Buscan celeridad en las actuaciones legales ante casos de violencia digital
Se debate en el Senado bonaerense un proyecto de ley para acelerar los procedimientos legales y atenuar daños ante casos de violencia digital, en especial, contra niños, niñas y adolescentes.

El senador provincial del Frente de Todos Marcelo Feliú presentó sendos proyectos de leyes, sobre procedimiento en sede civil y penal, que buscan dar herramientas legales para intervenir rápidamente ante situaciones de ciberbullying, injurias y calumnias, en plataformas digitales, en especial contra sectores desprotegidos, como los niños, niñas y adolescentes.
La acción del legislador toma en consideración a que en cada año aumenta el número de personas en el mundo víctimas de actos de violencia digital. Y la cifra es especialmente alta entre niños, niñas y adolescentes, y sus consecuencias son de extrema gravedad.
En la normativa se define al Ciberbullying como el hostigamiento a través de medios informáticos como redes sociales, chat, correo electrónico o sitios web. Consiste en molestar, amenazar, humillar o acosar a una persona utilizando dichos medios. Las formas más comunes son la difusión de falsos rumores, videos o fotos humillantes, y la creación de perfiles o sitios para agredir a la víctima.
Generalmente, los afectados son personas vulnerables que son vistas como “diferentes” por quien las molesta. El cyberbullying se expande viralmente por la web y puede ser difícil de detener. Además, puede que las agresiones permanezcan en el ciberespacio durante mucho tiempo, por lo que afectan a largo plazo a quien las sufre.

Rapidez
El proyecto presentado a la legislatura provincial por el senador Marcelo Feliú permitirá que la víctima de un daño recurra a un juez para que ordene inmediatamente el cese de la conducta provocadora del daño.
“Creemos que ante el crecimiento exponencial de la comunicación a través de medios digitales necesitamos encontrar mecanismos legales que protejan a la sociedad, en particular a niños, niñas y adolescentes, de los riesgos que se presentan”, consignó el autor de la iniciativa al tiempo que detalló “con esta herramienta legal a su disposición, el juez podrá rápidamente intervenir y ordenar el cese de la conducta y, si ésta se diera a través de medios digitales, obligar a los responsables a dar de baja inmediatamente los contenidos que provocan el daño denunciado y probado”.
La rapidez en la toma de medidas para proteger a la víctima será posible a partir de incorporar la Acción Preventiva de Daños en los Códigos de Procedimiento de la Provincia de Buenos Aires (Civil y Penal).
“Dicha acción – explicó el senador Feliú- ya cuenta con reconocimiento en numerosos fallos por lo que deviene necesario su reconocimiento en la ley de procedimiento de nuestra provincia”.
“De todos modos, por más favorable que resulte el fallo, si no es de inmediata aplicación, muchas veces el daño es irreparable e irreversible”, aclaró el legislador bahiense.
Antecedente
El fallo que motivó la elavoración y alienta el debate del proyecto de ley presentado corresponde al caso de una menor de edad que era víctima de bullying y ciberbullying en la ciudad de Bahía Blanca.
Alguien había creado un perfil falso en Instagram al que subían imágenes y comentarios que eran extremadamente agresivos y crueles. La página se difundió, rápidamente superó los cientos de seguidores y el hostigamiento se multiplicó por mil. Entonces se presentó una demanda contra Facebook e Instagram para que se diera de baja el perfil que agraviaba al menor de edad involucrado.
Ante la demanda, en una sentencia ejemplar, el juez falló dar de baja y eliminar de modo inmediato de sus bases de datos y publicaciones la cuenta de la red social Instagram en la cual se habían publicado contenidos agraviantes hacia el menor de edad respetando el fin último de proteger a un niño menor de edad que se vio lesionado gravemente en sus derechos personalísimos a la dignidad, el honor y a la imagen.
El juez, además, pidió la identificación de la/s IP/s desde la/s cual/es se creó la cuenta de Instagram, y/o desde las cuales se subieron o publicaron contenidos en la misma, como así los IPs de los equipos que operaron respecto de dicha página como administradores y/o colaboradores. A partir de este caso surgió la necesidad de contar con legislación que permita a las víctimas de acoso acudir a un juez que pueda actuar rápidamente y terminar con el hostigamiento de manera eficaz.