La iniciativa busca frenar la difusión de información errónea y garantizar una reparación efectiva del daño.
El avance de la tecnología y la velocidad con la que circula la información en redes sociales han generado nuevos desafíos para la protección de la intimidad y la reputación de las personas. En ese contexto, el diputado nacional Oscar Agost Carreño presentó un proyecto de ley que propone modificar el artículo 1770 del Código Civil y Comercial de la Nación, incorporando un párrafo específico sobre publicaciones falsas en medios digitales.
La iniciativa establece que, cuando se difundan datos falsos en redes sociales, el responsable deberá rectificar la información en el mismo soporte digital y con igual nivel de difusión, en un plazo no mayor a diez días. Además, se le exigirá suprimir el rastro digital de la publicación original. En caso de incumplimiento, el juez podrá considerar esta omisión como un agravante indemnizatorio.
“El objetivo es dotar de eficacia práctica a la responsabilidad por publicaciones falsas”, señala Agost Carreño en los fundamentos del proyecto. Según el legislador, una reparación que se limite a una indemnización tardía pierde sentido frente a la velocidad con la que se propaga el daño en redes sociales.
El proyecto aclara que la medida no afecta la libertad de expresión, ya que se limita a ordenar la rectificación de datos falsos acreditados fehacientemente, sin intervenir en contenidos vinculados a opiniones.
La propuesta busca actualizar el marco legal vigente, que ya contempla sanciones por intromisión arbitraria en la vida privada, pero no especifica mecanismos de reparación en el entorno digital. De aprobarse, la reforma podría convertirse en una herramienta clave para combatir la difamación online y proteger los derechos de los ciudadanos en el ecosistema digital.