El Senado comenzará el debate sobre el proyecto contra lavado de activos, exigido por el FMI
La iniciativa, que ya cuenta con media sanción de Diputados, será tratada en el seno de una reunión conjunta de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda.

La Cámara de Senadores comenzará a debatir el proyecto modifica el Código Penal respecto de la prevención y represión del lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, que ya cuenta con media sanción de Diputados desde abril de este año.
Será en una reunión conjunta de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda, presididas por los oficialistas Oscar Parrilli (Neuquén) y Ricardo Guerra (La Rioja) respectivamente, que tendrá lugar en el Salón Arturo Illia este martes a las 17.30.
La iniciativa, enviada por el Poder Ejecutivo hace casi un año atrás -en mayo de 2022-, es exigida desde el Fondo Monetario Internacional, de manera de que el país se pueda adecuar a los estándares internacionales. Además, para el Gobierno urge su aprobación, a raíz de que en septiembre de este año Argentina comenzará a ser evaluada por el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional).
El tratamiento del texto viene con mora, ya que en mayo cuando se constituyó la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, su electo presidente había adelantado que era intención de la comisión que “el próximo jueves 8 de junio comenzar con el tratamiento, en reunión conjunta con la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el proyecto que viene en revisión de Diputados que modifica el Código Penal sobre la prevención y represión del lavado de activos, financiación del terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”, porque “es un compromiso que tiene el Gobierno nacional con el Grupo de Acción Financiera Internacional y que está reclamando que le demos tratamiento para poder sancionarlo en ley”, pero nunca estuvo en agenda el plenario hasta el día de la fecha.
Aspectos del proyecto
El proyecto modifica el artículo 5 de la Ley 25.246, de modo de establecer que la UIF funcionará como “organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía, con personería jurídica propia, con autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera”.
El texto original del Poder Ejecutivo tuvo numerosos cambios. Uno de ellos fue que se modificó lo referido a la pena prevista para el lavado en el artículo 303 del Código Penal: se aumentará el monto de la condición objetiva de punibilidad de 300 mil pesos a 8.600.000 y se implementará una unidad de medida (Salario Mínimo Vital y Móvil) a los fines de su actualización periódica.
A su vez, se incorpora un nuevo tipo de penal de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en el artículo 306; y se agrega el artículo 4 bis a la Ley 25.246 para incorporar el concepto de operación inusual y sospechosa de conformidad con la recomendación 20 del GAFI.
Sobre la UIF, se refuerza el mecanismo de audiencia pública previo a la designación de las autoridades.
Se aclara que los abogados, quienes se suman como sujetos obligados a reportar situaciones sospechosas, no serán sujetos obligados cuando se desempeñen en actividades consistentes en asesoramiento, consultoría legal, así como también el patrocinio, representación o defensa en litigios judiciales, administrativos, arbitraje o mediación.
Se suprime el párrafo referido al secreto profesional toda vez que la aplicación de dicho apartado podía dar lugar a interpretar que toda actividad de los abogados está protegida por el secreto profesional, y ello implicaría que nunca deberían realizarse reportes de operaciones sospechosas.
Respecto a los contadores, se suprime como actividad comprendida la confección de informes de revisión limitada en estados contables.
Además, se contempla la creación de una Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de Sistema, Prevención, Investigación y Persecución Penal de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y Armas de Destrucción Masiva, a los fines de incorporar un control político y parlamentario.
También se prevé la creación de un Registro de Proveedores de Servicios Virtuales, a los fines de establecer que la Comisión Nacional de Valores va a ser el organismo que se va a encargar del registro, su evaluación y supervisión. Este aspecto apunta a detectar eventuales operaciones sospechosas a través de activos virtuales (criptomonedas). Entre otros puntos, se estima la creación de un Registro de Beneficiarios Finales, como registro centralizado que contenga información adecuada, precisa y actualizada de los beneficiarios finales de personas y estructuras jurídicas, cuya autoridad de aplicación será la AFIP.