirve de fundamento al proyecto elevado por el gobierno provincial, que el objetivo es imponer “una sanción ejemplificadora a quien de manera irresponsable pone en peligro a la sociedad toda, no sólo por la posible propagación del Covid 19, sino también con la consecuente limitación a las actividades que han sido habilitadas, lo cual repercute a su vez en aspectos sociales y económicos”.