La Comisión de Asuntos Constitucionales comenzó a analizar tres proyectos para modificar la Ley sobre el Consejo de la Magistratura, uno de los cuales fue enviado por el Poder Ejecutivo, otro que tiene media sanción de Diputados y un tercero que proviene del Senado.
El primero de los documentos, y sobre el que giró la discusión en el seno de la comisión que presidente Cristina Fernández de Kirchner, ingresó en mayo de 2004 a la Cámara y lleva la firma del presidente Néstor Kirchner, del jefe de Gabinete Alberto Fernández y del entonces ministro de Justicia, Gustavo Beliz.
La norma propone una reforma integral del cuerpo creado tras la modificación de la Constitución Nacional en 1994 y, entre otros puntos, reduce de 20 a 12 los miembros del Consejo, recortando el número de representantes del Congreso Nacional y excluyendo de su conformación al presidente de la Corte Suprema de Justicia.
El proyecto también introduce la posibilidad de abrir concursos y aprobar ternas de futuros jueces antes de que se produzcan las vacantes para agilizar su cobertura; se explicitan las causales de remoción de los integrantes del Consejo y se amplían las facultades del Plenario para la organización de justicia, entre otros puntos. En ese sentido, el senador riojano Jorge Yoma defendió el proyecto argumentando la necesidad de recortar el "excesivo" número de miembros del Consejo, y "debatir" si el titular de la Corte Suprema debe seguir perteneciendo al plenario.
A su turno, el radical chubutense Norberto Massoni hizo hincapié en que la modificación de la representación de las cámaras de Diputados y Senadores "podría quitarle poder al Congreso", y por ello recomendó "analizarlo con certeza".
Por su parte, Fernández de Kirchner sostuvo que "en diez años de funcionamiento del Consejo ya se pueden recoger enseñanzas para mejorar el funcionamiento de la institución". Otra de las normas fue redactada por el diputado justicialista porteño Gerardo Conte Grand y cuenta con media sanción. Establece que cualquier modificación que quiera hacerse a un Juzgado Federal o a juzgados en materia civil, laboral o comercial lo pueda hacer el Consejo de la Magistratura, y que no deba recurrirse al dictado de una Ley, como ocurre actualmente.