Presentaron un proyecto para evitar manejos con la publicidad del Gobierno de la provincia de Buenos Aires.
Con el objetivo de establecer condiciones y parámetros que impidan que la contratación de la publicidad oficial sea utilizada como una forma indirecta de limitar la libertad de expresión, se presentó en la Legislatura bonaerense un proyecto de ley que apunta a “preservar la integridad del debate público a través de los medios de comunicación”.
La iniciativa, que en la última sesión del Senado tomó estado parlamentario -antes del receso preelectoral-, postula una serie de pautas a partir de las cuales no se podrá promover o contratar publicidad oficial, y también los criterios de igualdad y proporcionalidad con los que tendrá que ser distribuida por el Estado.
En los dos primeros artículos del proyecto se determina que el objeto de la ley será “regular la contratación, difusión y control de la publicidad oficial”, a la que define como “la difusión de información que realice el Gobierno de la provincia de Buenos Aires, según lo establecido en el decreto 3102/84 y cualquiera sea el medio de comunicación utilizado”.
En los fundamentos de la iniciativa, impulsada por el senador radical Enrique Honores, se hace mención a “una enorme cantidad de denuncias particulares que reflejan la utilización del Gobierno de criterios discrecionales de reparto de los fondos asignados a la publicidad oficial, como premio o castigo a los distintos tratamientos de la información, o bien con la sospechada expectativa de inducir coberturas favorables”.
Al respecto, se señala que organizaciones no gubernamentales locales y organismos internacionales, como Poder Ciudadano y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), “vienen haciéndose eco de dichas denuncias y advirtiendo sobre la peligrosidad que acarrea la continuidad de las prácticas descriptas”.
En este sentido, el artículo tercero establece una serie de pautas por las que no se podrá promover o contratar publicidad oficial, como por ejemplo la “que tenga como finalidad destacar los logros de gestión o los objetivos alcanzados por el Gobierno de la provincia de Buenos Aires; que induzca a confusión de los símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes empleadas por cualquier agrupación política u organización social”.
Tampoco podrá utilizarse publicidad oficial “que no se identifique claramente como tal y que no incluya la mención del organismo promotor o contratante; que contenga orientación partidaria; ni que provoque descrédito, denigración o menosprecio, directo o indirecto, de una persona física o jurídica, privada o pública”.
“La publicidad oficial del sector público estatal debe servir con objetividad al interés general y someterse a principios de utilidad pública, transparencia, eficacia, eficiencia, imparcialidad y veracidad”, aseguró el senador Honores.
El artículo cuarto del proyecto estipula como criterios de distribución de la publicidad oficial “la proporcionalidad, sin aplicar precios mayores de los de mercado; la igualdad o mejor oferta de precios con respecto al precio de mercado; la mayor implantación territorial y social del medio; y la prioridad a los medios locales”.
En su argumentación, el legislador señaló que la falta de criterios en la distribución ocasiona en los medios de comunicación un perjuicio económico que “debe examinarse no sólo en relación con la pérdida de no recibir publicidad oficial sino también por la disminución en la venta de ejemplares o en el número de oyentes o televidentes, en tanto muchos se verán obligados a informarse por otros medios acerca de la gestión pública”.
El artículo quinto determina que “los funcionarios que no observen las prescripciones de la presente ley serán pasibles del proceso establecido en el artículo 154 de la Constitución provincial”, que implica ser sometidos a juicio político por la presunta comisión de delitos en el desempeño de sus funciones o falta de cumplimiento a los deberes de sus cargos.
“El manejo estatal de la publicidad configura un supuesto de presión que, lejos de preservar la integridad del debate público, lo pone en riesgo, afectando injustificadamente, de un modo indirecto, la libertad de prensa y el legítimo interés que los medios y sus lectores tienen en el comportamiento de los funcionarios políticos en el ejercicio de sus funciones”, consideró Honores.