Vea cuáles fueron los múltiples cambios realizados al dictamen del proyecto enviado por el Ejecutivo.
MODIFICACIONES AL ORDEN DEL DÍA 119/20
GENERAL:
ARTICULADO:
En donde dice “Artículo 16” debe decir “Artículo 17”.
“d) La prueba de oposición para cubrir los cargos será escrita y versará sobre la resolución de casos mediante la aplicación del Código Procesal penal Federal. También deberá valorarse la perspectiva de género. Para participar en la etapa próxima del procedimiento se requiere haber aprobado el examen escrito con el SESENTA por ciento (60%) del puntaje total asignado al mismo. La falta de concurrencia al examen escrito implica el desistimiento de participar”.
ARTICULO 51.- Créanse los Juzgados Federales de Primera Instancia y los Juzgados Federales Penales de Garantías con asiento en las Provincias y sus respectivos cargos de juez o jueza.
La individualización de los juzgados federales creados por este artículo, su jurisdicción, localidad de asiento y la indicación de los tribunales de alzada respectivos se detallan en el ANEXO II que integra la presente ley.
ARTICULO 53.- Creánse las Secretarías correspondientes a los Juzgados Federales de Primera Instancia y Juzgados Federales Penales de Garantías con asiento en las Provincias que se indican en el ANEXO III que integra la presente ley. Las mismas deberán contar con el personal necesario para su correcto funcionamiento.
ARTÍCULO 56.- A partir de la fecha de la habilitación de los juzgados creados por el artículo 51 de esta ley, las secretarías que estuvieran entendiendo en causas de lesa humanidad conservarán dicha competencia con exclusividad.
Los funcionarios y funcionarias y el personal asignado a dichas causas mantendrán sus funciones inalteradas.
Donde dice “DIEZ (10) días” debe decir “TREINTA (30) días”
ARTICULO 59.- En los supuestos en los que el presente Título de esta ley se dispone la creación de Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Penal o Juzgados Federales Penales de Garantías en una jurisdicción territorial que ya cuente con UNO (1) o más Juzgados Federales de Primera Instancia con la misma competencia, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, atendiendo al número de causas actualmente en trámite, y por razones de mejor servicio, podrá disponer la dispensa de turno de UNO (1) o más de tales juzgados, por el plazo máximo de UN (1) año.
ARTICULO 60.- Créanse Cámaras Federales de Apelaciones y Salas de Cámaras Federales de Apelaciones ya existentes, con asiento en las Provincias y sus respectivos cargos de vocales de Cámara, funcionarios, funcionarias y empleados y empleadas, según se detalla en el ANEXO IV.
“Créanse UNA (1) Fiscalía de Cámara y UNA (1) Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia que actuarán ante las Salas de las Cámaras Federales de Apelaciones creadas por el presente y sus respectivos cargos que se detallan en el ANEXO IV”.
ARTÍCULO 63.- El MINISTERIO PÚBLICO que ejerce sus funciones ante los actuales Juzgados Federales con asiento en las provincias también lo hará ante los Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Penal o ante Juzgados Federales Penales de Garantías que se crean en el Título Tercero de esta ley.
ARTICULO 65.- Créanse en el ámbito del MINISTERIO PUBLICO FISCAL de la Nación los cargos de fiscal ante los Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Penal, ante los Juzgados Federales Penales de Garantías y ante los Juzgados de Primera instancia con asiento en las Provincias, conforme al ANEXO VI que integra la presente ley.
Donde dice: “artículo 39” debe decir “artículo 40”.
ARTICULO 69.- Encomiéndese a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION la inmediata habilitación de los Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Penal, los Juzgados Federales Penales de Garantías y los Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en las Provincias creados por el artículo 51, una vez cubiertas las vacantes de cargos de juez o jueza de conformidad con lo previsto en el artículo 58 inciso a).
ARTICULO 70.- Los Juzgados Federales de Primera Instancia que en virtud de la transferencia de secretarias dispuesta por el artículo 52 de la presente ley que resulten con competencia electoral exclusiva, sumarán competencia en materias no penales.
Transfiérense las secretarias no penales correspondientes a los Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en las Provincias indicados en el ANEXO VII a los Juzgados Federales de Primera Instancia o Juzgados Federales Penales de Garantías de igual localización, de acuerdo al detalle obrante en el citado anexo.
ARTICULO 71.-
Asígnese competencia en materia de protección de los consumidores y usuarios, del medio ambiente y de procesos colectivos y créanse Secretarías adicionales con dicha competencia en cada uno de los Juzgados Federales de Primera Instancia y Juzgados Federales Penales de Garantías individualizados en el ANEXO VII de esta ley.
En donde dice “Artículo 74” debe decir “Artículo 72”.
El inciso f) debe decir:
f) La Cámara de Apelaciones en lo Penal Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Cámaras Federales de Apelaciones con asiento en las provincias y la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional;
r) Catamarca (provincia de Catamarca): comprende la sección correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de Catamarca y La Rioja.
s) La Pampa (provincia de La Pampa): comprende la sección correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de La Pampa.
t) La Matanza (provincia de Buenos Aires): comprende la sección correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de La Matanza.
ANEXO II
JUZGADOS FEDERALES DE PRIMERA INSTANCIA y JUZGADOS FEDERALES PENALES DE GARANTIAS CON ASIENTO EN LAS PROVINCIAS
Se agrega un nuevo apartado 1:
1) UN (1) Juzgado Federal Penal de Garantías con asiento en la ciudad de RECONQUISTA, Provincia de SANTA FE, con idéntica jurisdicción territorial que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la misma ciudad y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO.
En donde dice: “Justicia Federale” debe decir “Justicia Federal”
13) UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la ciudad San Justo, Partido de LA MATANZA, Provincia de BUENOS AIRES, con jurisdicción territorial en la Provincia de Buenos Aires cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA MATANZA. (OJO Ver nombre final FALTA COMPETENCIA)
14) UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la ciudad de Laferrere, Partido de LA MATANZA, Provincia de BUENOS AIRES, con jurisdicción territorial en la Provincia de Buenos Aires cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA MATANZA. VER COMPETENCIA
x) DOS (2) Juzgados Federales de Primera Instancia en lo penal con asiento en la ciudad de TIGRE, provincia de BUENOS AIRES, individualizados como Nros. 1 y 2 respectivamente, con jurisdicción territorial en los Partidos de Tigre, San Fernando y Malvinas Argentinas, Provincia de BUENOS AIRES, y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SAN MARTIN.
x) UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia en lo penal con asiento en la ciudad de PILAR, provincia de BUENOS AIRES, con jurisdicción territorial en los Partidos de Pilar y Exaltación de la Cruz, Provincia de BUENOS AIRES, y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SAN MARTIN.
x) UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia en lo penal con asiento en la ciudad de TAPIALES, provincia de BUENOS AIRES, con jurisdicción territorial en la provincia de BUENOS AIRES, y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA MATANZA. (ver)
SE SUPRIME
20) TRES (3) Juzgados Federales Penales de Garantías con asiento en la ciudad de SAN SALVADOR DE JUJUY, Provincia de JUJUY, individualizados como Nros. 1,2, y 3 respectivamente, con la misma jurisdicción territorial que los actuales Juzgados Federales de Primera Instancia Nros. 1 y 2 con asiento en la ciudad de SAN SALVADOR DE JUJUY y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SALTA Y JUJUY.
21) UN (1) Juzgado Federal Penal de Garantías con asiento en la ciudad de SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, Provincia de SALTA, con la misma jurisdicción territorial que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN y que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de TARTAGAL y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SALTA Y JUJUY.
22) DOS (2) Juzgados Federales Penales de Garantías con asiento en la ciudad de SALTA, Provincia de SALTA, individualizados como Nros. 3 y 4 respectivamente, con idéntica jurisdicción territorial que los actuales Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la misma ciudad y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SALTA Y JUJUY.
23) UN (1) Juzgado Federal Penal de Garantías con asiento en la ciudad de TARTAGAL, Provincia de SALTA, con la misma jurisdicción territorial que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de TARTAGAL y que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SALTA Y JUJUY.
En donde dice: 26) UNO (1) juzgado...” debe decir: “UN (1) juzgado…”
En donde dice “ciudad de ITUZAINGO” debe decir “ciudad de SANTO TOMÉ”.
“UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de POSADAS, Provincia de MISIONES, individualizado como Nro. 1, con idéntica jurisdicción territorial que los actuales Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la misma ciudad y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE POSADAS”.
33) UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la ciudad de ARISTÓBULO DEL VALLE, Provincia de MISIONES, con la misma jurisdicción territorial que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de OBERÁ, que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de ELDORADO y que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de PUERTO IGUAZU y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE POSADAS.
38) UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la ciudad de LA RIOJA, Provincia de LA RIOJA, con idéntica jurisdicción territorial que los actuales Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la misma ciudad y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CATAMARCA.
En donde dice: “ciudad de CONCORDIA, que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de GUALEGUAYCHÚ y que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de VICTORIA y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ” debe decir: “ciudad de CONCORDIA y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ”
40) DOS (2) Juzgados Federales Penales de Garantías con asiento en la ciudad de MENDOZA, Provincia de MENDOZA, individualizados como Nros. 5 y 6, respectivamente, con idéntica jurisdicción territorial que los actuales Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la misma ciudad, y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MENDOZA.
42) UN (1) Juzgado Federal Penal de Garantías con asiento en la ciudad de SAN RAFAEL, Provincia de MENDOZA, con idéntica jurisdicción territorial que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la misma ciudad, y cuya alzada será ejercida por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MENDOZA.
) DOS (2) Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la ciudad de RESISTENCIA, Provincia de Chaco, individualizados como Nros. 3 y 4 respectivamente, con la misma jurisdicción territorial que los actuales Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la Ciudad de Resistencia Nros. 1 y 2 y que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA y cuya alzada será ejercida por la CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE RESISTENCIA.
) UN (1) Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la ciudad de ROQUE SAENZ PEÑA, Provincia de Chaco, con la misma jurisdicción territorial que los actuales Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la Ciudad de Resistencia Nros. 1 y 2 y que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA y cuya alzada será ejercida por la CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE RESISTENCIA.
ANEXO III
SECRETARIAS DE JUZGADOS FEDERALES EN LAS PROVINCIAS
“Juzgado Federal Penal de Garantías en San Lorenzo, con asiento en la ciudad de San Lorenzo, con jurisdicción en la Provincia de Santa Fe”.
) Créase una Secretaria Federal de Primera Instancia en lo penal de La Matanza, con asiento en la ciudad de Tapiales, con jurisdicción en la Provincia de Buenos Aires.
3)Créase una Secretaría en el Juzgado Federal de Avellaneda, con jurisdicción en los partidos de Avellaneda y Lanús, con asiento en la ciudad de AVELLANEDA, Provincia de Buenos Aires.
)Juzgado Federal de Primera instancia en lo penal de la ciudad de Tapiales, provincia de Buenos Aires.
SECRETARIAS PENALES TRANSFERIDAS
2)La Secretaría Penal y de Derechos Humanos del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de RECONQUISTA, Provincia de SANTA FE, se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías con asiento en la misma ciudad.
3)La Secretaría Penal B del Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 3 con asiento en Rosario, provincia de Santa Fe se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías Nro. 5 con asiento en la misma ciudad; y la Secretaria Penal 2 del Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 4 con asiento en Rosario, provincia de Santa Fe se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías Nro. 6 con asiento en la misma ciudad.
4) La Secretaría Penal y la Secretaria de Derechos Humanos del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se transfieren al Juzgado Federal Penal de Garantías Nº 3 con asiento en la misma ciudad y la Secretaría Penal del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº2 de la Ciudad de SANTA FE, Provincia de Santa Fe se transfiere al Juzgado Federal de Penal de Garantías Nº 4 con asiento en la misma ciudad.
5) La Secretaria Penal del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de VENADO TUERTO, Provincia de SANTA FE, se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías con asiento en la misma ciudad.
En donde dice: “Provincia de Buenos Aires.” debe decir a continuación: “Provincia de Buenos Aires, se transfiere al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal Nº 6 con asiento en la misma ciudad.”
8) Las Secretarias Nros. 1 y 2 del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de QUILMES, Provincia de BUENOS AIRES, se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal N° 2 con asiento en la misma ciudad”
“13) Las Secretarias Nros. 2 y 3 del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 con asiento en la ciudad de BAHÍA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal N° 3 con asiento en la misma ciudad y la Secretaria N° 6 del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 con asiento en la ciudad de BAHÍA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal N° 4 con asiento en la misma ciudad.”
18) La Secretaría Penal N° 2 del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 con asiento en la ciudad de SAN SALVADOR DE JUJUY, Provincia de JUJUY, se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías N° 1, con asiento en la misma ciudad; la Secretaría Penal N° 3 del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 con asiento en la ciudad de SAN SALVADOR DE JUJUY, Provincia de JUJUY, se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías N° 2, con asiento en la misma ciudad.
20) La Secretaria Penal del Juzgado Federal de Primera Instancia de SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN, Provincia de SALTA, se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías N° 2 con asiento en la misma ciudad.
21) La Secretaria Penal N° 2 del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 con asiento en la ciudad de SALTA, Provincia de SALTA, se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías N° 3 con asiento en la misma ciudad; la Secretaria Penal N° 4 del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 con asiento en la ciudad de SALTA, Provincia de SALTA, se transfiere al Juzgado Federal Penal de Garantías N° 4 con asiento en la misma ciudad.
22) Las Secretarias Penales N° I y N° II del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de TARTAGAL, Provincia de SALTA, se transfieren al Juzgado Federal Penal de Garantías con asiento en la misma ciudad.
“) La Secretaría Penal Nº 2 del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 con asiento en la ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, Provincia de Tucumán, se transfiere al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal Nº4 con asiento en la misma ciudad ”
29) La Secretaria Penal del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la Ciudad de OBERÁ, Provincia de Misiones se transfiere al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la Ciudad de ARISTOBULO DEL VALLE, Provincia de Misiones.
“) La Secretaría Penal y la Secretaria de Leyes Especiales del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 con asiento en la ciudad de CÓRDOBA, Provincia de CÓRDOBA, se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal Nº4 con asiento en la misma ciudad; la Secretaria Penal y la Secretaria de Leyes Especiales del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº3 con asiento en la ciudad de CÓRDOBA, Provincia de Córdoba se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal Nº5 con asiento en la misma ciudad.”
) La Secretaría Penal y la Secretaría de Leyes Especiales del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de LA RIOJA, Provincia de LA RIOJA, se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la misma ciudad.
31) Las Secretarías A y B del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 con asiento en la ciudad de MENDOZA, Provincia de MENDOZA, se transfieren al Juzgado Federal Penal de Garantías N° 5 con asiento en la misma ciudad; y las Secretarías C y F del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 con asiento en la ciudad de MENDOZA, Provincia de MENDOZA, se transfieren al Juzgado Federal Penal de Garantías N° 6 con asiento en la misma ciudad. Las Secretarías E y D permanecerán en el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3.
32) La Secretaria Penal del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de SAN RAFAEL, Provincia de MENDOZA, se transfiere al Juzgado Federal en lo Penal de Garantías con asiento en la misma ciudad.
“) La Secretaría Penal del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la Ciudad de SAN LUIS, Provincia de SAN LUIS, se transfiere al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la misma ciudad”
). La Secretaría N° 3 del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 1 y la Secretaría N° 6 del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 2, con asiento en la Ciudad de San Martín, se transfieren respectivamente al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal N° 1 y al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal N° 2, ambos con asiento en la ciudad de TIGRE.
) La Secretaría Penal Nro. 2 del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de CAMPANA, Provincia de BUENOS AIRES se transfiere al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal N° 1 con asiento en la Ciudad de Pilar.
) Las Secretarías Penales Nros. 1 y 2 y de Derechos Humanos del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº1 con asiento en la ciudad de Resistencia, Provincia del CHACO, se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal Nº 3 con asiento en esa misma ciudad: las DOS (2) Secretarías Penales del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº2 con asiento en la ciudad de RESISTENCIA, Provincia del CHACO, se transfieren al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la misma ciudad.
) La Secretaria Penal del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA, Provincia del CHACO, se transfiere al Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Penal con asiento en la misma ciudad.
ANEXO IV
CÁMARAS FEDERALES DE APELACIONES Y TRIBUNALES ORALES FEDERALES CON ASIENTO EN LAS PROVINCIAS
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CATAMARCA.
LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CATAMARCA será tribunal de alzada ante los Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la Provincias de CATAMARCA y LA RIOJA.
Tendrá su sede en San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de Catamarca.
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SAN LUIS
PODER JUDICIAL
“en el recuadro de Secretario de Cámara debe decir DOS (2)”
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE GENERAL ROCA
Incorpórese una (1) SALA de tres vocales a la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE GENERAL ROCA con sede en la ciudad de General Roca que actuará como Tribunal de alzada de los juzgados Federales de las provincias de NEUQUÉN y RÍO NEGRO.
Juez de Cámara | Tres (3) |
Secretario de Cámara | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Jefe de Despacho | Uno (1) |
Oficial | Dos (2) |
Escribiente | Dos (2) |
Personal de servicio y maestranza | Dos (2) |
TOTAL | CATORCE (14) |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
Fiscal de Cámara | Uno (1) |
Secretario | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Oficial | Uno (1) |
Auxiliar | Dos (2) |
TOTAL | OCHO (8) |
Defensor Público Oficial | Uno (1) |
Secretario | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Oficial | Uno (1) |
Auxiliar | Dos (2) |
TOTAL | OCHO (8) |
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PAMPA
La CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PAMPA con sede en la ciudad de Santa Rosa, actuará como Tribunal de alzada de los juzgados Federales de la provincia de LA PAMPA. Estará compuesta por UNA (1) Sala con tres vocales.
PODER JUDICIAL
Juez de Cámara | Tres (3) |
Secretario de Cámara | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Jefe de Despacho | Uno (1) |
Oficial | Dos (2) |
Escribiente | Dos (2) |
Personal de servicio y maestranza | Dos (2) |
TOTAL | CATORCE (14) |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
Fiscal de Cámara | Uno (1) |
Secretario | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Oficial | Uno (1) |
Auxiliar | Dos (2) |
TOTAL | OCHO (8) |
MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
Defensor Público Oficial | Uno (1) |
Secretario | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Oficial | Uno (1) |
Auxiliar | Dos (2) |
TOTAL | OCHO (8) |
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA MATANZA
La CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA MATANZA con sede en la ciudad de ………………, actuará como Tribunal de alzada de los juzgados Federales del Partido de LA MATANZA, Provincia de Buenos Aires.
Estará compuesta por UNA (1) SALA con tres vocales.
PODER JUDICIAL
Juez de Cámara | Tres (3) |
Secretario de Cámara | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Jefe de Despacho | Uno (1) |
Oficial | Dos (2) |
Escribiente | Dos (2) |
Personal de servicio y maestranza | Dos (2) |
TOTAL | CATORCE (14) |
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
Fiscal de Cámara | Uno (1) |
Secretario | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Oficial | Uno (1) |
Auxiliar | Dos (2) |
TOTAL | OCHO (8) |
MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
Defensor Público Oficial | Uno (1) |
Secretario | Dos (2) |
Prosecretario administrativo | Dos (2) |
Oficial | Uno (1) |
Auxiliar | Dos (2) |
TOTAL | OCHO (8) |
ANEXO V
CARGOS DE DEFENSOR PÚBLICO OFICIAL
Donde dice: “Un (1) cargo de defensor federal, con jurisdicción en los partidos de Avellaneda y Lanús, con asiento en Avellaneda con asiento en la ciudad de Avellaneda” debe decir: “Un (1) cargo de defensor público oficial, con jurisdicción en los partidos de Avellaneda y Lanús, con asiento en la ciudad de Avellaneda”
Donde dice “ROQUE SAENZ PEÑA” debe decir RESISTENCIA.
Donde dice “ciudad de GOYA” debe decir “ciudad de PASO DE LOS LIBRES”
14) DOS (2) cargos de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en la ciudad de CONCORDIA, Provincia de ENTRE RIOS”
) UN (1) cargo de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en la ciudad de PARANA, PROVINCIA DE ENTRE RÍOS.
Donde dice “defensor público oficiales” debe decir: “defensor público oficial”
) UN (1) cargo de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en la ciudad de VIEDMA, Provincia de Río Negro.
) UN (1) cargo de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en la ciudad de CORDOBA, PROVINCIA DE CORDOBA.
) UN (1) cargo de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en la ciudad de TARTAGAL, PROVINCIA DE CORDOBA.
) DOS (2) cargos de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en la ciudad de TIGRE, Provincia de BUENOS AIRES.
) UN (1) cargo de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en la ciudad de PILAR, provincia de BUENOS AIRES.
) UN (1) cargo de defensor público oficial con competencia penal, con asiento en ciudad de TAPIALES, provincia de BUENOS AIRES.
ANEXO VI
CARGOS DE FISCALES
Donde dice: “Un (1) cargo de fiscal federal, con jurisdicción en los partidos de Avellaneda y Lanus, con asiento en Avellaneda con asiento en la ciudad de Avellaneda” debe decir: “Un (1) cargo de fiscal federal, con jurisdicción en los partidos de Avellaneda y Lanús, con asiento en la ciudad de Avellaneda”
Donde dice UN (1) cargo debe decir DOS (2) cargos.
UN (1) cargo de fiscal federal con competencia penal, con jurisdicción en el territorio de la Provincia de Buenos Aires y con asiento en ciudad de TAPIALES.
Donde dice UN (1) cargo debe decir DOS (2) cargos.
) CUATRO (4) cargos de fiscales con competencia penal, con jurisdicción en la Provincia del CHACO, y con asiento en RESISTENCIA.
Donde dice: “(UN) cargo” debe decir: “UN (1) cargo”
Donde dice: “ciudad de BARILOCHE” debe decir: “ciudad de SAN CARLOS DE BARILOCHE”
) UN (1) cargo de fiscal federal con competencia penal, con jurisdicción en el territorio de la Provincia de SANTA FE, con asiento en la ciudad de RAFAELA.
) UN (1) cargo de fiscal federal con competencia penal, con jurisdicción en el territorio de la Provincia de SANTA FE, con asiento en la ciudad de RECONQUISTA.
) DOS (2) cargos de fiscal federal con competencia penal, con jurisdicción en el territorio de la Provincia de Buenos Aires y con asiento en la ciudad de TIGRE.
) UN (1) cargo de fiscal federal con competencia penal, con jurisdicción en el territorio de la Provincia de Buenos Aires y con asiento en la ciudad de PILAR.