Todo indica que la oposición cuenta con los dos tercios para rechazar la medida dispuesta por Javier Milei. El debate se dio en medio de la polémica por las denuncias sobre presunta corrupción en la ANDIS.
Los senadores colocaron en sus bancas dibujos que familiares y organizaciones de discapacitados enviaron a los senadores. (Foto: Comunicación Senado)
Con 63 votos a favor y 7 en contra, la Cámara alta rechazó el veto total del presidente Javier Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad. Entre sus principales puntos, la ley prevé el financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad; el fortalecimiento de los prestadores de la Ley 24.901, asegurando en forma expeditiva y simplificada el acceso a un régimen de emergencia de regularización de deudas tributarias, condonación de intereses, multas y demás sanciones, refinanciación de planes de pago vigentes y de las deudas emergentes de planes caducos.
También, la compensación arancelaria y la actualización del valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral; el financiamiento adecuado y sostenible del funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad; la actualización de la asignación mensual estímulo de acuerdo al equivalente del porcentaje del salario mínimo, vital y móvil vigente y la apertura de nuevos ingresos al Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad (Ley 26.816).
Pasadas las 16.30, el Senado comenzó el debate de reforma a la Ley de Régimen Legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia y Promulgación Parcial. La norma incorpora el artículo 1 bis a la Ley 26.122, de modo de establecer que los decretos de necesidad y urgencia, los delegados y los de promulgación parcial de leyes "deberán versar sobre una única materia a fin de que sean tratados individualmente por el Congreso de la Nación".
"Si la situación invocada requiriera el dictado de normas en más de una materia, cada una de ellas deberá ser objeto de un decreto individual", agrega, con el fin de evitar los "mega" decretos, como fue el DNU 70/2023, con el cual Milei inauguró su gestión
Otra de las reformas es la incorporación del artículo 21 bis, que indica que "ambas Cámaras podrán abocarse aun durante el período de receso parlamentario al expreso e inmediato tratamiento de los decretos".
En el rol de miembro informante, la senadora nacional Alejandra Vigo, presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, inició el tratamiento al expresar que "los DNU son instrumentos de excepción que contravienen la separación de poderes y la necesidad de atenuar el presidencialismo guio la reforma constitucional de 1994. Por ello tratar esta modificación evita la tentación de gobernar con la suma del poder público”.
Crítico del "abuso" de esta facultad en los gobiernos de los últimos años, el senador fueguino Pablo Blanco cargó que "la Constitución Nacional especifica que el DNU es una excepcionalidad y está fundada casi exclusivamente en que el Congreso no pueda funcionar".
En tono de advertencia, la senadora riojana Florencia López de Unión por la Patria señaló: "Queremos reivindicar facultades que son propias del Congreso, queremos que se ejerza la división de poderes y que funcionen los pesos y contrapesos. Si hoy no votamos esta reforma al régimen legal de los DNU, no somos dignos de volver a nuestras provincias".
A su turno, el senador bonaerense Maximiliano Abad consideró que “la reforma que impulsamos es un paso esencial para normalizar la relación entre los poderes de la república, porque recupera el carácter excepcional de los DNU, tal como establece el artículo 99 de la Constitución Nacional”. Y sumó que “es una anomalía jurídica que la excepción sea la regla: los DNU pasaron de ser una vía extraordinaria a convertirse en el manual de uso cotidiano”.
“Seamos razonables. Apartarse del procedimiento habitual de las leyes debe implicar mayores exigencias. Cuando un Gobierno manda un DNU debe trabajar para mantener su vigencia, dar explicaciones y convencer a todos los sectores”, remarcó el legislador de la Unión Cívica Radical, quien también sostuvo que “la acumulación de poder habilita hegemonías frágiles. Las reglas claras construyen democracias duraderas. Yo no tengo dudas de dónde estoy parado”.
Activo en la sesión ordinaria, el senador porteño Martín Lousteau cuestionó que la norma permita a Poder Ejecutivo modificar leyes y que “con sólo el silencio” de una de las dos cámaras del Congreso un DNU quede vigente. Ejemplificó con el antecedente del DNU 70/2023 rechazado por la Cámara alta y sin tratamiento aún en la Cámara de Diputados.
“Con la ley 26.122 por ejemplo se puede dictar un decreto delegado como el de Patricia Bullrich, el 383, que crea la posibilidad para la Policía Federal de hacer inteligencia y se autoexcluye del control democrático o se puede eliminar la Ley Nacional de Educación, o la Ley de Educación Superior, o la de Protección contra la Violencia de Género, o la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”, advirtió.
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