La Secretaría de Energía elevó del 30% al 50% el límite de la energía facturada que las distribuidoras provinciales podrán descontar para cancelar deudas en el Mercado Eléctrico Mayorista. La medida busca aliviar la presión financiera sin alterar tarifas.
La Secretaría de Energía modificó el régimen de regalías hidroeléctricas que perciben las provincias y amplió el margen de compensación para las distribuidoras. A partir de enero de 2026, podrán descontar hasta el 50% de la energía facturada al agente distribuidor provincial —en lugar del 30% vigente— para saldar obligaciones en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
La decisión, formalizada mediante la Resolución 588/2025 publicada en el Boletín Oficial, apunta a reforzar la solvencia económica de las distribuidoras en las provincias generadoras, sin generar distorsiones significativas en el costo del sistema nacional. Según el texto oficial, el objetivo es “fortalecer la capacidad de cancelación de las obligaciones mediante la aplicación de la energía percibida en concepto de regalías hidroeléctricas”.
El nuevo esquema también busca preservar un volumen suficiente de transacciones al precio pleno del MEM para garantizar señales económicas claras y la sostenibilidad del régimen tarifario. De acuerdo con la evaluación técnico-económica que respaldó la medida, el incremento del tope no impactará de manera significativa en el costo medio de abastecimiento ni en las tarifas finales.
La modificación se inscribe en las recientes adecuaciones del régimen eléctrico y regirá desde la transacción económica de enero. Energía precisó que el mecanismo se aplicará a través del agente distribuidor designado por cada provincia, siempre que la energía recibida se destine a cubrir la demanda dentro de su jurisdicción.