La diputada Alicia Comelli es autora de un proyecto que prevé una modificación que permitiría incrementar los haberes
En momentos de debate sobre una mejora en los haberes jubilatorios, la diputada nacional del MPN Alicia Comelli ha hecho su aporte, con la presentación de un proyecto que pretende modificar la Ley 24.241 a fin de establecer un marco de mayor justicia y razonabilidad al cómputo del haber de la prestación compensatoria.
Según la modificación prevista, si todos los servicios con aportes computados lo fueren en relación de dependencia, el haber será equivalente al 1,5% por cada año de servicio con aportes o fracción mayor de seis meses, calculado sobre el promedio de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones actualizadas y percibidas dentro de los 10 años mejor remunerados, sean o no consecutivos.
Si todos los servicios con aportes computados fueren autónomos, el haber será equivalente al 1,5% por cada año de servicio con aportes o fracción mayor de seis meses, calculado sobre el promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el interesado dentro de los 120 meses en que haya estado mejor categorizado, sean o no consecutivos.
Si se computaren sucesiva o simultáneamente servicios con aportes en relación de dependencia y autónomos, el haber se establecerá sumando el que resulte para los servicios en relación de dependencia, y el correspondiente a los servicios autónomos, en forma proporcional al tiempo computado para cada clase de servicio.
Las normas reglamentarias establecerán la forma de determinación del haber para los diferentes supuestos de servicios sucesivos y simultáneos, buscando la equiparación.
Según la modificación propuesta, la ANSeS deberá ajustar los haberes previsionales ya concedidos conforme al cálculo indicado y en un plazo no mayor de seis meses. A tal fin, deberán contemplarse las correspondientes partidas presupuestarias en el ejercicio inmediatamente posterior al de entrada en vigencia de la presente ley.
El ajuste deberá realizarse en tanto no se afecten los derechos adquiridos de quienes perciban sus haberes bajo el sistema de cálculo anterior.