Con un proyecto de solo 2 artículos, varios legisladores nacionales de Junto por el Cambio firmaron una iniciativa de ley para derogar el decreto presidencial 438/21.
El diputado nacional por Buenos Aires Alberto Asseff junto a otros 17 legisladores de Juntos por el Cambio presentó un proyecto de ley con el objetivo de derogar el decreto N° 438/21 que publicó este miércoles el Gobierno nacional con el objetivo de que los trabajadores que inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la obra social de su rama de actividad, antes de poder ejercer la opción de cambio de su cobertura médica.
Ante esta medida de la administración de Alberto Fernández, la oposición reaccionó y aseguró, en los fundamentos de la iniciativa, que “el Gobierno tiene la intención de que el Ministerio de Salud recupere la rectoría total de todo el sistema con un mayor control sobre los recursos del sistema público, de las obras sociales y de las prepagas”.
“Para evitar el avasallamiento de libertades y derechos adquiridos, solicito el acompañamiento de mis pares”, dijo Assef.
Los diputados cofirmantes son: Héctor Stefani, Francisco Sánchez, Jorge Enríquez, Alicia Terada, Pablo Torello, José Luis Patiño, Lidia Ascarate, Alfredo Schiavoni, Gerardo Cipollini, Diego Mestre, Roxana Reyes, Ricardo Buryaille, Graciela Lena, Victoria Morales Gorleri, Martin Grande, Hernán Berisso y Virginia Cornejo.
La decisión del Gobierno respecto a las obras sociales
Los trabajadores que inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la obra social de su rama de actividad, antes de poder ejercer la opción de cambio de su cobertura médica.
Ese período de permanencia "resultará de aplicación a las relaciones laborales que se hubieren iniciado con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto y no cuenten a dicha fecha con un año de antigüedad. Sin perjuicio de ello, en caso de que el trabajador o la trabajadora hubieren hecho uso del derecho de opción en forma previa a la entrada en vigencia del presente, se respetará dicha opción", indicó el Decreto.
La opción de cambio podrá ejercerse solo una vez durante todo el año calendario y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud.
El derecho de opción de cambio de obra social deberá ejercerse de manera individual y personal por el beneficiario, a través de las modalidades dispuestas y/o las que en el futuro disponga la Superintendencia de Servicios de Salud.
Las modalidades y plataformas digitales que se utilicen deberán garantizar que la información correspondiente a las opciones de cambio realizadas se encuentre disponible y accesible en forma oportuna para la AFIP y para las Obras Sociales de origen y destino.
La Casa Rosada recordó que por medio del Decreto N 504/98, se reglamentó el modo de ejercicio del derecho de elección de obra social, basado en los principios de solidaridad y equidad del sistema.