El oficialismo en el Senado activa el debate de los alquileres temporarios

Tras el comienzo de la discusión por la reforma de la Ley de Alquileres, este jueves se realizará un plenario de comisiones para tratar un proyecto de la senadora Ana María Ianni.

Tras el comienzo de la discusión por la reforma de la Ley de Alquileres, y tal como se anticipó en ese encuentro, el oficialismo en el Senado activará el debate sobre la regulación de los alquileres temporarios.

El proyecto presentado en marzo pasado por la santacruceña Ana María Ianni (UC-FdT) se tratará este jueves, a partir de las 11.30, en un plenario de las comisiones de Legislación General y de Turismo -que primero debe constituirse-.

Similar a una iniciativa presentada recientemente por Paula Penacca en la Cámara baja, el texto impulsado por Ianni promueve “la regulación del contrato de locación temporaria con fines turísticos en la República Argentina”.

De acuerdo a la propuesta, estarán alcanzados “los propietarios o administradores que cuenten con poder y/o autorización correspondiente para comercializar inmuebles de forma temporaria, los huéspedes y toda persona que comercialice, publicite u ofrezca a través de cualquier medio viviendas de alquiler temporario para uso turístico”. Para que un inmueble sea considerado de alquiler temporario, deberá rentarse entre 1 a 90 días.

Pero además, el proyecto dispone la creación, en el ámbito del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación o quien en el futuro lo reemplace, del “Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario”.

En uno de sus artículos también define que “las plataformas digitales que ofrezcan, intermedien, y/o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos, deberán: habilitar un campo en la plataforma digital para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad; y proceder a la baja, retiro o suspensión de toda publicación que no posea el número de inscripción en el registro, previa notificación fehaciente al propietario o administrador de la unidad en alquiler”.

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