El proyecto del diputado radical Pedro Galimberti apunta a cambiar los porcentajes reduciendo del 50% al 30% para considerar la situación como emergencia, y del 80% al 50% para declararlo como desastre.
El diputado nacional Pedro Galimberti (UCR – Entre Ríos) presentó un proyecto de ley para modificar la Ley de Emergencia Agropecuaria, puntualmente busca reducir los reduciendo del 50% al 30% para considerar la situación como emergencia, y del 80% al 50% para declararlo como desastre.
En principio, la iniciativa propone que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, u el organismo que en el futuro lo reemplace, será la Autoridad de Aplicación y establecerá la estructura y la forma de implementación del Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
Así, busca la creación de una Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que será presidida por la Autoridad de Aplicación, y estará integrada por los representantes del Consejo Federal Agropecuario y miembros de las asociaciones de representantes de productores agropecuarios con personería jurídica nacional, y tendrán como función formular propuestas con relación a los mecanismos de monitoreo y evaluación del sistema.
También, podrá solicitar al Ejecutivo Nacional la declaración de emergencia o desastre agropecuario que se encuentren o puedan ser afectadas por factores de origen climático, meteorológico, telúrico, biológico o físico, que no fueren previsibles o siéndolo fueren inevitables que, por su intensidad o carácter extraordinario, afecten la producción o capacidad productiva.
“Los estados de emergencia y/o desastre agropecuario deberán ser declarados por los productores, mediante el canal físico y/o digital que elabore la provincia en la que se encuentre o ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios. En caso que sea la Comisión quien recepcione las declaraciones, se encargará de informar a la provincia las declaraciones recibidas, instándole a declarar la zona en Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario. Asimismo, convocará a la adopción de igual decisión en el orden nacional, debiendo ésta expedirse en un plazo no mayor de veinte (20) días”, agrega.
El artículo 6, propone que para gozar de los beneficios emergentes los productores afectados en su producción o capacidad de producción en un 30%, se acreditarán en situación de emergencia y los productores afectados en un 50%, se acreditarán en situación de desastre.
También plantea agilizar las tramitaciones de los productores ante el Estado y habilitar la presentación digital de las Declaraciones Juradas, ya sea ante las Provincias o la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
En otro punto, busca reforzar el Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios (FONEDA) que pasaría a ser de un 5% del total de la partida presupuestaria asignada a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Además, con el objetivo de mantener un valor constante se establece que los recursos del Fondo se compongan del valor equivalente a 20 millones de litros de nafta especial que, a valores de agosto de 2023, serían 5 mil millones de pesos. El proyecto también contempla prórroga del vencimiento, excepción de impuestos, pago de aranceles de aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, reducción de alícuotas, suspensión de la iniciación de juicios e intimaciones, entre otros beneficios.
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