El Gobierno promulgó el Plan de Ciencia 2030

La ley fue sancionada el 10 de octubre pasado y plantea 10 desafíos nacionales y distintas agendas que serán trabajadas en conjunto con todas las jurisdicciones.

El Poder Ejecutivo promulgó este lunes la Ley 27.738 que establece el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030, que plantea 10 desafíos nacionales y distintas agendas que serán trabajadas en conjunto con todas las jurisdicciones.

Esta ley elaborada por el Poder Ejecutivo fue sancionada por la Cámara de Diputados en la sesión del 10 de octubre pasado. A su vez, el decreto 541/2023 lleva las firmas del presidente de la Nación, Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y el ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, Daniel Filmus.

“Desde hoy, y por primera vez en la historia, Argentina cuenta con una Ley votada por consenso en ambas cámaras que define las prioridades de la Ciencia y Tecnología para la próxima década. Es una poderosa herramienta para el desarrollo nacional, el bienestar del pueblo y nuestra soberanía”, expresó Filmus en su cuenta de Twitter.

Puntos principales del proyecto

A través de la iniciativa se aprueba el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030 y se define que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, que coordinará las acciones necesarias para el cumplimiento de dicho plan con las jurisdicciones y entidades involucradas.

El Plan presenta los procesos centrales de su formulación e implementación en virtud de un conjunto de agendas agrupadas en cuatro clases, según ámbitos territoriales y temáticos de incumbencia: Agendas Estratégicas, Agendas Territoriales, Agendas Transversales y Agenda de Cambio Institucional.

El Plan desarrollará “Diez Desafíos Nacionales”, que serán políticas específicas de alcance nacional que expresan los temas estratégicos que requieren de conocimiento científico y tecnológico. Ellos son: erradicar la pobreza y reducir la desigualdad y la vulnerabilidad socioambiental; impulsar la bioeconomía y la biotecnología para incrementar la producción sostenible y alcanzar la soberanía alimentaria; y contribuir al diseño de políticas para fortalecer la democracia y ampliar los derechos ciudadanos.

También, los de construir una educación inclusiva y de calidad para el desarrollo nacional; lograr una salud accesible, equitativa y de calidad; desarrollar los sectores espaciales, aeronáutico, de las telecomunicaciones y de la industria para la defensa; y fortalecer la investigación marítima, la soberanía y el uso sostenible de los bienes del Mar Argentino.

Completan los desafíos, promover la industria informática y de las tecnologías de la información para la innovación productiva y la transformación digital; potenciar la transición al desarrollo sostenible; y fomentar y consolidar un sendero para la transición energética.

El Plan 2030 presenta Agendas Territoriales Integradoras de Ciencia, Tecnología e Innovación (ATI-CTI) para cada una de las 24 jurisdicciones, que expresan las prioridades y estrategias de intervención.

Las Agendas Transversales buscan consolidar la base científica y tecnológica para potenciar la capacidad de respuesta tanto a los Desafíos Nacionales como de las Agendas Territoriales. Estas se orientan a la promoción general del conocimiento, la aplicación de tecnologías a la investigación, desarrollo e innovación, la consideración de los aportes de las ciencias sociales y humanas, la promoción de una ciudadanía y cultura científica, la sostenibilidad y la incorporación de la perspectiva de género.

La Agenda de Cambio Institucional atiende a las modalidades de planificación referidas a la formación de recursos humanos, la gestión del conocimiento, la articulación multiactoral, la federalización y la internacionalización.

En cuanto a la inversión total en investigación y desarrollo, se proyecta que pasará del 0,52% del PBI en el año 2020 al 0,85% en el año 2025 y al 1,70% en el año 2030.

El Gobierno promulgó la Ley de Alquileres

La nueva normativa fue publicada este martes en el Boletín Oficial. La misma mantiene los plazos de contratos por 3 años, ajustes no inferiores a los 6 meses, el precio de los contratos debe estar fijado a la moneda nacional y el índice de actualización será el coeficiente de “Casa Propia”.

A tan solo una semana de la aprobación en la Cámara de Diputados de la Ley de Alquileres que volvió con modificaciones del Senado por parte del oficialismo, este martes el Gobierno Nacional promulgó la norma bajo el Decreto 533.

El decreto que establece las reformas al Código Civil y Comercial de la Nación contó con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi, y los ministros de Justicia, Martín Soria, y de Economía, Sergio Massa.

Tras su promulgación se espera que la norma entre en vigor este mismo mes o a inicios de noviembre a fin de darle certidumbre a los inquilinos y propietarios que hace años vienen reclamando por una nueva ley ante la problemática habitacional que se ve agravada por crisis económica que atraviesa el país.

La nueva ley mantiene en 3 años el plazo de los contratos (el tiempo actualmente vigente); los ajustes se podrán realizar con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 6 meses.

Se establece como índice para la actualización del precio el coeficiente de “Casa Propia”, utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Éste estará “conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina”.

Además, establece que el precio de los contratos debe fijarse en moneda nacional. En esta misma línea, dispone que “toda publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional”.

Se elimina que se permitan pagos voluntarios anticipados por parte del inquilino, en tanto que los incentivos fiscales se mantienen sin cambios relevantes, salvo uno relacionado al monotributo, al establecer que “los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta 2 inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”. 

Se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y que aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados” queden exentas del impuesto al cheque.

Por otra parte, se incorpora que “las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

El camino en el Congreso

El 23 de agosto la oposición se alzó con el dictamen de minoría en la Cámara baja, el cual planteaba contratos por 2 años, ajustes de periodicidad acordado entre las partes no inferiores a 4 meses y proponía que las partes debían convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

Sin embargo, en el Senado el oficialismo propuso su propio dictamen modificando la media sanción de Diputados y el 28 de septiembre logró la media sanción en el recinto. Así, el pasado 11 de octubre el FdT consiguió ratificar su proyecto con modificaciones con 128 votos a favor del dictamen de mayoría, 114 votos en contra y cero abstenciones.

El Gobierno promulgó la Ley de diagnóstico humanizado sobre Síndrome de Down

La norma fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y establece un protocolo de comunicación a la familia. Fue sancionada por unanimidad en Diputados el pasado 19 de abril.

El Gobierno nacional promulgó este miércoles la ley 27.716 de diagnóstico humanizado que tiene como objeto principal asegurar la contención y acompañamiento de las personas que reciben un diagnóstico de Trisomía 21/síndrome de Down para su hijo en gestación o recién nacido.

La norma fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 265/2023 firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

La Ley fue sancionada por unanimidad con 210 votos en Diputados el pasado 19 de abril y venía siendo reclamada fuertemente desde ASDRA (Asociación Síndrome de Down de la República Argentina). El texto había logrado la media sanción del Senado en diciembre de 2021 impulsada por quien fuera en ese momento senador, el radical Julio Cobos.

De acuerdo a la flamante norma, el diagnóstico deberá hacerse mediante una adecuada comunicación interpersonal e información objetiva y actualizada de la condición informada.

Los objetivos de la ley son: proveer a los progenitores información completa, precisa y actualizada; promover la capacitación en el modelo social de discapacidad y sensibilización de los equipos de salud.

También, promover la atención oportuna y estimulación temprana del recién nacido con diagnóstico de síndrome de Down para asegurar su calidad de vida en igualdad de oportunidades; y contribuir a la plena inclusión de las personas con discapacidad, evitando la difusión de estereotipos o el surgimiento de nuevas formas de discriminación.

Entre sus funciones, la autoridad de aplicación tendrá que: promover la formación y capacitación continua a profesionales de la salud; elaborar y difundir un protocolo respecto de la comunicación y la información que debe proveerse a las personas cuyo hijo en gestación o recién nacido recibe un diagnóstico de síndrome de Down; generar, colectar y sistematizar la información respecto a la cantidad de casos diagnosticados; y difundir cartelería en los establecimientos de salud respecto de los derechos de los progenitores.

La ley establece que la comunicación que realicen los profesionales deberá realizarse en un ámbito de intimidad y, de forma presencial o a través de un medio de comunicación o plataforma tecnológica, que haga posible sostener una comunicación interpersonal de calidad y garantice su privacidad; asegurar la disponibilidad de tiempo necesaria para evacuar dudas y consultas; y ser empática, en lenguaje claro, actualizada, neutral, respetuosa de la dignidad de las personas con discapacidad y en formatos accesibles con una perspectiva en derechos humanos.

A su vez, se indica que “al momento del diagnóstico prenatal o posnatal, deberá proveerse información en los términos de la Ley 26.529 (Derechos del Paciente) y la vinculada a la condición diagnosticada, recomendaciones de seguimiento clínico, recursos, grupos y asociaciones de acompañamiento y contención de las personas con discapacidad y sus familias, servicios sanitarios y de apoyo públicos y de la sociedad civil, así como los sitios de interés para usuarios que reciban el diagnóstico prenatal o posnatal del síndrome de Down”.

El Gobierno promulgó la Ley de Digitalización de Historias Clínicas

La norma, que fue sancionada por la Cámara de Diputados el pasado 28 de febrero, fue publicada en el Boletín Oficial este jueves. La misma establece la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

El Gobierno nacional promulgó este jueves la Ley de creación del Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas, sancionada el 28 de febrero pasado por la Cámara de Diputados, por medio de la cual se establece la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

La norma fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 144/2023 firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

La iniciativa, que fue sancionada por 227 votos afirmativos y 2 negativos, había sido aprobada en el Senado en noviembre de 2020 y de no ser tratada antes del comienzo de un nuevo período ordinario podría haber perdido estado parlamentario.

La ley establece la creación del “Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina”, con la finalidad de instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas. por el cual toda la información del paciente quedará documentada en un sistema único.

La autoridad de aplicación, que será designada por el Poder Ejecutivo, tendrá entre sus funciones crear y conformar con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la estructura organizativa del Programa y reglamentar su implementación y su progresivo funcionamiento.

Además, deberá determinar las características técnicas y operativas de la informatización y digitalización de las historias clínicas; elaborar un protocolo de carga e implementar un software de historia clínica coordinando la implementación interjurisdiccional; e instalar el software de forma gratuita en todos los hospitales públicos, nacionales, provinciales y municipales, y, en la forma que se establezca por vía reglamentaria, en los centros de salud privados y de la seguridad social; entre otros puntos.

En el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas se deja constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social, reza el articulado.

Asimismo, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas debe contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento.

“La información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error acorde a lo establecido en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus modificatorias”, indica.

También señala que “el paciente es titular de los datos y tiene en todo momento derecho a conocer la información en la Historia Clínica Electrónica, que es el documento digital, obligatorio, con marca temporal, individualizada y completa, en el que constan todas las actuaciones de asistencia a la salud efectuadas por profesionales y auxiliares de la salud a cada paciente, refrendadas con la firma digital del responsable”.

“El almacenamiento, actualización y uso se efectúa en estrictas condiciones de seguridad, integridad, autenticidad, confiabilidad, exactitud, inteligibilidad, conservación, disponibilidad y acceso”, agrega.

Desde Pacheco, el Gobierno promulgó la Ley de Promoción de la Industria Automotriz

El acto fue encabezado por el presidente Alberto Fernández en la planta Ford en la que estuvo acompañado por el ministro de Economía, Sergio Massa.

El presidente de la Nación, Alberto Fernández, encabezó este viernes un acto desde la planta Ford ubicada en la localidad de General Pacheco, desde la que promulgó la Ley de Promoción de inversiones de la Industria Automotriz – Autopartista y su cadena de valor que fue aprobada el pasado 1 de septiembre con 56 votos afirmativos.

El mandatario estuvo acompañado por el presidente de Ford Argentina, Martín Galdeano; la subsecretaria de industria, Priscila Makari; el secretario General de Smata, Ricardo Pignanelli.

En su discurso, el jefe de Estado destacó que “la industria automotriz es una suerte de nave insignia de la industria argentina, gran promotora de inversión y de trabajo”, y remarcó que “hay que seguir bajando, como lo estamos haciendo, los índices de desocupación, tenemos menos de la mitad de lo que recibimos, pero no nos quedamos tranquilos”, por lo que enfatizó en “seguir apoyando a la industria es central”.

En ese sentido, informó que un 70% de lo que se produce se exporta lo que permitió al país, que con su proyección internacional, “ganar mercados, con dólares que ingresan y ayudan a fortalecer nuestras reservas y nuestra moneda”.

A su turno, Massa recordó que “cuando se discutió la ley, todavía tenía otro sombrero”, en alusión a su desempeño anterior como presidente de la Cámara de Diputados, al tiempo que ponderó “el esfuerzo que hizo la cadena de valor, desde las concesionarias a las terminales, y el sindicato” porque “el camino era el del diálogo y todo tuvo eco en el Congreso”.

“Esta ley premia con incentivos fiscales, con disminución de impuestos a todo el sector automotriz en la medida que genera empleo, exportaciones, mayor integración de partes nacionales”, remarcó el funcionario y ponderó: “Cuando nos ponemos de acuerdo, podemos constituir una política de Estado”.

Además, aseveró que con esta norma el sector automotriz “sin dudas se transforma en un claro jugador para los próximos cinco años del crecimiento de la política industrial argentina”, e indicó que Argentina va a exportar este año 190.000 vehículos, un volumen que crecerá en 2023 en un 70% más de lo que se produjo en 2019.

Además, aseguró que gracias a la nueva norma el empleo en el sector, incluyendo a los fabricantes de partes y piezas para autos, habrá crecido un 23% para finales del próximo año. Asimismo, el ministro afirmó que el sector automotriz argentino “ha dejado de ser un jugador que mira el mercado local y se ha transformado en un jugador que puede mirar de manera conjunta el mercado regional y el mercado global”.

Al tomar la palabra, Galdeano destacó que la ley “es tan importante para la industria automotriz y autopartista” y agregó que tuvo “amplio apoyo en el Congreso”. A su vez, remarcó que las inversiones del sector automotor “son mayoritariamente destinadas a la exportación”, lo que convierte al sector automotriz en “el segundo complejo exportador de la Argentina” porque “más del 60% de lo que produce se exporta”.

“La ley que se está promulgando que establece un marco regulatorio e impositivo, crea condiciones favorables para la inversión, la producción y el empleo”, ponderó el presidente de Ford y contó que “la industria automotriz esta pasando por un proceso de transformación inédita agregando tecnología y motorizaciones eléctricas y sustentables”.

Finalmente, Pignanelli enfatizó que “los trabajadores fueron los verdaderos autores de la ley”, y remarcó que “el gran desafío que tenemos en la Argentina es convertir a ocho millones de trabajadores en obreros industriales”.

Qué establece la flamante ley

La norma tiene como objetivo promover las inversiones en todos los eslabones de la cadena de valor automotriz, es decir, terminales y autopartistas de los diferentes anillos, sistemistas y empresas que agregan valor a partir de procesos industriales.

Entre los beneficios fiscales plantea: devolución anticipada del IVA; amortización acelerada de los bienes de capital y de las obras de infraestructura; y que los derechos de exportación van a ser de 0% hasta el 31 de diciembre de 2031.

Además, la ley declara a la Industria Automotriz-Autopartista como Industria Estratégica en la República Argentina.

Por medio de la misma se propicia la creación del “Programa de Fomento a Nuevas Inversiones de la Industria Automotriz-Autopartista”, que comprenderá las inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura realizadas por empresas industriales radicadas en Argentina.

Los beneficiarios podrán ser aquellas empresas que cuenten con proyectos de inversión aprobados por la autoridad de aplicación, mientras que no podrán acogerse al programa quienes estén declarados en quiebra, se encuentren en otro régimen de promoción o tengan morosidad.

Los bienes producidos en el marco de los proyectos de inversión deberán alcanzar un Contenido Mínimo Nacional (CMN), que se define en escalas progresivas de acuerdo a los vehículos o autopartes.

También se establece la creación de un Instituto de la Movilidad, con un directorio integrado por ocho miembros ad honorem designados por las cámaras empresarias y los sindicatos.

El Gobierno promulgó la Ley de Alivio Fiscal para monotributistas y autónomos

Sin acto oficial, pero tras una reunión con Sergio Massa y legisladores del FdT, el presidente firmó el decreto que oficializa la ley votada la semana pasada por unanimidad en el Senado.

En la previa de la jura de la nueva ministra de Economía, Silvina Batakis, el presidente Alberto Fernández firmó este lunes el decreto de promulgación de la Ley de Alivio Fiscal para trabajadores monotributistas y autónomos, que fue votada por unanimidad el jueves pasado en el Senado.

Aunque estaba previsto un acto oficial, el mismo se suspendió y lo que hubo en Casa Rosada, en cambio, fue una reunión de Alberto Fernández con el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, impulsor de la norma, en la que también estuvieron presentes legisladores oficialistas. Asistieron Germán Martínez -jefe del bloque-, Cecilia Moreau, Eduardo Valdés, Leandro Santoro, Victoria Tolosa Paz y Paula Penacca.

Según se informó oficialmente, con el objetivo de asegurar el acceso a los beneficios previstos por la ley -que fue votada al filo del 1ro. de julio-, la AFIP definió que la recategorización semestral se habilitará del 11 al 29 de julio y el vencimiento del pago de la obligación mensual se extenderá al 27 de julio.

La norma determinó que los montos máximos de facturación para las categorías A, B, C y D se actualicen en un 60% y el resto, de la E a la K, en 29,12%. De esta manera, los montos máximos para cada categoría son: $748.382,07, para la A; $1.112.459,83, para la B; $1.557.443,75, para la C; $1.934.273,04, para la D; $2.277.684,56, para la E; $2.847.105,70, para la F; $3.416.526,83, para la G; $4.229.985,60, para la H; $4.734.330,03, para la I; $5.425.770,00, para la J; y $6.019.594,89, para la K.

alberto fernandez firmando promulgacion alivio fiscal

Además, prevé la exención del componente impositivo para 1,7 millones de personas registradas en las categorías A y B que no perciban otro ingreso (por ejemplo, no tener un trabajo en relación de dependencia, ni cobrar una jubilación).

El objetivo de la ley fue que los contribuyentes no tengan que “saltar” hacia una escala mayor, producto de facturar más por la inflación. Se estima que serán beneficiados unos 4.498.419 monotributistas de todo el país, lo que representa el 39% en el AMBA y el 61% en el resto de las provincias.

Por otro lado, se estableció un aumento de las deducciones los trabajadores autónomos que pagan el impuesto a las Ganancias. La norma incrementó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y, de esta forma, permite reducir la carga tributaria y mejorar el poder adquisitivo. Impactará aproximadamente en 140 mil personas.

Se promulgó la Ley de Cannabis Medicinal y Cáñamo Industrial

En un acto encabezado por el presidente Alberto Fernández, se anunció la promulgación de la ley que regula el desarrollo productivo del cannabis medicinal y el cáñamo industrial.

El presidente de la Nación, Alberto Fernández, junto al ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y a Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva, anunció este martes la promulgación de la Ley que regula el desarrollo productivo del cannabis medicinal y el cáñamo industrial.

El mandatario remarcó que “estamos poniendo en marcha una ley que fue el resultado de un gran consenso”, y destacó que “detrás de esta ley va a haber una industria que produzca, que dé trabajo, que traiga dólares, pero fundamentalmente que sane”.

 “Empezamos a escuchar a unas madres que con el cannabis hacían aceite, que hacían a sus hijos la vida más llevadera”, destacó el jefe de Estado. Y agregó: “Comenzamos a prestar atención y hoy estamos ganando otra batalla contra la hipocresía”, a la vez que celebró el trabajo para impulsar la ley de las diputadas nacionales Carolina Gaillard y Mara Brawer, presentes en el acto.

Al respecto, la diputada Carolina Gaillard señaló que “nuestro gobierno escuchó la demanda de las organizaciones de la sociedad civil y de miles de pacientes que reclaman acceder de forma legal a una sustancia segura y de calidad”.

En este sentido, Gaillard remarcó que “es una ley muy importante que genera una nueva industria y garantiza el derecho a la salud para miles de personas”.

“Nuestro gobierno ha decidido que el desarrollo del cannabis medicinal y la producción industrial de cáñamo sean una política de Estado”, continuó Gaillard. Y agregó que “esta ley abre un camino productivo, un camino a una nueva industria. Esta ley garantiza el desarrollo de nuestras economías regionales, genera trabajo y acerca la terapia con cannabis a miles de familias que vieron mejorías notables con este tratamiento”.

Mara Brawer y Carolina Gaillard

Kulfas resaltó que “la aplicación de esta ley va a permitir inaugurar una nueva industria en la Argentina”. En ese sentido, valoró que “es una industria que va generar desarrollo regional, en diferentes lugares del país, con fuerte presencia de cooperativas, de empresas pequeñas y medianas, generando puestos de trabajo”.

La norma crea la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Ariccame), que funcionará dentro del Ministerio de Desarrollo Productivo, y será la encargada de aprobar y administrar las licencias para la producción industrial del cultivo.

El organismo público descentralizado tendrá como función regular la importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación, comercialización y adquisición, por cualquier título de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o industriales.

El objetivo de la norma es brindar un marco legal para la inversión pública y privada en toda la cadena del cannabis medicinal y complementar la actual legislación, la Ley 27.350, que autoriza el uso terapéutico del cannabis.

La industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial tiene un crecimiento exponencial a nivel mundial, con un volumen en el mercado internacional de 42.700 millones de dólares proyectado para 2024.

Las previsiones de la cartera de Desarrollo Productivo para el año 2025 en la Argentina son de 500 millones en ventas al mercado interno anuales y 50 millones de exportación anual, sumado a un potencial de creación de 10.000 nuevos empleos.

El proyecto se convirtió en ley tras su aprobación en la Cámara de Diputados con 155 votos a favor, 56 en contra y 19 abstenciones.

La normativa cuenta con el apoyo de gobernadores, que respaldan la iniciativa para potenciar sus economías regionales. Tal es el caso de Jujuy, Corrientes y La Rioja que ya cuentan con cultivos de cannabis medicinal.

Del acto participaron la fundadora de Mamá Cultiva, Valeria Salech; de manera virtual, desde Portugal, Pablo Fazio, presidente de la Cámara Argentina del Cannabis y desde La Rioja, Benjamín Enrici, presidente de Agrogenética Riojana.

También asistieron autoridades nacionales, legisladores, legisladoras, representantes de la Cámara Argentina del Cannabis, de las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática, futuros emprendedores y emprendedoras en proceso de investigación, cultivadores y cultivadoras.

El Gobierno promulgó la Ley de Etiquetado Frontal y tiene 90 días para reglamentarla

La norma, que fue sancionada en la Cámara baja el pasado 26 de octubre, tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre productos altos en grasas, sodio y azúcares con el propósito de cuidar la salud.

El Gobierno promulgó este viernes la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable o conocida como Ley de Etiquetado Frontal que fue aprobada por la Cámara de Diputados el 26 de octubre pasado, la cual se efectivizo mediante el decreto 782/2021 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti. A partir de este trámite, el Poder Ejecutivo tiene 90 días para reglamentarla y dictar las normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación.

La Ley de Etiquetado Frontal apunta a advertir a la sociedad sobre los productos que tienen un alto contenido de grasas, sodios y azúcares para poder ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos. Por ese motivo, establece la incorporación en el frente de los envases de los productos ultra procesados una etiqueta con forma de octógono negro y letras blancas que advierta el exceso de nutrientes críticos para la salud.

Además, otro de los puntos fundamentales de la normativa determina que los productos que contengan entre sus ingredientes edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.

Por otra parte, establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia y determinar que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

La norma también determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.

La ley fue respaldada por una amplia cantidad de organizaciones de la sociedad civil que venían reclamando la sanción de una norma que promoviera una alimentación saludable, de forma similar a como existen en otras naciones.

Alberto Fernández promulgó la ley de Fortalecimiento de Bomberos Voluntarios

“Es un acto de justicia que nos permite reivindicar a los que dan todo por el otro”, dijo el presidente Alberto Fernández.

El presidente Alberto Fernández encabezó este martes en la Residencia de Olivos el acto de promulgación de la ley Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (27.629) que nuclea a más de 43 mil hombres y mujeres en todo el país.

El mandatario aseguró que esta normativa reivindica a “quienes han dado gran parte de su tiempo y han puesto toda su voluntad y compromiso para ayudar al otro, y yo lo celebro. Es un acto de justicia, que además nos hace una mejor sociedad porque nos permite reivindicar a los mejores de los nuestros, a los que dan todo por el otro”, apuntó.

“La ley intenta volver a poner las cosas en orden para que esos bomberos y bomberas que trabajan en esos más de mil cuarteles y que socorrieron a las 200 mil argentinos y argentinas puedan contar con los recursos necesarios”, detalló Fernández acompañado por la ministra de Seguridad, Sabina Frederic y el presidente del Consejo Nacional de Bomberos Voluntarios, Carlos Alfonso.

El Jefe de Estado dijo que de esta manera se está “corrigiendo el error que se cometió cuando la Lotería nacional se pasó a la Ciudad de Buenos Aires y se los privó a ustedes de recursos que eran necesarios para que el cuerpo de Bomberos Voluntarios pueda funcionar” durante la gestión anterior.

Con su firma del decreto 386/2021, Cristina Kirchner pone en vigencia una legislación que incluye, entre otros aspectos, un régimen tarifario especial que implica el reconocimiento de la totalidad de la facturación de los servicios públicos tales como luz, gas, telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, bajo jurisdicción nacional.

La Ley, que fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras del Congreso de la Nación, también prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan enfrentar en el ejercicio de sus funciones; e incluye prestaciones destinadas a cuidar a quienes sufran algún tipo de accidente, entre ellas, la asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados.

A su vez, el texto plantea que ante una incapacidad laboral temporaria, mientras dure ese período o hasta transcurridos 24 meses, el damnificado percibirá una prestación de pago mensual.

Por su parte, la ministra Frederic detalló que durante el año 2021 se destinará “la asistencia con un fondo de más de 3.000 millones de pesos para todo el sistema de bomberos”.

Además, desde la Dirección de Bomberos Voluntarios del Ministerio, se desarrollaron capacitaciones para disminuir los riesgos en la tarea que desarrollan; se incorporaron por primera vez políticas de género para que las mujeres ocupen lugares de liderazgo y favorecer el ingreso de más Bomberas Voluntarias, y se potenció la relación con las Fuerzas Federales llevando a cabo, por ejemplo, simulacros conjuntos.

A su turno, el titular del Consejo Nacional de Bomberos Voluntarios, Carlos Alfonso, expuso que la norma “significa ante todo poder cuidar a nuestras bomberas y bomberos de todos los cuarteles, cuidar su salud y atender a los accidentes que sufren en la actividad”.

Valoró también la exención de pago de los servicios públicos esenciales y la devolución del IVA, para garantizar su funcionamiento con más capacitación y más equipamiento, “y fundamentalmente para reparar una cuestión histórica que es cumplir y darle operatividad a la Ley Nacional de Bomberos Voluntarios (25.054)”.

Del acto también participaron el secretario de Articulación Federal de la Seguridad, Gabriel Fuks; la directora de Bomberos Voluntarios, Virginia Laino; el diputado Eduardo  Bucca, redactor del proyecto, y la diputada nacional Cecilia Moreau.

Alberto Fernández presentará la nueva Ley de Educación Ambiental Integral

El presidente anunciará este lunes la promulgación de la norma durante un acto desde Olivos, a partir de las 12.30.

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El presidente Alberto Fernández anunciará a las 12.30, desde la quinta de Olivos, la promulgación de la Ley 27.621 que implementa la Educación Ambiental Integral (EAI) en todo el país, impulsada por el Poder Ejecutivo, y fruto de un trabajo de consenso con todas las provincias.

La norma es un aporte fundamental a la formación ciudadana y a la toma de conciencia sobre el cuidado del planeta, y su sanción y promulgación salda una demanda de larga data de la sociedad. La misma apunta a garantizar y establecer el derecho a la educación ambiental para todos los sectores y edades de la sociedad, tanto en el sistema educativo formal como informal.

Durante la presentación participarán los ministros de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, y de Educación, Nicolás Trotta.

La ley, que se sancionó el pasado 14 de mayo en el Senado -por unanimidad-, establece la Educación Ambiental Integral (EAI) como un derecho, conforme a la Constitución y un conjunto de leyes y tratados internacionales.

En el texto, se define a la EAI como “un proceso educativo permanente con contenidos temáticos específicos y transversales, que tiene como propósito general la formación de una conciencia ambiental, a la que articulan e impulsan procesos educativos integrales orientados a la construcción de una racionalidad, en la cual distintos conocimientos, saberes, valores y prácticas confluyan y aporten a la formación ciudadana y al ejercicio del derecho a un ambiente sano, digno y diverso”.

La norma prevé una “Estrategia Nacional” como instrumento de planificación, la cual será coordinada entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Educación, con competencias y facultades diferenciadas. A su vez, se articulará con las universidades, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

También se crea la “Coordinación Ejecutiva” de dicha estrategia, con representación de distintos sectores y un Consejo Consultivo de asesores, entre los cuales podrán ser parte legisladores de las comisiones de Ambiente y Educación del Congreso.

Esa Coordinación “se convocará en un plazo no mayor de 90 días desde la entrada en vigencia de la ley y realizará una revisión y actualización de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral que refleje los consensos alcanzados y establezca el marco operativo para su implementación”.

A su vez, se incorpora al artículo 92 de la Ley 26.206 -de Educación Nacional- que formará parte de los contenidos curriculares comunes a todas las jurisdicciones: “La toma de conciencia de la importancia del ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales, su respeto, conservación, preservación y prevención de los daños”.

Entre otro de los puntos, establece que cada Día Mundial del Ambiente (5 de junio) cada provincia deberá “promover una acción comunitaria en la que se fomente el ‘Compromiso Ambiental Intergeneracional’ en el cual, en diferentes ámbitos de la sociedad, niños y niñas, jóvenes, personas adultas mayores, funcionarios y funcionarias de gobierno, atendiendo a la efectiva participación de pueblos indígenas, tengan la oportunidad de establecer un pacto de responsabilidad con el ambiente y las generaciones sucesivas”.

Alberto Fernández promulgó la ley de reforma del impuesto a las Ganancias

Durante un acto en el Museo del Bicentenario, el presidente firmó el decreto que oficializa la norma para que trabajadores y jubilados que ganen menos de 150 mil pesos no paguen el tributo. Lo calificó como “un gran paso” en “favor de la justicia social”.

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El presidente Alberto Fernández promulgó este martes la Ley 27.617, de reforma del impuesto a las Ganancias, mediante la cual los trabajadores con salarios brutos de hasta 150.000 pesos y los jubilados con haberes de hasta 167.000 pesos dejarán de pagar el tributo.

Durante un acto en el Museo del Bicentenario, en el que también se anunció el lanzamiento de créditos para la refacción y construcción de viviendas, el mandatario firmó el decreto 249/21 que oficializa la norma, sancionada el pasado 8 de abril en el Senado por 66 votos positivos y una abstención -del macrista Esteban Bullrich-.

“Hoy es un día importante para el Gobierno y para todos nosotros, porque estamos poniendo orden en algo de lo que no hablamos tanto en la campaña, pero que sabíamos que teníamos que ordenar, y era el impuesto a las Ganancias”, arrancó Fernández.

En ese sentido, dijo que este tributo “afectaba a un montón de gente, que simplemente vivía de un salario y que, en verdad, no tenía la característica de tener fortunas o tener riquezas como para tener que estar pagando Ganancias”.

“Silenciosamente trabajamos para que ese impuesto tengo una naturaleza progresiva, una condición progresiva distinta. Allí en la Cámara de Diputados se inició. Fue Sergio (Massa) el que lo impulsó y lo acompañó todo nuestro bloque de diputados. Y después fue al Senado y nuestros senadores acompañaron allí todo ese proyecto”, destacó ante la mirada del titular de la Cámara baja y legisladores que asistieron al acto.

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Fernández aseguró que “estamos resolviendo el poder adquisitivo de más de un millón de trabajadores, y también de jubilados. Porque había también jubilados afectados por este impuesto a las Ganancias”.

“La verdad que los resultados son interesantes, porque dejan de pagar el impuesto 1.267.000 trabajadores y jubilados, y jubiladas y trabajadoras, lo que representa un beneficio a más del 90% de las personas asalariadas”, resaltó, y calificó a la medida como “un gran paso”.

Tras enumerar algunos de los beneficios que incorpora la norma, el presidente señaló que “es un esfuerzo fiscal muy importante que nos significa más de 40 mil millones de pesos, pero también parte de ese esfuerzo que el Estado hace, dejando de percibir este impuesto, lo estamos corrigiendo haciéndole pagar el impuesto a los que más tienen, en una nueva reforma que la Cámara de Diputados tiene bajo su tratamiento en este momento”, en alusión al proyecto para modificar Ganancias para sociedades, que comenzó a ser debatido este lunes.

“Así estamos volviendo a lo que siempre creímos: estamos haciendo más progresivo el sistema impositivo, haciendo que paguen más los que más tienen y paguen menos los que reciban recursos solo de un salario. A mí me parece que es muy importante este paso que estamos dando en favor de la justicia social”, enfatizó el mandatario.

Por último, Fernández remarcó el efecto de la retroactividad de la ley: “Es muy importante también que esto que estamos resolviendo se aplica desde el 1ro. de enero de este año, con lo cual las Ganancias que se hayan pagado en enero, en febrero y en marzo, y tal vez ya se están liquidando en abril, todo eso va a ser devuelto a los trabajadores. Y de ese modo van a recuperar su capacidad adquisitiva. Van a hacer más rendidor su sueldo. Y eso nos pone contentos”.

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Foto: Presidencia de la Nación

Los beneficios de la nueva ley

La nueva ley establece que los trabajadores que ganen por debajo de 150.000 pesos brutos dejarán de pagar Ganancias, y aquellos salarios de entre 150.000 y 173.000 pesos tendrán deducciones especiales que serán determinadas por el Poder Ejecutivo.

En el caso de los jubilados, el “piso” pasará de seis a ocho haberes mínimos –un monto estimado en 167.000 pesos-, y aquellos que además perciban otros ingresos, tales como una renta de alquiler o intereses de un plazo fijo, también podrán acceder al beneficio.

La norma, que se estima tendrá un costo fiscal superior a los 47.600 millones de pesos, establece la retroactividad al 1ro. de enero, y en la reglamentación la AFIP determinará el modo en que se devolverá a los trabajadores el dinero correspondiente.

Además de elevar el umbral de Ganancias, se exime del pago del impuesto al aguinaldo y, por otra parte, se mantiene el diferencial del 22% que perciben los trabajadores de la Patagonia en concepto de zona desfavorable.

Una nueva incorporación será la deducción por concubino -actualmente se permitía solo el cónyuge-, para los integrantes de “la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”.

También, se eximirá del impuesto al reintegro por gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un tope de hasta el equivalente al 40% de la ganancia no imponible -67.000 pesos al año, es decir 5.590 pesos mensuales-.

Asimismo, se podrá deducir “la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora” y “el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización”.

De acuerdo a la ley, se aumentará la deducción por hijo con discapacidad -sin límite de edad-; y se prorrogará hasta el 30 de septiembre de este año la exención de las horas extras y guardias -activas o pasivas- del personal de salud y recolectores de residuos debido a la pandemia.

Otro de los puntos es la posibilidad de deducción del “bono por productividad, falla de caja o concepto de similar naturaleza hasta un monto equivalente al 40% de la ganancia no imponible” con “efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración bruta no supere la suma equivalente a 300.000 pesos mensuales inclusive”.

Para el personal militar se suma la exención de los suplementos vinculados a la “actividad arriesgada, título terciario, y zona y ambiente insalubre o penoso”.

La norma establece que las asignaciones a expresidentes, presidentes y vicepresidentes estén alcanzadas por el impuesto a las Ganancias.

Finalmente, se faculta al Poder Ejecutivo a disponer una actualización de los topes mínimos, en función de la evolución que tengan los salarios para evitar que, a partir de los acuerdos de paritarias, haya trabajadores que, ahora beneficiados, pasen a estar incluidos en poco tiempo.

Con la promulgación parcial prometida en el Senado, se publicó en el Boletín Oficial la ley de aborto

Tras la firma del presidente en el acto en el Museo del Bicentenario, la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo entró en vigor. A través de un decreto, el Ejecutivo quitó la palabra “integral” a continuación de “salud”.

Con la promulgación parcial que había sido prometida en el Senado, se publicó este viernes en el Boletín Oficial la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, luego de la firma estampada por el presidente Alberto Fernández en un acto en el Museo del Bicentenario.

De esta forma, la ley que habilita el aborto legal, seguro y gratuito en todo el país entró en vigencia y solo resta su reglamentación, a cargo de las áreas técnicas de los ministerios involucrados.

Junto con la promulgación, el Poder Ejecutivo firmó el decreto 14/21, por el cual se dictó una promulgación parcial, tal como había anunciado en la Cámara alta la senadora Norma Durango (Frente de Todos).

Foto: @EliGAlcorta

Según esta modificación -propuesta por el rionegrino Alberto Weretilneck- se quitó la palabra “integral” a continuación de “salud” en el inciso b) del artículo 4 y en el artículo 16, en el inciso 2 del artículo 86 del Código Penal que sustituye.

“Esta observación tiene como objeto dar claridad al texto del proyecto en su parte pertinente, es decir, mantener las causales de interrupción legal del embarazo tal cual han estado vigentes desde 1921 para que sigan rigiendo del mismo modo a partir de la promulgación de la presente ley, en el marco de los estándares normativos y jurisprudenciales actuales”, fundamentó el Ejecutivo.

Agregó que según los estándares de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la normativa internacional y local vigente, “la salud no requiere calificativos para ser comprendida en su concepto”, y a su vez “el agregado de la palabra ‘integral’ no ha aportado claridad en el debate del proyecto de ley en el Congreso”.

Tras insistir en que “la salud como concepto es autosuficiente”, el Ejecutivo aclaró que esta modificación “no altera el espíritu ni la unidad” del texto.

Ahora, el decreto de promulgación parcial deberá ser avalado por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que preside el diputado oficialista Marcos Cleri.

La ley promulgada habilita el aborto libre hasta la semana catorce de gestación, y luego de ese plazo se mantienen las causales actualmente vigentes en el Código Penal: violación, y riesgo para la vida o la salud de la persona gestante.

Se establece un plazo de diez días desde el requerimiento para la realización de la práctica, y se autoriza al personal médico a ejercer la objeción de conciencia, siempre y cuando la vida o la salud de la mujer no se encuentren en riesgo.

El sistema público de salud, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deberán incorporar la cobertura del aborto legal y los tratamientos posteriores.

En el Boletín Oficial también se publicó este viernes la Ley 27.611 de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, complementaria a la de aborto.

A través de esta norma se creó el Programa de los Mil Días, orientado a asistir a la mujer embarazada durante todo el proceso de gestación y al hijo o hija hasta los primeros tres años.

Alberto Fernández promulgó la ley de aborto: “Hoy estamos haciendo una sociedad mejor”

En un acto en el Museo del Bicentenario, que contó con la participación de ministros, funcionarios, legisladores y militantes, el presidente puso en marcha la norma sancionada en el Congreso. “Cumplí mi palabra”, dijo. También se promulgó el Programa de los Mil Días.

En un acto que contó con la participación de ministros, funcionarios, legisladores y representantes de la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, el presidente Alberto Fernández promulgó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y destacó que “hoy estamos haciendo una sociedad mejor”.

Con la firma de Fernández, la Ley 27.610 -sancionada en el Congreso el pasado 30 de diciembre – entró en vigor, como así también la Ley 27.611de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, que fue promulgada paralelamente este jueves.

En el Museo del Bicentenario, donde volvieron a verse los pañuelos verdes, el presidente estuvo acompañado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, los ministros Ginés González García (Salud) y Elizabeth Gómez Alcorta (Mujeres, Género y Diversidad) y la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra.

“Hoy es un día de felicidad para todos, porque estamos haciendo una sociedad un poco más igualitaria y más justa”, arrancó Fernández, y agregó: “Cumplí mi palabra: hice campaña diciendo que iba a proponer esto, y esto hoy es ley. Y en tiempos en que la palabra política parece despreciada, me parece importante el valor de la palabra empeñada”.

El jefe de Estado señaló que “hoy es, para muchas mujeres, la culminación de un tiempo de lucha. Durante muchos años bregaron para que el aborto deje de ser un delito que obliga a las mujeres a exponerse a todos los riesgos que la clandestinidad conlleva”.

También mencionó cómo afecta esta problemática a los hombres y recordó una broma hecha por él a un grupo de mujeres durante una videoconferencia. “En el medio de todo esto (por la asunción del gobierno y luego la pandemia), a ustedes se les ocurrió terminar con el patriarcado”.

“Esta ley, contrariamente a lo que muchos piensan, es una ley que iguala en la capacidad de decisión”, enfatizó el presidente, y dijo que junto con el Programa de los Mil Días, “se termina un dilema”.

Según indicó, “hoy todas las mujeres saben que, embarazadas, van a tener un Estado detrás de ellas”, y a su vez “las mujeres que no quieran seguir adelante con el embarazo pueden ponerle fina a ese embarazo y el Estado estará allí”. “Por lo tanto, lo que estamos ampliando es la capacidad de decidir”, resumió.

Por otra parte, consideró que “nos queda garantizar una educación sexual suficiente en todos lados para prevenir embarazos que no se quieran”.

Asimismo, llamó a “que dejen de existir los colores que dividen a las mujeres” y “que empecemos a ver la oportunidad de una sociedad mejor, porque la capacidad de decidir se amplía y porque hay un Estado preservando la salud de las mujeres y su decisión, cualquiera sea esta”.

Fernández agradeció a los legisladores de la oposición que acompañaron con su voto y tuvo una mención especial para el exdiputado nacional del Pro Daniel Lipovetzky, presente en el acto, por haber impulsado la ley en 2018.

“Hoy estamos haciendo una sociedad mejor”, insistió el presidente, aunque advirtió que “la batalla por la igualdad no terminó aquí” ya que restan por resolverse, por ejemplo, las desigualdades laborales entre hombres y mujeres.

La palabra de las funcionarias

Tras la proyección de un video, Gómez Alcorta abrió el acto y sostuvo que “desde el movimiento de mujeres y diversidades decimos que estamos haciendo historia, y sabemos que la lucha es el motor de la historia”. “A lo largo de los siglos, los derechos y libertades siempre se conquistaron con lucha”, insistió la ministra.

En este sentido, señaló que esta vez “se conjugaron las luchas” con “la decisión de un gobierno, de un presidente y una vicepresidenta, de seguir ampliando derechos”, y por eso consideró que “esta alquimia es imprescindible para seguir llevando adelante transformaciones”.

Tras mencionar distintos derechos adquiridos, como el voto femenino y la paridad de género en cargos públicos, sostuvo que “atrás de cada uno de estos derechos, de estas conquistas y estas leyes podemos ver perfectamente esta alquimia que se da en el entramado entre lucha y política”.

Gómez Alcorta valoró la militancia de referentes como Dora Barrancos, Marta Alanis, Nina Brugo, Dora Coledesky y Nelly Minyersky, y agregó que “no hubiese sido posible llegar hasta acá sin un trabajo de transversalidad política” que se plasmó en el Congreso.

La ministra de Mujeres, Género y Diversidad también indicó que el debate de 2018 fue “un paso imprescindible para llegar a este momento”.

“Esta ley va a asegurar que una mujer nunca más muera producto de un aborto clandestino”, afirmó, y añadió que también permitirá “una enorme transformación cultural vinculada a la autonomía de los cuerpos”.

Por su parte, Ibarra subrayó que el Programa de los Mil Días refleja “la importancia que le damos a los proyectos de maternidad”, y el aborto legal “viene a dar respuesta a un gravísimo problema de salud que tenemos, que es el aborto clandestino”, donde “han dejado su vida más de 3.000 mujeres desde que recuperamos la democracia”.

Visiblemente emocionada, la secretaria Legal y Técnica aseguró que “hasta hoy el Estado respondió con cárcel, amenaza de cárcel y clandestinidad”, y “a partir de ahora cambiamos este paradigma: el Estado va a recibir a las mujeres en su sistema de salud, tratándolas con dignidad y respeto, y esto nos pone en un nuevo lugar frente a la sociedad”.

La funcionaria valoró el trabajo conjunto con legisladores tanto oficialistas como opositores, y aseguró que “esta es una ley que no violenta las creencias de nadie”, ya que “nadie va a tener que vivir o tomar decisiones contra sus convicciones”.

Presentes y ausentes

La gran ausente en el acto fue la vicepresidenta Cristina Kirchner, pero no fue la única: tampoco se vio a ninguna senadora. En contrapartida, se dieron cita el titular de la Cámara baja, Sergio Massa, y varias diputadas nacionales, todas del oficialismo: Mónica Macha, Cristina Álvarez Rodríguez, Carolina Gaillard y Cecilia Moreau, a quienes se sumaron Pablo Yedlin y Leonardo Grosso.

También se vio a dos exdiputadas nacionales que en sus mandatos impulsaron la ley, Juliana Di Tullio y Cecilia Merchán, quien es actualmente secretaria de Igualdad del Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad.

Además de numerosos ministros y funcionarios del Gabinete nacional, hubo representación bonaerense con los ministros Daniel Gollán (Salud) y Estela Díaz (Mujeres), sumados a dos intendentas, Mayra Mendoza (Quilmes) y Mariel Fernández (Moreno).

Por la Campaña por el Aborto Legal, asistieron Marta Alanis, Nina Brugo, Celeste Mac Dougall, Julia Martino, Mónica Menini, Nelly Minyersky, Martha Rosemberg y Agustina Vadales Agüero. Y en nombre del coectivo Actrices Argentinas estuvieron Julieta Ortega, Dolores Fonzi, Laura Azcurra y Carolina Papaleo.

Del lado de las organizaciones civiles, participaron Mariela Belski (Amnistía Internacional), Florencia y Leandro Cahn (Fundación Huésped), Vanina Escales (CELS) y la abogada Soledad Deza.

Con un acto, el Ejecutivo promulgará este jueves la ley de aborto

Lo confirmó la senadora Norma Durango, titular de la Banca de la Mujer. La norma se sancionó el 30 de diciembre en una jornada histórica. También se promulgará el Programa de los Mil Días.

El aborto legal, seguro y gratuito ya tiene fecha para comenzar a regir en todo el país: el Poder Ejecutivo promulgará la ley -que lleva el número 27.610- este jueves con un acto en el Museo del Bicentenario.

La encargada de confirmarlo fue la senadora Norma Durango (Frente de Todos), titular de la Banca de la Mujer, la comisión que encabezó el debate en el Senado.

A través de su cuenta de Facebook, Durango reveló: “Acabo de recibir el llamado de la ministra de Mujeres, Diversidad y Genero, Elizabeth Gómez Alcorta, para invitarme al acto de promulgación de la Ley IVE el jueves en el Museo del Bicentenario”.

La pampeana adelantó que por cuestiones sanitarias no podrá concurrir: “Lamento no poder ir dado que soy persona de riesgo y me estoy cuidando, pero celebro que ya estemos a punto de poner en marcha esta ley que le da derecho a decidir a las mujeres y diversidades”.

“Respeto a quienes no están de acuerdo, pero considero que es este un gran avance para la Argentina”, concluyó Durango.

La despenalización y legalización del aborto fue sancionada en una jornada histórica el 30 de diciembre en el Senado con 38 votos a favor, 29 en contra y una sola abstención, del jujeño Guillermo Snopek.

La ley habilita el aborto libre hasta la semana catorce de gestación, y luego de ese plazo se mantienen las causales actualmente vigentes en el Código Penal: violación, y riesgo para la vida o la salud de la persona gestante.

Se establece un plazo de diez días desde el requerimiento para la realización de la práctica, y se autoriza al personal médico a ejercer la objeción de conciencia, siempre y cuando la vida o la salud de la mujer no se encuentren en riesgo.

El sistema público de salud, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deberán incorporar la cobertura del aborto legal y los tratamientos posteriores.

En el acto previsto para este jueves también se promulgará la ley que creó el Programa de los Mil Días, orientado a asistir a la mujer embarazada durante todo el proceso de gestación y al hijo o hija hasta los primeros tres años.