El proyecto de Presupuesto 2004, que fue aprobado en general la Cámara de Diputados, contempla destinar el 75 por ciento de sus recursos al gasto social, en un escenario con un crecimiento real de la economía del 4 por ciento, y un superávit primario estimado en 2.300 millones de pesos.
Los puntos salientes del proyecto de Ley de Presupuesto 2004 son los siguientes: * La pauta global de gastos será de 59.708.631.204 pesos.
* Los recursos tributarios serán de 62.012.237.745 pesos.
* La pauta de inflación oscilará entre 9 y 11 por ciento.
* El crecimiento de la economía está estimado en 4 por ciento.
* El superávit primario será de 2.300 millones de pesos.
* Los gastos en servicios sociales serán de 40.392.507.057 pesos.
* Las obras públicas tendrán recursos del orden de 1.200 millones de pesos.
* Los recursos que se destinarán a deuda pública serán de 6.947.880.530 pesos.
* Los fondos que se derivan a pago de servicios económicos serán de 3.239.864.709.
* La Jefatura de Gabinete podrá reestructurar partidas presupuestarias sin sujetarse a los parámetros de la ley de Administración Financiera.
* No se podrán cubrir vacantes en el sector público, con excepción del área de ciencia y técnica, fuerzas de seguridad, servicio exterior de la Nación.
* Las universidades nacionales tendrán recursos en el orden de 2.028 millones de pesos, y una partida especial de 55 millones para programas especiales.
* Los fondos para el Programa de Financiamiento Ordenado de las finanzas provinciales serán de 2.415 millones de pesos.
* El cupo fiscal para diferimientos impositivos provinciales será de 38 millones de pesos.
* Se permitirá instrumentar un sistema de diferimiento por 8 millones de pesos para cultivos.
* Los fondos para cancelar deudas destinadas al pago de sentencias serán de 129 millones de pesos.
* Se destinan 100 millones de pesos al pago de deudas para cancelar sentencias judiciales de las fuerzas de seguridad.
* Las pensiones graciables no podrán superar los 300 pesos y serán compatibles con otro ingreso mientras no superen el valor de dos jubilaciones mínimas.
* Se fija en 2.900 millones el importe máximo de colocación de Bonos de Consolidación.
* Se ratifican los decretos 905, 1.836 y 1.873 de 2002; 739 del 28 de marzo de 2003 y 530 del 5 de agosto de 2003.
* Se refuerzan en 14 millones de pesos el presupuesto de la CONAE (actividades espaciales) y 8 millones de Energía Atómica.
* Se dispone el diferimiento de los pagos de los servicios de la deuda pública del Gobierno Nacional, contraída originalmente con anterioridad al 31 de diciembre de 2001.
* Se establece como fecha tope para litigar contra el Estado el 30 de junio de 2004.
* Se otorgan facultades a la Jefatura de Gabinete para enviar partidas a La Rioja hasta que no tengan sancionada una ley de coparticipación municipal de impuestos.
* Se reconocen una compensación de la Nación con las provincias La Pampa, Santiago del Estero, Santa Cruz, Santa Fe y San Luis por los descuentos que han recibido pese a no estar endeudadas.