Ley de Blanqueo: Massa acusó a la oposición de no querer votar el proyecto “para que no se conozcan las cuentas en el exterior”
El ministro de Economía hizo mención de la iniciativa en el debate presidencial de este domingo: “Cárcel a los que fugan y a los evasores”. El proyecto cuenta con dictamen de comisión desde fines del mes de agosto, pero el oficialismo no lo llevó al recinto en la última sesión.

“Una ley de blanqueo, que nos permita que aquellos que tengan dinero en el exterior lo puedan traer y usar libremente sin nuevos impuestos. Vamos a subir las penas de lo que es la penal cambiaria y tributaria: cárcel a evasores, cárcel a los que fugan, para que los que pagan impuestos no sean los tontos de la película”, fueron las expresiones vertidas por el ministro de Economía y candidato presidencial, Sergio Massa, durante el debate presidencial de este domingo, pero el tema no quedó anclado allí.
Este lunes, el tigrense volvió a referirse al proyecto que viene reclamando hace tiempo y que fue enviado por el Gobierno al Congreso Nacional el 5 de junio de 2023. En esta ocasión, apuntó contra la oposición y los acusó de que “no quiere votar el blanqueo de capitales para que no se sepa quiénes son los ciudadanos que tienen cuentas en Estados Unidos, a partir de un acuerdo sellado entre ese país y Argentina”.
En una entrevista con C5N, Massa detalló que su iniciativa de blanqueo de capitales está acompañada con un acuerdo sellado con EEUU que le permite a la argentina “el acceso a toda la información de los que tienen cuenta” en el país del Norte y, por eso, -dijo- “hay muchos (legisladores) que no quieren”.
No es la primera vez que el titular de la cartera de Economía expresa su enojo por la mora en el tratamiento de la iniciativa. Ya lo había hecho a principios de agosto cuando culpó al Congreso de “dormir” hace 8 meses la ley de blanqueo que “que compensaría en términos de recaudación todo lo que perdimos de la sequía, que es la ley de blanqueo, con suministro de información de quienes tienen cuentas en Estados Unidos, por parte del Gobierno de Estados Unidos”, aseguró en ese momento. En esa ocasión también había apuntado contra la oposición.
Sin embargo, a fines de ese mismo mes el oficialismo emitió dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados, mientras que JxC había presentado un dictamen de rechazo. Pero, desde ese entonces la iniciativa no fue puesta en el temario de la última sesión en la que el FdT contaba con los números para el quórum.
Puntos principales del proyecto
El proyecto, enviado el pasado 5 de junio, titulado “exteriorización del ahorro argentino”, permite la declaración de tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros (incluye criptomonedas), bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes, incluyendo créditos.
La alícuota que se aplicará cuando exista repatriación será -sobre el monto exteriorizado- de un 5%, desde la entrada en vigencia de la ley y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos; de un 10%, hasta 240 días después; y de un 20% para los declarados entre los 240 y 360 días desde que se haya puesto en marcha.
“Si el o la declarante de los fondos efectuara la repatriación de activos financieros del exterior, se los someterá a igual alícuota a la que se encuentran alcanzados los bienes del país, en tanto si no verificara dicha repatriación quedarán alcanzados por una alícuota diferencial incrementada”, aclara el proyecto. De esta manera, en caso que los bienes no se repatrien, las alícuotas irán del 7,5% al 22,5%.
La iniciativa crea un “Régimen simplificado de declaración”, con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta USD50 mil.
Para acceder al régimen simplificado, la declaración voluntaria de la tenencia requerirá la confección de una declaración jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado. De esto quedarán excluidos aquellos contribuyentes que fueron alcanzados por el Aporte Extraordinario.
Quienes ingresen al blanqueo quedarán liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar: impuesto a las Ganancias, impuestos internos y al Valor Agregado, impuesto sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.
En cuanto a las exclusiones, no podrán blanquear aquellos que desde el 1ro. de enero de 2010 se hayan desempeñado en la función pública, como tampoco cónyuges, convivientes, padres e hijos de ex y actuales funcionarios.