La Federación de Abogados le expresó su malestar a la AFIP

Desde el ente solicitan que se adopten de inmediato las medidas pertinentes para adaptar los sistemas operativos del Fisco Nacional a fin de que los profesionales de la abogacía aportantes a las diversas cajas de seguridad social puedan acceder a los beneficios en cuestión.

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), en representación de los 83, Colegios, Consejos y asociaciones de Abogados de todo el país, presentó una nota a la Administración Federal de Ingresos Públicos en la que expresa la inquietud y malestar como consecuencia de la imposibilidad sistemática de acceder a los beneficios implementados por las Resoluciones N° 1416/2023 del Ministerio de Economía de la Nación y N° 5422/2023 de esa AFIP.

La resolución 1416 del Ministerio de Economía en su artículo 1 inciso c) encomienda a la AFIP:

“c) Prorrogar el vencimiento de las obligaciones de pago: i) del aporte personal de los trabajadores autónomos, correspondiente a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, excepto para aquellos sujetos comprendidos en la Tabla I del Anexo II del Decreto N.º 1.866 del 12 de diciembre de 2006, cualquiera fuera la categoría que revistieren y, ii) del impuesto al valor agregado, correspondiente a los períodos fiscales septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, para los sujetos mencionados en el literal i) de este inciso”.

Los abogados que revisten la condición de aportantes voluntarios de la ley 24.241 o que aportan de modo obligatorio a las respectivas Cajas Provinciales -según el ámbito territorial donde desarrollen su actividad profesional- en tanto revistan las condiciones indicadas en las normas antes referidas, no se encuentran excluidos de los beneficios implementados debiendo gozar de los mismos como el resto de los trabajadores autónomos (art. 16 de la CN).

De ese modo, la Federación expresó que “ninguna duda cabe que el Organismo Fiscal, en su proceder, vía sistémica, está violando esenciales principios y garantías constitucionales tales como los principios de legalidad (art. 19 de la CN), generalidad e igualdad (art. 16 y 75 inc. 22 de la CN) y el derecho de propiedad (art. 17 de la CN) generando una verdadera situación de inequidad que debe ser resuelta a la brevedad”.

“Esta Federación Argentina de Colegios de Abogados solicita se adopten de inmediato las medidas pertinentes para adaptar los sistemas operativos del Fisco Nacional a fin de que los profesionales de la abogacía aportantes a las diversas cajas de seguridad social puedan acceder a los beneficios en cuestión”, agregaron.

Para terminar, la Federación de Abogados expresó que “solicitamos se dejen sin efecto las intimaciones ya cursadas y no se vuelva a intimar frente a idénticas situaciones e los períodos por vencer”.

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