La Corte Suprema le bajó el pulgar a la jueza Figueroa
A través de una acordada, el Tribunal Superior dispuso que la magistrada debe dejar su cargo en la Cámara Federal de Casación Penal.

Finalmente concluyó la novela que se había armado en torno a la continuidad o no de la jueza Ana María Figueroa, cuya permanencia en la Cámara de Casación había sido solicitada por el presidente de la Nación, pero sin que el Senado alcanzara a aprobarlo.
Figueroa cumplió el pasado 8 de agosto 75 años y la Constitución nacional establece que cuando eso sucede un magistrado debe dejar el cargo. Solo podría haber continuado si prosperaba un pedido de prórroga expresado desde el Poder Ejecutivo Nacional, pero ante la falta de su aprobación en el Senado finalmente intervino la Corte Suprema de Justicia, que dio por concluido el tema: por unanimidad de sus cuatro miembros, se determinó que Figueroa debe dejar el cargo.
La situación de Figueroa había generado un verdadero parate en la Cámara alta, ya que el oficialismo no podía conseguir quórum para sesionar y allí votar la aprobación de su pliego.
Cabe recordar que la jueza, considerada como cercana al kirchnerismo, debía votar en causas en las que la presidenta del Senado está involucrada: Los Sauces y Hotesur.
En el fallo suscripto por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, se estableció que Figueroa ha cesado en sus funciones desde “el 9 de agosto del corriente año”, precisamente el día después de haber cumplido 75 años. Así lo hace saber la Corte al Consejo de la Magistratura “a fin de que adopte las medidas que estime necesarias”.
La Corte expresó que “al no prever la norma plazo de gracia alguno, el nombramiento debe ser anterior al día en que el magistrado alcance la edad referida; de lo contrario, no habría límite temporal para la realización de ese nuevo nombramiento, con la absurda consecuencia de que el límite etario se tornaría inoperante”.
Agrega el fallo que “la doctora Figueroa ha perdido la investidura judicial el 9 de agosto pasado, día en que cumplió 75 años de edad sin haber obtenido un nuevo nombramiento con el correspondiente acuerdo del Senado”.
En su resolución, la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece finalmente estos tres puntos:
1°) Declarar que la Dra. Ana María Figueroa cesó en sus funciones a partir del 9 de agosto del corriente año en virtud de lo dispuesto por el artículo 99 inciso 4 tercer párrafo de la Constitución Nacional.
2°) Poner en conocimiento del Consejo de la Magistratura lo resuelto en la presente a fin de que adopte las medidas que estime necesarias.
3°) Notificar lo aquí decidido a la Cámara Federal de Casación Penal.
5084.2023